RESOLUCIÓN 626 DE 2021
(mayo 10)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por medio de la cual se adoptan los lineamientos institucionales para la planeación, desarrollo y seguimiento a las misiones humanitarias.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO,
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial de las señaladas en el artículo 5 del Decreto 025 de 2014, y,
CONSIDERANDO:
Que, atendiendo lo dispuesto en el artículo 282 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 24 de 1992 y el Decreto 025 de 2014, la Defensoría del Pueblo es la institución responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos mediante las siguientes acciones integradas: promover, ejercer, divulgar, proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones; fomentar la observancia del Derecho Internacional Humanitario; atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior; y, proveer el acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la Ley.
Que el numeral 1 del artículo 5 del Decreto 025 de 2014, establece como atribución del Defensor del Pueblo “Definir las políticas, impartir los lineamientos, directrices y adoptar los reglamentos y demás mecanismos necesarios para el eficiente y eficaz funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.”
Que el numeral 7 del artículo 12 de la citada codificación asigna a la Vicedefensoría la función de "Aplicar e implementar las políticas, protocolos, directivas, lineamientos y orientaciones del Defensor del Pueblo y verificar su implementación y cumplimiento en las áreas misionales.”
Que mediante la resolución 916 del 9 de julio de 2019 se conformó el Grupo de Coordinación Estratégica Institucional y Actuación Humanitaria, adscrito al despacho del Vicedefensor del Pueblo, el cual tiene entre sus funciones "diseñar y difundir los protocolos de actuación humanitaria para tos servidores públicos de la Entidad, con el fin de unificar los criterios de intervención de la Defensoría del Pueblo en el ámbito de la defensa y protección de los derechos humanos.”
Que, conforme a lo dispuesto en los Lineamientos sobre Comportamientos Seguros en la Actuación Institucional en Terreno, adoptados mediante Resolución 553 de abril de 2019, dentro de las misiones defensoriales se realizan diversas intervenciones en zonas rurales, comunidades en riesgo y entornos que han configurado graves hechos de violencia.
Que las misiones humanitarias de la Defensoría del Pueblo tienen como objetivo brindar confianza a la población y recoger de primera mano los testimonios de las comunidades locales para estructurar un balance de las problemáticas de derechos humanos en dichos territorios.
Que la Defensoría del Pueblo ha venido trabajando desde sus inicios con las poblaciones y grupos sociales más vulnerables, entre otras cosas, para lograr mitigar los riesgos que se generan en contextos frecuentemente afectados por fenómenos de violencia, conflicto armado y desprotección institucional.
Que la Defensoría del Pueblo considera, que para lograr los objetivos propuestos en las misiones humanitarias, es necesario adoptar lineamientos para regular el proceso de planeación y desarrollo de las misiones humanitarias que lleven a cabo las y los funcionarios y/o colaboradores de la Defensoría del Pueblo, así como el seguimiento de los compromisos adquiridos por la Defensoría del Pueblo y por las autoridades públicas.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el documento “Lineamientos institucionales para la planeación, desarrollo y seguimiento a las misiones humanitarias”, el cual se anexa y forma parte integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deja sin efecto aquellas que le sean contrarias.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución deberá publicarse en la página Web de la Defensoría del Pueblo.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el 10 de mayo de 2021
CARLOS CAMARGO ASSIS
Defensor del Pueblo