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RESOLUCIÓN 553 DE 2019

(abril 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se adopta el documento Lineamientos sobre comportamientos seguros en la actuación institucional en terreno.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 5 del Decreto-Ley 025 de 2014, y,

CONSIDERANDO:

Que para la Defensoría del Pueblo es una prioridad la seguridad de sus servidores que requieren desplazarse a terreno para efectos del cumplimiento de los objetivos misionales de la institución de acompañamiento directo a la comunidad y promoción del respeto y garantía de los derechos humanos.

Que el artículo 2 del Decreto-Ley 025 de 2014, definió el objetivo de la Defensoría del Pueblo como:

“...la institución responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos mediante las siguientes acciones integradas: promover, ejercer, divulgar, proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones; fomentar la observancia del derecho internacional humanitario; atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior; y, proveer el acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la Ley”.

Que en desarrollo del objetivo de la Defensoría del Pueblo le fueron asignadas a la Vicedefensoría, por el artículo 12 ibidem, las funciones de “Aplicare implementar protocolos, directivas, lineamientos y orientaciones del Defensor del Pueblo, y verificar su implementación y cumplimiento en las áreas misionales", y “Diseñar, orientar y difundir los protocolos humanitarios que deben seguir los servidores públicos de la entidad en el cumplimiento de sus funciones y proponerlos para su adopción por parte del Defensor del Pueblo".

Que, en observancia a las funciones citadas en el párrafo anterior, se expidió la Resolución 061 del 20 de enero de 2014, por la cual se creó en la Vicedefensoría del Pueblo el Grupo de Esquemas de Actuación Humanitaria, el cual según Resolución 132 de 2018 tiene como objetivo:

“Desarrollar y coordinar las estrategias relacionados con la definición de protocolos defensoriales de actuación humanitaria, al igual que la atención integral y oportuna a las víctimas y damnificados de graves violaciones de derechos humanos y de desastres de carácter natural o antrópico, en el ámbito de defensa y protección de los derechos humanos”.

Que el Grupo de Esquemas de Actuación Humanitaria de la Vicedefensoría del Pueblo, elaboró un documento de protocolo que recoge los borradores previos desarrollados por la Defensoría Delegada para los Derechos de la Población Desplazada y la Subdirección de Gestión de Talento Humano de la entidad, los aportes efectuados por Defensores Delegados y Regionales, y los sindicatos de trabajadores de la Defensoría, así como, los elementos planteados en los manuales y guías elaborados por Naciones Unidas, el Comité Internacional de la Cruz Roja y la Unidad Nacional de Protección (UNP) entre otros.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el documento "Lineamientos sobre comportamientos seguros en la actuación institucional en terreno”, el cual se anexa y forma parte de esta Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deja sin efecto aquellas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., el 22 de abril de 2019

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

LINEAMIENTOS SOBRE COMPORTAMIENTOS SEGUROS EN LA ACTUACIÓN INSTITUCIONAL EN EL TERRENO

DEFENSORÍA DEL PUEBLOCarlos Alfonso Negret Mosquera
Defensor del Pueblo

Jorge Enrique Calero Chacón
Vicedefensor del Pueblo

Juan Manuel Quiñones Pinzón
Secretario General
APOYO TÉCNICOGrupo de Esquemas de Actuación Humanitaria
Vicedefensoría del Pueblo

La elaboración del presente protocolo se realizó por instrucciones del señor Defensor del Pueblo, bajo la dirección del Vicedefensor del Pueblo, la coordinación del Grupo de Esquemas de Actuación Humanitaria adscrito al despacho del Vicedefensor del Pueblo. Contó con la revisión y aportes del Secretario Privado, la Jefe de la Subdirección del Talento Humano y la Defensoría Delegada para los Derechos de la Población Desplazada, los sindicatos SINDHEP, ASDEP y ASEMDEP adscritos a la entidad, entre otros colaboradores.

PRESENTACIÓN

“La Defensoría del Pueblo es la institución responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos mediante las siguientes acciones integradas: promover, ejercer, divulgar, proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones; fomentar la observancia del derecho internacional humanitario; atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior; y, proveer el acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la Ley”.

En sintonía con las finalidades enunciadas, compete a la Vicedefensoría: “Aplicar e implementar protocolos, directivas, lineamientos y orientaciones del Defensor del Pueblo, y verificar su implementación y cumplimiento en las áreas misionales”(1), así como “Diseñar, orientar y difundir los protocolos humanitarios que deben seguir los servidores públicos de la entidad en el cumplimiento de sus funciones y proponerlos para su adopción por parte del Defensor del Pueblo”(2).

El Artículo 6 de la Resolución 132 de 2018(3) que modificó el artículo 8 de la Resolución 061 de 2014, establece que el Grupo de Esquemas de Actuación Humanitaria adscrito a la Vicedefensoría del Pueblo, tiene como propósito “desarrollar y coordinar las estrategias relacionadas con la definición de protocolos defensoriales de actuación humanitaria...”.

En este sentido, a este grupo le corresponde, entre otras funciones, la de diseñar y desarrollar estrategias de socialización de los protocolos de actuación humanitaria para los servidores públicos de la entidad.

Como se ha referido desde su aspecto normativo, pero principalmente en atención al bienestar de los servidores públicos, para la Defensoría del Pueblo es una prioridad la seguridad de sus servidores que requieren desplazarse a terreno para efectos del cumplimiento de los objetivos misionales de la institución de acompañamiento directo a la comunidad y promoción del respeto y garantía de los derechos humanos.

Entendiendo que el trabajo en terreno y la acción humanitaria de la Defensoría del Pueblo no están exentos de peligros y riesgos para la vida, la seguridad, la libertad e integridad personal, se pone a disposición de los servidores públicos los Lineamientos sobre Comportamientos Seguros en la Actuación Institucional en Terreno, con el fin de contar con herramientas que permitan preservar sus vidas y minimizar los riesgos y efectos negativos que se deriven de situaciones adversas en desarrollo de sus funciones misionales.

La construcción de este protocolo recoge las observaciones y aportes efectuados por los Defensores Delegados, Directores Nacionales, Defensores Regionales y los sindicatos de trabajadores de la Defensoría a los borradores previos desarrollados por la Defensoría Delegada para los Derechos de la Población Desplazada y la Subdirección de Gestión de Talento Humano de la entidad. Recoge también los elementos planteados en los manuales y guías elaborados por Naciones Unidas, el Comité Internacional de la Cruz Roja y la Unidad Nacional de Protección (UNP) entre otros.

Para la Defensoría del Pueblo es de gran importancia la seguridad de todo su personal, especialmente, de aquellos que realizan actividades en el terreno. Por lo tanto, este documento será de obligatorio acatamiento por parte todos los servidores públicos de la Entidad. En este sentido, el nivel directivo y la Subdirección la Gestión del Talento Humano, harán el seguimiento al cumplimiento de los presentes lineamientos, con el fin de coordinar las acciones de respuesta institucional en caso de cualquier eventualidad.

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo de Colombia

CONTENIDO

Presentación

Lineamientos sobre comportamientos seguros en la Actuación Institucional en el Terreno

Objetivo

Conceptos aplicables

Principios aplicables

Recomendaciones generales

a. En la vida cotidiana y familiar

b. En el trabajo

c. En cuanto al uso de medios tecnológicos, comunicaciones y correspondencia

Actuaciones en el terreno

I. Procedimientos previos a la salida

II. Recomendaciones para el desarrollo en comisiones al terreno

III. Directrices para enfrentar situaciones especiales de riesgo

IV. Recomendaciones especiales, según tipos de riesgos

a. Accidentes por minas antipersonal

b. Secuestro y desaparición forzada

c. Combates, ataques y enfrentamientos armados

d. Asonada manifestaciones violentas

e. Incendio

f. Atentado terrorista

g. Retén militar o falsos retenes de grupos armados

h. Amenazas

i. Interlocución con actores/grupos armados ilegales

V. Temas críticos que pueden generar o aumentar los riesgos.

Bibliografía

LINEAMIENTOS SOBRE COMPORTAMIENTOS SEGUROS EN LA ACTUACIÓN INSTITUCIONAL EN EL TERRENO

Para la Defensoría del Pueblo es de vital importancia la seguridad y la integridad de los servidores públicos que cumplen la función pública de defensor de los derechos humanos de las personas, familias y comunidades en Colombia. La salvaguarda y garantía de sus derechos constituyen el pilar fundamental que permite que día a día desarrollen su misión y desplieguen todas sus capacidades en favor de los derechos de la ciudadanía.

La Defensoría del Pueblo ha venido trabajando desde sus inicios con las poblaciones y grupos sociales más vulnerables, entre otras cosas, para lograr mitigar los riesgos que se generan en contextos frecuentemente afectados por fenómenos de violencia, conflicto armado y desprotección institucional.

Dentro de las acciones desarrolladas por servidores y servidoras de la Defensoría del Pueblo en el marco de sus funciones misionales se realizan diversas intervenciones en zonas rurales, comunidades en riesgo y entornos donde hechos de violencia o intereses que pueden poner en situación de vulnerabilidad a las y los funcionarios públicos:

- Misiones en zonas de difícil acceso en contextos de conflicto armado: Existen factores que exponen a las y los servidores públicos a situaciones de riesgo por la presencia de grupos armados ilegales u organizaciones criminales, retenes ilegales, combates y hostigamientos, presencia de minas antipersonal, riesgos de violencia sexual contra las mujeres, entre otros.

- Intervención de servidoras y servidores públicos en “casos especiales”, en los que se busca la protección de los derechos de las comunidades e individuos en procesos de restitución de tierras; casos de violencia intrafamiliar y violencia contra las mujeres y personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas, identificación de riesgos de violaciones de los derechos humanos de individuos y colectivos, activación de rutas de protección a favor de personas y comunidades en riesgo, servicios de defensoría pública, procesos de investigación en el marco penal e intervención en establecimientos carcelarios.

Los presentes lineamientos buscan promover medidas de prevención y autoprotección para que los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo, asuman comportamientos que contribuyan a disminuir o evitar la posibilidad de ataques contra la vida, la integridad, la libertad y seguridad personal.

Este documento contiene conceptos básicos y aportan recomendaciones, con el fin de que las y los funcionarios asuman comportamientos seguros y sepan identificar eventuales situaciones de riesgos y amenazas a los que se vean expuestos en desarrollo de sus labores, así, como, conocer las acciones, protocolos y procedimientos definidos por la Defensoría del Pueblo para evaluar dichas situaciones de riesgo y garantizar la seguridad y protección de los servidores públicos de la entidad.

OBJETIVO

Establecer lineamientos en materia de seguridad, con el fin de prevenir la ocurrencia de situaciones que puedan poner en riesgo la vida, integridad y libertad personal de los servidores públicos durante el ejercicio de sus funciones y el desarrollo de las actividades institucionales.

CONCEPTOS(4)

Autoprotección: se refiere a las acciones y comportamientos propios que contribuyen a prevenir o reducir los riesgos que podrían generar las actividades de los servidores de la entidad en el terreno. Para ello es importante identificar los factores de riesgo y vulnerabilidad, para saber cómo actuar y controlar las situaciones de emergencias que se puedan presentar.

Amenaza: Es el anuncio o indicio de acciones que puedan llegar a causar daño a la vida, integridad, libertad o seguridad de una persona o de su familia. La amenaza puede ser directa cuando está expresamente dirigida contra la víctima o indirecta cuando se presume inminencia de daño como resultado de situaciones emergentes, en el contexto de la víctima. La amenaza está constituida por un hecho o una situación de carácter externo y requiere la decisión o voluntariedad de causar un daño(5).

Vulnerabilidad: Nivel de exposición en el que se encuentra una persona o colectividad de sufrir una amenaza, pérdida o daño(6) infringido por otro que ostenta una posición de poder material o simbólico. Está constituida por el conjunto de factores que impiden a la persona, por sus propios medios, evitar la materialización de la amenaza o asumir la mitigación de los impactos derivados de su existencia(7).

Riesgo: Es la probabilidad de que ocurra un daño a la integridad personal o afectación de derechos, a la cual se encuentra expuesta una persona, organización, comunidad o institución, como consecuencia del desarrollo de las funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias o en razón del ejercicio del cargo que ostenta(8).

El riesgo está determinado por la gravedad e inminencia de la amenaza, en relación con la vulnerabilidad de la víctima y las capacidades institucionales y sociales. El riesgo está limitado a un espacio y momento determinados(9).

Capacidad. Recursos tanto institucionales como sociales y personales, que permiten hacer frente a un riesgo(10).

Inminencia (riesgo inminente): probabilidad racional de que un riesgo se materialice en un futuro inmediato y suponga una afectación grave para los derechos de una persona o colectividad, o su integridad física y personal.

Intencionalidad (dolo): Voluntad deliberada de actuar contra una persona o personas a sabiendas del carácter delictivo de las acciones y del daño que pueden causar.

Contexto: Todo aquello que rodea, material o simbólicamente un acontecimiento, hecho o situación, y permite su interpretación y comprensión, en razón de sus actores, causas, factores desencadenantes, relaciones). Y efectos.

Zona de riesgo: Área geográfica donde existe mayor probabilidad de que ocurra un incidente o hecho de violencia que pueda afectar a una comunidad y a sus integrantes, o al desarrollo de la misión institucional.

Red de apoyo: Conjunto de personas, comunidades o instituciones con las que se establecen relaciones de confianza y solidaridad, y que en un momento de emergencia pueden brindar confianza y apoyo para superar una situación de amenaza o riesgo.

Acompañamiento psicosocial: Conjunto de herramientas tomadas de la teoría y la práctica psicosocial a través de las cuales se busca comprender y abordar situaciones problemáticas que viven las personas en un contexto de vulnerabilidad.

Buscan conocer las particularidades de una persona o grupo social afectado por hechos de violencia, reconociendo las dimensiones sociales con las que interactúa y apoyando su recuperación y transformación desde el campo emocional, afectivo y experiencial. El acompañamiento es un proceso llevado a cabo a partir del reconocimiento de la palabra y necesidades de la persona.

PRINCIPIOS APLICABLES(11):

Si bien la acción de la Defensoría del Pueblo no puede asimilarse a un organismo humanitario de carácter nacional o internacional, pues se trata de una institución nacional de derechos humanos de carácter estatal y de control, que cumple funciones precisas en materia de promoción, prevención, protección y exigibilidad de los derechos fundamentales, consagradas en la Constitución Política y en las leyes, para efectos de su trabajo con las comunidades y el desarrollo de sus actividades en el terreno, algunos de los principios utilizados por tales organismos pueden adaptarse y contribuir a esclarecer y delimitar su trabajo. Estos son:

Humanidad: Cumplir su misión con las comunidades sin discriminación, buscando promover, prevenir y proteger las violaciones a los derechos fundamentales de las poblaciones afectadas en todas las circunstancias. Implica desarrollar acciones para proteger la vida y la integridad física y psicológica y respetar a la persona humana.

No discriminación: No hacer ninguna distinción de nacionalidad, sexo, raza, edad, orientación sexual e identidad de género, religión, situación económica, condición social ni credo político. Dedicarse exclusivamente a las labores de promoción, prevención y protección de los derechos de personas y comunidades, respondiendo a las afectaciones y violaciones, dando prioridad a los grupos sociales especialmente vulnerables.

Independencia: La Defensoría del Pueblo como órgano autónomo del Ministerio Público debe conservar independencia crítica frente a las autoridades, acciones y políticas de gobierno, y enmarcar sus acciones en el mandato misional otorgado por la Constitución Política y la ley. La autonomía de la Defensoría del Pueblo le permite actuar siempre anteponiendo como prioridad la defensa de los derechos fundamentales de las personas, grupos sociales y comunidades que sufren afectaciones o que se encuentran en riesgo de vulneración.

RECOMENDACIONES GENERALES(12):

Antes de pasar a formular las recomendaciones específicas de seguridad para el desarrollo del trabajo de campo, a continuación, se presentan una serie de recomendaciones generales de seguridad sugeridas a los servidores de la Defensoría del Pueblo, en sus labores y vida cotidiana:

1. En la vida cotidiana y familiar:

1. Procure participar o tener conocimiento en el entorno comunitario de grupos de apoyo y rutas de evacuación en caso de emergencia, que puedan facilitar la comunicación con organismos de socorro u otros servicios que se requieran.

2. Como defensores y defensoras de derechos humanos debemos comenzar por respetar y valorar las diferencias en la cotidianidad y en nuestro entorno social hacia personas de otras culturas, ideologías, orientación sexual, regiones y comunidades, que nos permita mantener un ambiente social de armonía y diálogo.

3. En general la información relacionada con el trabajo de la Defensoría del Pueblo, configura riesgos inherentes que exigen su confidencialidad.

4. Antes de iniciar cualquier relación personal, procure conocer lo mejor posible a la persona, de manera que sea posible establecer niveles de confianza.

5. Procure no dejar objetos o documentos personales que lo identifiquen fácilmente, al alcance de personas desconocidas. Por ejemplo, carnés institucionales o agendas o equipos con datos personales.

6. Procure tener sus documentos importantes ordenados y en un lugar seguro.

7. Establezca pautas con su núcleo familiar para el manejo del internet, la información que circulan, y los sitios y amistades que tienen o frecuentan por este medio.

8. Mantenga espacios de diálogo con sus hijos e hijas, con el fin de establecer posibles situaciones de riesgo o eventos que los puedan afectar, buscando identificar señales de riesgo de acoso, abuso o violencia.

9. Esté atento y denuncie posibles situaciones de maltrato o de violencia ya sea verbal, física, sexual, psicológica, económica y patrimonial que se presenten en su vecindario o comunidad.

10. Tenga en cuenta no establecer contacto de ninguna naturaleza con personas que no sean conocidas y cuyas intenciones sean inciertas. Especialmente identifique si esa persona tiene interés oculto en la actividad o la información que usted maneja como servidor de la Defensoría del Pueblo.

11. No suministre información a extraños sobre sus bienes, su salario, los recursos de que dispone o sobre sus proyectos económicos.

12. Indique a sus hijos e hijas que cuando se desplacen de un lugar a otro le informen y lo hagan en compañía de personas de confianza.

13. Establezca con su núcleo familiar formas de actuar ante situaciones de peligro o emergencia.

14. Determine puntos o lugares de encuentro posterior a la ocurrencia de una emergencia.

15. Informe a las personas de confianza, los sitios o lugares a los que se va a desplazar y los horarios en los que posiblemente regresará.

16. Tanto al salir como al regresar a su hogar verifique que todas las puertas y ventanas se encuentren cerradas y aseguradas. Identifique los puntos de acceso como puertas y ventanas, con el fin de impedir el ingreso de personas ajenas al hogar.

17. En casos de que la vivienda (o si se vive en conjunto residencial) cuente con más de una salida, acostúmbrese a no seguir una rutina y alternar salidas, así como seguir diferentes rutas al momento de desplazarse a lugares cotidianos.

18. Cuando una persona desconocida desde el exterior avise que algo sucede y que debe salir, no lo haga de inmediato, por el contrario, verifique previamente la situación desde puntos en los cuales pueda ver sin ser visto; puede ser una trampa.

19. No acepte, ni permita el ingreso de personas desconocidas a su hogar, hasta tanto no verifique su identificación. Del mismo modo, se recomienda que los integrantes del núcleo familiar no suministren datos familiares y de contacto a desconocidos a través de llamadas telefónicas y redes sociales.

20. Si está dentro de sus posibilidades, adquiera e instale una cerradura o puerta de seguridad que sirva como protección a su vivienda. En la medida de lo posible, instale circuitos cerrados de televisión, uso de vidrios de seguridad y reforzamiento de puertas y ventanas, si resulta necesario.

21. No deje las llaves de su vivienda con personas extrañas, en la portería del conjunto o edificio o en lugares inseguros. En caso de pérdida, cambie las cerraduras o guardas de la puerta.

22. Mantenga buena iluminación fuera de la vivienda.

23. Evite que sus hijos abran paquetes o correspondencia extraña que llegue a su vivienda.

24. Verifique antes de salir de su vivienda si los lugares por donde se desplazará cuentan con cámaras de seguridad y/o circuitos cerrados de televisión.

1. En el entorno de trabajo:

1. Establezca espacios de trabajo que le permitan conocer a sus compañeros, generar confianza y contar con su apoyo en caso de emergencia. Indague por la identidad y los intereses de personas desconocidas que se encuentren en el lugar de trabajo.

2. Porte siempre el carnet institucional y si es el caso, exija que los visitantes porten el adhesivo (“sticker”) o el elemento de identificación correspondiente.

3. Cuando lleve a cabo reuniones con personas ajenas a la institución y se aborden temas que puedan entrañar riesgos de seguridad, como el relato sobre la comisión de hechos punibles o la presencia de actores armados en un determinado territorio, procure que las personas ofrezcan confianza y sean recomendadas, evite la grabación de las mismas a menos que sea acordado por las partes. Recuerde que, en caso de presentarse alguna emergencia, el servidor público que atiende o se encuentra reunido con personas ajenas a la entidad, será responsable de la seguridad de las mismas.

4. Verifique las condiciones de seguridad y confidencialidad del sitio en el que se adelantará la reunión, estableciendo salidas de emergencia, sitios probables de refugio, puntos de acceso y de encuentro.

5. Procure verificar las ideas y opiniones expresadas por los participantes en la reunión y sea prudente en la exposición de sus propias ideas y planteamientos.

6. Durante la reunión verifique que personas terceras o extrañas no oigan la conversación.

7. Evite involucrar a miembros de su familia en situaciones de trabajo que los puedan poner en riesgo.

8. Evite llevar a su casa información laboral y confidencial que contenga datos que entrañen riesgo para los integrantes de su núcleo familiar.

9. Evite manejar información laboral y confidencial en sus archivos personales, así evitará comprometer la seguridad de su familia y de su hogar.

10. Si va a entrevistar a una persona amenazada o en riesgo, no concierte citas en lugares poco frecuentados, apartados o que tengan condiciones de inseguridad. En este tipo de situaciones la regla debe ser que las entrevistas se realicen en las dependencias de la Defensoría del Pueblo, si ello no es posible, en instituciones públicas. Excepcionalmente, en sitios públicos. Por ningún motivo en el lugar de residencia de la presunta víctima de amenazas.

11. Mantenga un bajo perfil en sus actividades laborales y cotidianas, evite llamar la atención o comentar frecuentemente y espontáneamente sobre su trabajo.

12. Evite hacer denuncias y señalamientos en foros públicos o en cualquier otro espacio. La labor de Magistratura Moral está en cabeza del Defensor del Pueblo y a él le corresponde hacer las denuncias por amenazas o vulneraciones de derechos humanos por parte de agentes del Estado, de particulares a los que se le ha asignado la prestación de un servicio público o de otros actores no estatales. En los casos que señale el Defensor del Pueblo, el cuerpo directivo de la entidad podrá hacer los pronunciamientos bajo los parámetros y lineamientos misionales que correspondan.

13. Está prohibido portar armas de cualquier tipo

2. En cuanto al uso de medios tecnológicos, comunicaciones v correspondencia:

a. Evite entablar relaciones de amistad a través de internet con personas desconocidas a través de los canales y correos de la institución. Comparta su correo personal e institucional solo en los casos que considere necesario.

b. No debe brindar información o datos de contactos personales de compañeros de trabajo o funcionarios de la institución, a desconocidos o a personas que no sean de absoluta confianza.

c. Controle y asegure la información de tipo personal y laboral que envía y publica. Procure hacer copias de seguridad (back ups) de forma periódica de la información guardada en el computador de la oficina o equipo de cómputo personal, así como de los correos electrónicos que envía y recibe. Lo ideal es que estas copias de seguridad permanezcan en custodia de la institución y no llevarlas al hogar porque aumenta el riesgo de ser víctima de robo o saqueos a lugares de residencia para tener acceso a información confidencial.

d. Evite dejar documentos e información confidencial sobre el escritorio, o dejar el computador encendido, sin pantalla de bloqueo y a la vista de todos.

e. Evite dar información personal por medios electrónicos a personas desconocidas, como la ubicación de su vivienda, cuentas bancarias, teléfonos, etc.

f. Procure manejar la información de carácter laboral exclusivamente en sus cuentas de correo institucional y en el computador que le ha sido asignado por la institución. Evite mezclar información personal con información laboral e institucional.

g. Absténgase de publicar información (comentarios, fotos) en redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, etc.) respecto de las actividades en el terreno, no publique información sobre los lugares que visita, las personas con las que se reúne, las situaciones que se acompañan; así mismo, no publique fotos de su comisión, ni de las personas con que se reúne o las poblaciones que visita, etc.

h. Utilice su correo institucional preferentemente en sitios que considere de confianza y que ofrezcan seguridad.

i. Maneje contraseñas que tengan un cierto grado de dificultad para descifrarse. No anote las contraseñas, memorícelas y cámbielas periódicamente.

j. Evite abrir correos electrónicos que tengan asuntos que resulten sospechosos o que provengan de personas desconocidas.

k. Al subir fotografías y videos personales, restrinja su uso exclusivamente a personas de su estricta confianza.

l. Procure no guardar información personal o laboral en memorias USB u otros dispositivos portátiles.

m. Si está dentro de sus posibilidades, procure tener consigo tarjetas SIM de diferentes operadores, con el fin de garantizar cobertura o poder comunicarse en caso de emergencia o amenaza.

n. Ante llamadas equivocadas, no suministre información de ninguna índole.

o. Si recibe una llamada amenazante, mantenga la calma y busque que la conversación dure el mayor tiempo posible, con el fin de obtener datos que permitan a las autoridades competentes adelantar la respectiva investigación. Si la tecnología de su dispositivo móvil lo permite, sería de gran ayuda grabar las llamadas de amenaza. En caso que la amenaza sea mediante panfletos, pasquines, mensajes de texto o por redes sociales, procure que los mismos no sean eliminados, se guarden y se conserven íntegramente.

p. Si la amenaza se produjo a través de su teléfono institucional o personal, desactive o solicite la desactivación inmediata de la línea. No brinde por medio telefónico o electrónico ningún dato que permita saber su ubicación. Evite transmitir fotografías suyas o del lugar donde se localiza.

q. Acuerde con su familia no volver a comunicarse a través de sus números fijos o móviles habituales. Procure que usted y su núcleo familiar cambien sus cuentas de correo por nombres distintos a sus nombres de pila. Suprima toda actividad en redes sociales y recomiende a su familia evitar hacer cualquier tipo de mención a usted, a su localización o a su situación en redes sociales o a través de comunicaciones telefónicas o correo electrónico.

r. Si le resulta posible, lleve una bitácora o diario de campo donde anote los números de celular, horas de llamadas, guardar imágenes de los perfiles de usuarios en redes sociales, características de personas sospechosas, vehículos extraños, placas de los mismos, etc. Esta recomendación es de mucha importancia porque, por lo general, antes de recibir una llamada amenazante, la víctima puede haber recibido llamadas de números desconocidos, por otros motivos, por ejemplo, el otorgar una tarjeta de crédito, o preguntando por otras personas, o haber sido seguida e incluso visitada en el lugar de trabajo.

s. Evite replicar cadenas de WhatsApp que reproduzcan contenidos políticos, ideológicos o que involucre propaganda de grupos armados al margen de la ley en equipos institucionales, a menos que este tipo de material tenga que ver o haga parte de las labores que ejecuta.

t. Recuerde que los medios de comunicación tales como: teléfonos, correos electrónicos, servicios de mensajería, WhatsApp, son de relativo fácil acceso por terceros.

En este contexto, se debe tener mucho cuidado con la información que se maneje por esos medios, a fin de evitar fugas o robos de información que puedan poner en riesgo a personas, organizaciones o comunidades, y a la continuidad de la misión en terreno.

Asuma que la información que maneja por dichos medios puede terminar en manos equivocadas, para efectos de evaluar qué, cómo y cuándo se consigna/transmite información sensible. La confidencialidad debe ser respetada de manera inflexible, pues de ello depende la confianza que depositan los ciudadanos y las comunidades al comunicar a la institución información sensible, que puede significar un alto riesgo para la integridad de personas, familias o comunidades. Por tanto, debe ser absolutamente resguardada.

LAS ACTUACIONES EN EL TERRENO

I. PROCEDIMIENTOS PREVIOS A LA SALIDA

Se trata de aquellas acciones que se deben tener en cuenta antes de las salidas a terreno de los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo en cumplimiento de sus funciones.

Para facilitar el cumplimiento de estos lineamientos, se relacionan a continuación las obligaciones que competen a la Defensoría del Pueblo, así como a los servidores públicos:

Las salidas a terreno implican la exposición de miembros de la Defensoría del Pueblo a mayores riesgos, en particular cuando se producen picos en la intensidad del conflicto armado y cuando se presentan fenómenos climatológicos fuertes, como olas invernales y alteración en las condiciones de las vías, ríos o mares.

Por esta razón, es importante tener en cuenta algunos criterios que permiten la preparación de las comisiones, la concertación de acciones, la planeación de actividades y el desarrollo logístico (transporte, alojamiento, alimentación), y la gestión administrativa respectiva para la aprobación de la comisión. Por lo anterior, contar con la comisión de servicios debidamente autorizada es un requisito de carácter obligatorio.

Ningún servidor público de planta está autorizado a trasladarse fuera del municipio sede de su trabajo habitual -en comisión o en misión oficial- sin autorización de la Secretaría General, mediante acto administrativo (resolución).

Toda comisión a zonas rurales o a comunidades urbanas debe ser comunicada a las comunidades (líderes, representantes, autoridades étnicas, iglesias, familias, etc.). Este es el principal y más efectivo mecanismo de prevención de riesgos para el Equipo de Terreno y para las mismas comunidades.

Construcción de un plan de trabajo o programación mensual para el desarrollo de actividades en EL terreno: Es recomendable desarrollar una agenda mensual que responda a las necesidades de acompañamiento o verificación de la situación de comunidades que se encuentren en riesgo, por esta razón debe planificarse con tiempo aquellas misiones que requieran uso de recursos, acompañamiento de otras dependencias o del nivel central y las actividades con las comunidades.

Cuando se presenten situaciones de emergencia que requieren del acompañamiento inmediato, debe informarse acerca de los hechos que se presentan a través de un reporte (formato de reporte de eventos(13) o correo electrónico) donde se detallen los factores de amenaza, vulnerabilidad y riesgo, las zonas y comunidades afectadas, y se argumente la necesidad del servicio. Debe informarse a la Defensoría Regional, a la Dirección Nacional y a la Defensoría Delegada que corresponda, y a los profesionales de apoyo que establezca cada dependencia.

Es importante hacer una debida planeación de los tiempos de los recorridos y los medios de transporte que se requieren para llegar a las comunidades y zonas a visitar, así como de las actividades a desarrollar, definiendo y concertando una agenda de trabajo con las comunidades o las instituciones. Es necesario que previo al desplazamiento a la comisión, p se designe un líder de grupo, quien será el vocero con los distintos actores que se presenten dentro del desarrollo de la comisión. Se sugiere que la persona designada sea la que cuente con el mayor nivel de experiencia y reconocimiento en los territorios donde se lleve a cabo la comisión.

Con el propósito de generar alguna trazabilidad de los recorridos y garantizar el seguimiento al desarrollo de las misiones a zonas rurales de difícil acceso, informe al Apoyo Regional del nivel central, a la Defensoría Regional y a su equipo: 1) El recorrido; 2) Las zonas a visitar; 3) Los datos de contacto en caso de emergencias (cuando se realicen comisiones a zonas de alto riesgo por conflicto armado, es importante dejar teléfonos de personas o comunidades que puedan dar razón del recorrido realizado).

En caso que cuente con señal telefónica informe a la Defensoría Regional o a su equipo, el avance de la comisión, las salidas y las llegadas a las zonas y sobre cualquier eventualidad o emergencia.

Es necesario que quien tenga previsto desarrollar la comisión esté al tanto de la situación de seguridad local e informarse sobre la presencia y dinámica de los actores armados ilegales, eventualidades relacionadas con el clima, las vías de acceso en la región.

Al cuerpo directivo de la defensoría del pueblo:

Le corresponde al cuerpo directivo de la Defensoría del Pueblo, cumplir las siguientes obligaciones dirigidas a garantizar las condiciones de seguridad en las misiones o actuaciones en terreno que lleven a cabo los servidores de la entidad:

1. Brindar capacitación y formación a todos los servidores en temas relacionados con gestión del riesgo y medidas de autoprotección, teniendo en cuenta el enfoque de derechos, territorial, diferencial y de género.

2. Informar a los servidores, sobre los riesgos de seguridad; situaciones de violencia, disturbios y conflicto armado; fenómenos e incidentes climatológicos, desastres naturales, plagas, epidemias y/o el acaecimiento de cualquier circunstancia que se pueda presentar en la zona objeto de visita, para que se adopten las previsiones y las medidas de seguridad pertinentes. Dichas recomendaciones deben ser producto de un proceso técnico, mediante el cual la Defensoría del Pueblo, de manera periódica, establezca los principales escenarios de riesgo que enfrentan los servidores en el terreno.

3. La Defensoría del Pueblo, en el nivel central y regional, contará con un directorio de contactos de emergencia, entre otros, de la Cruz Roja Colombiana, hospitales, cuerpo de bomberos, estaciones de policía, guarniciones militares, etc., en medio digital y físico al alcance y disponibilidad de los servidores públicos. La información de este directorio se mantendrá actualizada.

4. La Defensoría del Pueblo y según la disponibilidad presupuestal suministrará las dotaciones a los servidores públicos de la entidad para atender las necesidades de seguridad laboral en terreno tales como: camisetas, chaquetas, chalecos y gorras con los logos de la entidad, botas de caucho, guantes, tapabocas, gafas, teléfonos móviles, etc.

5. Cuando las condiciones de seguridad así lo ameriten, las comisiones a terreno se conformarán por grupos, mínimo de dos servidores públicos, y contarán con el apoyo de la respectiva Defensoría Regional en aspectos tales como: transporte en vehículos de la entidad debidamente identificados con sus distintivos. Los vehículos institucionales deben estar prioritariamente destinados para el desarrollo de las labores misionales, principalmente para las misiones de terreno priorizando las zonas en las cuales existe mayores condiciones de vulnerabilidad y riesgo de la población civil

6. Las dependencias que planeen y realicen comisiones a terreno dispondrán de diagnósticos actualizados sobre la situación de los derechos humanos de la zona a visitar, que permitan identificar problemas de violencia, conflicto armado, riesgo ambiental, intencional y antrópico, estado de las vías de comunicación; condiciones de vulnerabilidad de la población y otros aspectos que puedan afectar el desarrollo de las comisiones o generar algún tipo de peligro para la vida, la libertad e integridad personal de los servidores públicos.

7. De acuerdo con esa información, se procederá a analizar, priorizar y a establecer los riesgos, los factores de vulnerabilidad, de peligro, las medidas para mitigarlos y conforme a ello se decidirá la aprobación, no aprobación o aplazamiento de la comisión, para lo cual no puede haber oposición o rechazo del servidor público a tal determinación, pues la prioridad es la seguridad del personal de la institución(14).

8. En el caso de que se disponga no aprobar o aplazar una solicitud de comisión por alguna de las razones anotadas, en el formato de solicitud de comisión se explicará los motivos por los cuales se ordena aplazar o negar su ejecución.

9. En caso de riesgo por amenazas, la Defensoría del Pueblo dispondrá de un canal de comunicación (correo electrónico) para que se activen las rutas de protección establecidas en el presente protocolo.

10. La Defensoría del Pueblo brindará a los servidores públicos, por sí misma o por intermedio de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), la Empresa Promotora de Salud (EPS) u otra organización nacional e internacional, el apoyo psicosocial pertinente.

11. Los Directores Nacionales y Defensores Delegados deben coordinar con los Defensores Regionales las misiones o visitas que desarrollen a sus territorios, comunicando e informando con la debida antelación el objeto y la agenda de la misma.

A los servidores públicos

Los servidores públicos de la entidad deben cumplir con las siguientes obligaciones generales, las cuales constituyen los parámetros mínimos para que la entidad pueda garantizar condiciones y medidas de seguridad y autoprotección en las actividades en terreno que lleven a cabo en el marco de la misión institucional:

1. Mantener actualizados los datos de la hoja de vida en la oficina de talento humano, incluyendo los datos de personas de contacto en caso de emergencia.

2. Asistir a las capacitaciones que sean programadas sobre riesgo, medidas de seguridad y autoprotección, como de la socialización y aplicación de los lineamientos sobre la actuación institucional en el terreno.

3. Portar de manera permanente la cédula de ciudadanía, carnet de la institución, carnet de la EPS, carnet de vacunación de fiebre amarilla -para comisiones a zonas endémicas u otros documentos de identificación, que sean requeridos antes y durante la comisión.

4. Vestir las prendas institucionales ya se trate de chalecos, gorras, camisetas, chaquetas, etc.

5. Al solicitar el trámite de una comisión, debe cumplir los tiempos estipulados en el artículo 8 de la Resolución 1499 del 20 de octubre de 2015, que señala que la solicitud de la comisión se debe tramitar como mínimo con cinco (5) días de antelación a su fecha de inicio. A excepción de los casos urgentes y extraordinarios, que requieren de una intervención y aprobación inmediata.

6. Es obligatorio anexar a la solicitud de comisión la agenda de trabajo que se desarrollará describiendo con claridad el objetivo, los lugares y las actividades que se llevarán a cabo como lo productos que se obtendrán de la misma, para lo cual se diligenciará el formato establecido oficialmente por la entidad.

7. Contribuir con la elaboración y actualización de los diagnósticos que permitan identificar las situaciones de derechos humanos, las dinámicas del conflicto armado, el riesgo ambiental, y toda aquella información que se considere de utilidad para la elaboración de los escenarios de riesgo de la zona que será objeto de la visita institucional. Tomando como base estos diagnósticos, el servidor (a) público informarán por escrito a sus superiores sobre los posibles riesgos que puedan afectar la seguridad de la comisión o los desplazamientos en terreno, a efecto de considerar su realización.

8. Previo al desplazamiento a terreno debe contar con las vacunas necesarias: a) Fiebre amarilla, la aplican en los puestos de salud, terminales y aeropuertos; b) Toxoide tetánico, la aplican en la EPS; y c) Toxoide Diftérico, la aplican en la EPS y d) Influenza.

9. Se recomienda informar a la Subdirección para la Gestión del Talento Humano sobre los tratamientos médicos, embarazo, enfermedades, alergias y similares que padezca y que puedan afectar la salud del funcionario en caso de un accidente o enfermedad.

10. Cuando le sean brindados, utilizar y cuidar, salvo su deterioro natural, los elementos que le entregue la entidad para la realización de la comisión. Informar de su pérdida o daño e interponer la respectiva denuncia cuando a ello haya lugar.

11. Contar con una copia física de la ficha de caracterización de la zona a la que se desplazará para cumplir su comisión y atender las sugerencias específicas que se hagan para la preservación de la seguridad personal.

12. No porte en su billetera fotos de sus familiares, demasiado dinero, chequera, tarjetas de crédito o elementos que puedan hacerlo más vulnerable. En lo posible, lleve un equipo celular personal modesto, pero de buena cobertura. Tampoco lleve cadenas, pulseras, aretes, anillos o accesorios llamativos o costosos.

13. Cuando deba realizar desplazamientos por áreas rurales y boscosas o de difícil acceso, aliste un morral o maleta portable que contenga botella de agua, alimento enlatado, barra de cereal, linterna, fósforos, gorra, camiseta, capa impermeable, saco liviano preferiblemente cortavientos, gafas de sol con filtro UV, gasa, esparadrapo, agua oxigenada, navaja, libreta pequeña y esfero; bloqueador solar, una soga de unos dos metros y una brújula.

14. En la zona donde se va a realizar la comisión, averigüe e identifique el nombre y ubicación del hospital centro asistencial que tienen convenio con la EPS a la que esté afiliado.

15. Comparta información sobre contactos de emergencia a la persona o personas que acompañan la comisión.

 Fuente:Imagen tomada de la web(15)

II. RECOMENDACIONES EN EL DESARROLLO DE LAS COMISIONES EN TERRENO

Este segmento contiene las recomendaciones que deben ser atendidas tanto por el cuerpo directivo de la Defensoría del Pueblo como por los servidores públicos en el ejercicio propio de las comisiones que efectúen. En gran medida, el éxito de la comisión, así como la limitación de los riesgos ordinarios que la misma prevé, dependerán del acatamiento de los lineamientos relacionados a continuación:

Al cuerpo directivo de la Defensoría del Pueblo

1. Determinar los horarios y jornadas en las que se cumplirá la comisión, atendiendo a los problemas que deban sortearse, así como a las directrices sobre seguridad, orden público, disponibilidad de medios de desplazamiento, uso de implementos, incluyendo los posibles contactos y entrevistas con la población. Por regla general, salvo excepciones justificadas, todo desplazamiento deberá realizarse entre las 06:00 hasta las 18:00.

2. Establecer y respetar los horarios, rutas, lugares de reunión y contactos de la zona. No deberán alterarse los cronogramas e itinerarios, salvo previa autorización por razones justificadas

3. Concertar con los funcionarios comisionados los lugares específicos en los que se vayan a efectuar las reuniones y entrevistas a la población a efecto de brindar privacidad, seguridad y confidencialidad al entrevistado y a los comisionados.

4. Activar las rutas y realizar las gestiones necesarias para garantizar la atención y asistencia a los servidores públicos en riesgo.

5. Atender y tramitar con prontitud las quejas que se presenten en el trascurso de la comisión o que constituya algún tipo de vulneración a os derecho de las comunidades.

A los servidores públicos

1. Procure desarrollar la comisión y los desplazamientos vía terrestre y fluvial en horas diurnas y en los horarios establecidos. En casos excepcionales, y de acuerdo con las circunstancias, se permitirá realizar actividades fuera de ese horario, para lo cual se debe llevar un registro de esas novedades. En todo caso, se requerirá la autorización del Defensor Regional o del superior inmediato. Está prohibido llevar a cabo desplazamientos a zonas de riesgo en horarios no laborales.

2. Establezca un contacto institucional a nivel regional o nacional que esté atento del desarrollo de la comisión y a quien deba comunicarle diariamente como avanza las actividades, así como las dificultades, emergencias y circunstancias adversas que se presenten, siempre y cuando las condiciones geográficas y de comunicación lo permitan.

3. Las comisiones estarán previamente delimitadas en cuanto a su objeto y territorio, motivo por el que cualquier desplazamiento fuera de la zona fijada para la comisión, debe ser autorizado expresamente por el coordinador/a de la comisión o el superior del servidor comisionado.

El servidor público debe recordar que todas las actuaciones que realice durante la comisión es en ejercicio de su funciones, razón por la que su lenguaje verbal y comportamental debe ser respetuoso, no discriminatorio ni excluyente; sus actitudes, posturas y planteamientos deben encaminarse a la defensa, salvaguarda, tutela, promoción y protección de los derechos humanos y los preceptos del Derecho Internacional Humanitario, la ética, la diligencia, prontitud, prudencia y el respeto irrestricto de la dignidad humana. El incumplimiento de estas pautas, puede dar lugar a sanciones, previo proceso disciplinario.

4. Brindar los servicios de la Defensoría del Pueblo y la atención ciudadana a la población objeto de comisión sin distinción alguna de género, origen, etnia, edad, orientación sexual, creencia religiosa, ideología política, condición física, cultural o socioeconómica.

5. No comparta su información personal. Si le preguntan datos suministre los institucionales.

6. Preparar sus intervenciones y/o actuaciones ante la comunidad, para evitar comportamientos, actitudes o manifestaciones de discriminación, subvaloración, sesgos políticos o ideológicos, comportamientos parcializados o imprudencias que puedan comprometer o desdibujar la labor, valores e imagen institucional.

7. No participar, impulsar o liderar acciones, discursos, actitudes o comportamientos de tipo político o ideológico, no hacer calificativos o descalificativos de grupos armados al margen de la ley, instituciones estatales, miembros de la fuerza pública, grupos o comunidades religiosas, culturales, civiles o políticas.

8. Recuerde, la Defensoría del Pueblo no se rige bajo el principio de neutralidad humanitaria, sino de imparcialidad e independencia. Es una institución del Estado colombiano que promueve y defiende los derechos humanos consagrados en la Constitución Política y en los tratados internacionales de derechos humanos, para lo cual actúa como organismo de control adscrito al Ministerio Público e Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH).

9. Si las condiciones lo permiten, efectuar las entrevistas en condiciones de privacidad.

10. Mantener la confidencialidad y la reserva de la información que registre durante su comisión, de la cual sólo dará cuenta al comitente o a quien éste autorice.

11. Está totalmente prohibido dar declaraciones a los medios de comunicación o divulgar públicamente las actividades, los resultados y hallazgos de la comisión. Excepto los Defensores Regionales, Defensores Delegados y Directores Nacionales cuando cuenten con la autorización expresa del Defensor del Pueblo o del Jefe de la Oficina de Comunicaciones de la institución.

12. Ante situaciones de disturbios sociales, agresiones, enfrentamientos armados u otro tipo de evento que ponga en riesgo su vida, el servidor público debe suspender las actividades de la comisión y buscar protección en un lugar que brinde seguridad para su integridad e informar inmediatamente a su jefe directo. Una vez cese el evento y si no persiste la situación de riesgo o peligro se reanudará la misión. Se deben consignar estos eventos en el informe de comisión.

13. El servidor público comisionado que esté portando las prendas institucionales no debe consumir alcohol ni sustancias psicoactivas durante el desarrollo de la comisión. Tampoco acudir a establecimientos públicos donde imagen institucional pueda verse afectada, especialmente, en territorios con presencia de grupos armados al margen de la ley, porque estas conductas pueden poner en riesgo la seguridad de la misión y contravienen las normas que rigen la conducta a la que están sujetos los servidores públicos.

14. Durante el desarrollo de la comisión, el servidor debe portar las prendas institucionales. Para los desplazamientos y/o traslados, dependiendo de las necesidades, tener en cuenta el uso de pendones, banderas y otros distintivos para los vehículos o embarcaciones.

15. Durante la comisión y siempre que se encuentre en lugares públicos o abiertos al público, el funcionario debe portar en lugar visible el carnet institucional

16. Para la realización de los reportes o informes, el comisionado deberá sujetarse a los formularios establecidos por la institución y a las orientaciones brindadas por su superior o por el comitente.

17. Cuando para la realización de entrevistas, reportes, escritos, informes y demás, se requiera usar un equipo de cómputo, grabadora, videocámara, cámara, celular, etc.: a) se debe solicitar previa autorización de la comunidad o ciudadano; b) si se trata de equipos no institucionales, una vez impresa, descargada, enviada o subida la información a la web, usted debe asegurarse de que la misma se almacene conforme a las reglas de archivo para su conservación, para lo cual creará un expediente electrónico en su equipo institucional de conformidad con las tablas de retención documental de su dependencia o regional, y eliminar los registros y su respectivo respaldo, de su equipo no institucional que contengan información importante como datos de identificación y ubicación de personas, hechos victimizantes, vulneración o violación de derechos humanos, etc. Sea prudente con el uso de elementos tecnológicos para que no despierte desconfianza entre la comunidad que lo rodea.

18. Si se presenta una situación de hostigamiento, acoso sexual o abuso de autoridad, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes, se recomienda hacer su reporte al jefe inmediato y/o al comitente con copia a Talento Humano.

19. Los servidores públicos que lleven a cabo misiones, se transportarán preferentemente en vehículos de la entidad o vehículos particulares debidamente identificados y señalizados con los distintivos y logos de la Defensoría del Pueblo. Está prohibido transportar en vehículos de la entidad, a personas civiles que puedan poner en riesgo la imparcialidad de la Defensoría del Pueblo.

20. Por excepción, los servidores de la Defensoría del Pueblo se transportarán en vehículos de organismos humanitarios nacionales, internacionales o intergubernamentales, o de servicio público o particulares, siempre que las condiciones de seguridad y las facilidades de transporte así lo permitan. Cuando se desplacen en vehículos que no pertenezcan a la entidad, deben informarlo a su superior jerárquico o al contacto institucional establecido.

21. Los servidores públicos que lleven a cabo misiones humanitarias en territorios que representen riesgo para la seguridad e integridad personal o que comprometa la imparcialidad e independencia de la misión o afecte la confianza de las comunidades, deben evitar transportarse en vehículos, embarcaciones o aeronaves militares, policiales o adscritas a entidades del Gobierno. Salvo situaciones de emergencia o de intervención humanitaria urgente, el Defensor del Pueblo o el contacto institucional establecido, aprobará el transporte en tales vehículos, embarcaciones o aeronaves.

22. Los vehículos asignados para la comisión se destinarán exclusivamente al transporte del personal de la Defensoría del Pueblo. Está prohibido transportar personas, armas o bienes ajenos a la institución. Salvo situaciones urgentes y por razones humanitarias se transportarán personas ajenas a la entidad, para lo cual debe informarse previamente y solicitar autorización del superior jerárquico o al contacto institucional.

23. El uso de los cinturones de seguridad por parte del conductor y todos los acompañantes en el vehículo es obligatorio, como también, de los chalecos salvavidas en caso de viajes por vía fluvial o marítima.

24. El uso de aparatos de comunicación móviles se hará con las precauciones propias a tener en cuenta en la zona de comisión. Se recomienda evitar el uso utilización de teléfonos móviles, teléfonos satelitales, radios de comunicación o dispositivos GPS en territorios con presencia inmediata o próxima de actores armados ilegales.

25. En el evento que servidores de la institución requieran ingresar a territorios bajo control de grupos armados ilegales o donde se presenten situaciones de disturbios o alteraciones del orden público, sus jefes inmediatos deberán tomar las previsiones necesarias, consistentes en: a) establecer contacto previo con líderes de la zona que ofrezcan confianza y garantías mínimas para el acceso y tránsito por la región para el desarrollo de la misión(16); b) establecer los contactos y compromisos interinstitucionales pertinentes; c) de ser posible, informar sobre la presencia a las autoridades civiles y militares y solicitar las garantías necesarias para el desarrollo de la misión, d) Garantizar los medios de transporte y equipos técnicos y de primeros auxilios necesarios.

Los servidores públicos que ingresan por primera vez a un territorio deben procurar en lo posible permanecer y trabajar en grupo con los servidores públicos que hayan arribado previamente y cuenten con experiencia y conocimiento previo de las circunstancias y contexto de la zona, ello con el fin de evitar situaciones que puedan colocar en riesgo o hacer peligrar la comisión.

Fuente: Imagen tomada de la web(17)

Visibilidad en el terreno.

La visibilidad institucional es un elemento prioritario durante el desarrollo de las actividades de la Defensoría del Pueblo en el terreno y en sus acciones con otras instituciones. Siempre se debe viajar provisto de medios de identificación claramente visibles a distancia, como camisetas, chalecos, chaquetas, gorras, banderas, pendones con el logo o distintivo de la Defensoría del Pueblo(18), así como los demás elementos proporcionados por la Institución para el desarrollo del trabajo en terreno. Siempre se debe portar y exhibir, cuando se nos solicite, el carnet institucional, vigente y en buen estado de presentación, junto con los demás documentos de identidad personal.

En zonas con situaciones agudas de confrontación armada, o de alta tensión por la posibilidad de combates, se debe llevar en forma visible la bandera de la Defensoría del Pueblo durante los trayectos y se debe instalar o colgaren las afueras del lugar donde se pernocte.

III. DIRECTRICES PARA SITUACIONES ESPECIALES DE RIESGO

Es importante tener presente que, por su naturaleza y misión, la Defensoría del Pueblo hace presencia en aquellos escenarios que registran circunstancias de riesgo o amenaza para los derechos fundamentales de los habitantes, lo que en un momento dado puede extenderse a los servidores de la institución.

Se consideran situaciones especiales de riesgo aquellas que eventualmente o en forma imprevista representan un peligro para la integridad de los servidores que se encuentren en comisión. En este segmento se relacionan algunas de ellas con el fin de dar algunas pautas de actuación, sin que ello impida considerar soluciones seguras que las mismas circunstancias permitan identificar para prevenir riesgos y afectaciones a la misión.

Tenga en cuenta que en algunas situaciones los vínculos personales (amistad, familia, pareja) con personas pertenecientes a determinados actores armados (legales o ilegales) pueden generar situaciones de amenaza o ataque, en la medida en que el grupo armado ilegal considere que dichos vínculos son indicativos de la realización de labores de inteligencia con fines militares o judiciales, o que se busca favorecer los intereses de otros actores o grupos armados ilegales.

En este contexto, es obligatorio que los servidores públicos del Equipo en Terreno informen al nivel regional y nacional sobre la existencia de cualquier tipo de circunstancia de índole personal o de su historia de vida que pudiera implicar un riesgo mayor al que normalmente enfrentan los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo. Esto, con el objetivo de evaluar los niveles de riesgo y tomar las decisiones pertinentes para prevenir situaciones de amenaza o ataque contra la vida, libertad e integridad de los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo.

Recomendaciones para los servidores

1. Trate de conservar la calma. Para ello es recomendable concentrarse en la respiración. Haga respiraciones profundas llevando el aire que inhala hacia el estómago para oxigenar todo su cuerpo y exhale suavemente.

2. No rompa en llanto. Si bien las lágrimas son una forma natural de desahogarse y manifestar nuestras emociones, también nublan la visión y producen descontrol, interrumpen la respiración, aceleran el ritmo cardiaco y pueden suscitar irascibilidad, dolor de cabeza, abatimiento. Reflejan fragilidad y menguan la capacidad de racionalizar y reaccionar adecuadamente.

3. Si las circunstancias y sus capacidades se lo permiten, auxilie a las personas que requieran ayuda para colocarlas a salvo o mitigar el riesgo.

4. Dependiendo de las circunstancias y ante la contingencia de un peligro que atente contra su vida o integridad corra y ubíquese en un lugar seguro.

5. Si tiene la oportunidad y no pone en riesgo su integridad, informe en primer lugar al contacto institucional establecido, o al nivel regional/al nivel central de la Defensoría, tenga la certeza que se adelantarán las gestiones necesarias para restablecer su seguridad. Dependiendo de las orientaciones que reciba, proceda a informar a las autoridades locales de la situación de riesgo presentada.

6. No confronte, cuestione, ni ponga resistencia al abordaje del agresor o grupo armado. Limítese a responder informando de la misión humanitaria que compete a la Defensoría del Pueblo, sin entrar a especificar o explicar el objetivo de su misión ni las actividades desarrolladas o a desarrollar durante la misma.

7. Si le es permitido y no compromete su integridad, intente razonar con el (los) agresor(es) o grupo armado para explicar su posición imparcial como miembro de la Defensoría del Pueblo y la objetividad e importancia de su misión en terreno.

8. En caso de amenaza y el Estado no ha brindado protección, puede resultar una medida de auto protección efectiva trasladarse de manera inmediata a una vivienda o lugar que le ofrezca seguridad y del que no tengan conocimiento las personas con las que habitualmente se relaciona. No busque refugio en casa de amigos o familiares a menos que el presunto agresor desconozca su localización.

IV. RECOMENDACIONES ESPECIALES, SEGÚN EL TIPO DE RIESGO

a. RIESGO DE INCIDENTES O ACCIDENTES POR MINAS ANTIPERSONAL (MAP), MUNICIONES SIN EXPLOTAR (MUSE) O ARTEFACTOS EXPLOSIVOS IMPROVISADOS (AEI).

DEFINICIONES:

Minas antipersonal: “Toda mina concebida para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que incapacite, hiera o mate a una o más personas. Las minas diseñadas para detonar por la presencia, la proximidad o el contacto de un vehículo, y no de una persona, que estén provistas de un dispositivo anti manipulación, no son consideradas minas antipersonales por estar así equipadas”(19).

Accidente por Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI): “Acontecimiento indeseado causado por Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas”(20).

“Amenaza por Mina Antipersonal (MAP) y/o Artefacto Explosivo Improvisado (AEI): Peligro latente asociado a la probabilidad de activación de una o varias Minas Antipersonal (MAP) o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI), que puede producir efectos adversos sobre personas o bienes, en un lugar determinado"(21).

Artefacto Explosivo Improvisado (AEI): “Es un artefacto fabricado de manera artesanal, diseñado con el propósito de causar la muerte o daño físico utilizando el poder de una detonación. Según su objetivo táctico, los Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) pueden ser producidos con diferentes tipos de materiales, iniciadores, tamaños y contenedores. Para su fabricación se emplean explosivos comerciales, militares, artesanales o componentes de algún tipo de munición. Típicamente están compuestos por una carga explosiva, un detonador y un sistema de iniciación, pero pueden ser concebidos en combinación con químicos tóxicos, toxinas biológicas, material radioactivo y/o elementos generadores de metralla”(22).

Los artefactos explosivos improvisados son “diseñados con el propósito de causar daño físico y/o la muerte utilizando el poder de una detonación. Se elaboran utilizando materiales como plástico, madera, tubos de PVC, vidrio, láminas e icopor, entre otros"(23).

Munición sin Explotar (MUSE): “Munición explosiva que ha sido cargada, su fusible colocado, armada o, por el contrario, preparada para su uso o ya utilizada. Puede haber sido disparada, arrojada, lanzada o proyectada, pero permanece sin explotar debido ya sea a su mal funcionamiento, al tipo de diseño o a cualquier otra razón"(24).

Las municiones sin explotar incluyen granadas, morteros, municiones (balas, vainillas) o bombas, entre otras, que fueron utilizadas, pero no explotaron debido ya sea a su mal funcionamiento, al tipo de diseño o a cualquier otra razón(25).

Señal de peligro: “Señal que se coloca como parte de un sistema de marcación, diseñada para advertir al público sobre la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Municiones sin Explotar (MUSE) y/o Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) en un determinado lugar”(26).

Trampa cazabobos / trampa explosiva: “Objeto aparentemente inofensivo, que ha sido alterado en su estado normal, provisto de un dispositivo explosivo colocado deliberadamente para ocasionar daños en personas y/o bienes”.

Cuando se encuentre en una zona donde se sospeche con fundamento de la existencia o proximidad de minas antipersonal u otro tipo de artefacto explosivo, todos los desplazamientos y rutas deben ser consultados con la comunidad y/o autoridades para indagar por la seguridad de las rutas. Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

1. Las minas antipersonales se desplazan por las lluvias y el desbordamiento de los ríos, o por movimientos de tierra. Con el paso del tiempo y la intemperie las minas se oxidan y pueden cambiar de color y de apariencia, pero siguen siendo artefactos explosivos letales.(27)

2. Aléjese de la zona donde sepa o sospeche la existencia de minas antipersonal, municiones sin explotar y artefactos explosivos improvisados.

3. No se deben revisar ni tocar objetos abandonados y desconocidos. Tampoco se debe tirar nada sobre ellos, ni patearlos o golpearlos, ni intentar quemarlos. Por ninguna razón debe intentarse desactivar una mina antipersonal o un artefacto explosivo abandonado, como granadas o cilindros. Esta es una labor altamente técnica.(28)

4. Son señales de sospecha de la existencia de minas antipersonal, municiones sin explotar, artefactos explosivos improvisados o armas trampa: la presencia de animales heridos o muertos, mutilados sin razón conocida; visualizar árboles quemados o caídos, torres de energía derribadas, cráteres en el suelo, pedazos de madera, hojarasca, basura o escombros amontonados a un lado de la vía o en el centro de la misma, la presencia de alambres o detonadores, o un cambio inusual en la vegetación o en la tierra.

5. Otras señales de peligro o que pueden advertir la presencia de minas antipersonal, artefactos explosivos improvisados o armas trampa, son la presencia en la vía de vehículos varados y atravesados en la misma. En algunos casos se ha registrado la presencia de cadáveres de personas dentro de los mismos o en sus cercanías. Los vehículos o cadáveres pueden haber sido preparados con explosivos en forma de arma trampa, buscando que lleguen miembros de la autoridad a prestar auxilio. En estos casos tome distancia suficiente e informe inmediatamente a su superior jerárquico y a la autoridad competente.

6. En los desplazamientos a pie en medio de lugares boscosos a donde se pueda sospechar la presencia o proximidad de campos minados, no se limite a observar el piso en busca de señales de advertencia sobre minas o armas trampa, también preste atención a los árboles y ramas alrededor o por encima de su cabeza pueden tener escondidos o instalados artefactos que se activen o detonen al paso del caminante por hilos u otros mecanismos.

7. Evite desplazarse a pie por caminos o zonas que son habitualmente utilizados por la Fuerza Pública o por grupos armados. Usualmente los campesinos y habitantes de la zona son los mejores conocedores y guías de los caminos seguros y los horarios de desplazamiento.

8. Al reconocerse una señal de prevención o de peligro de minas antipersonal o artefactos explosivos, debe entenderse que se trata de un área minada. Por ninguna razón deben quitarse las señales. Deténgase inmediatamente, y regrese por el mismo camino por el que llegó, siguiendo sus huellas. Prevenga a otras personas que vayan por la misma área o camino.(29)

9. Si existe sospecha sobre la existencia de un área minada o con artefactos explosivos abandonados, se debe informar a su superior jerárquico, al alcalde y al personero municipal, para que se coloquen las señales de peligro necesarias, bajo el principio de confidencialidad. Se debe tener especial cuidado en lugares donde han ocurrido enfrentamientos armados, donde haya trincheras o campamentos abandonados, lugares poco transitados y desiertos, bases militares y estructuras de telecomunicaciones o eléctricas.(30)

10. Procure no ingresar a establecimientos, centros educativos, polideportivos, o construcciones civiles que hayan sido recientemente utilizados como lugares de acantonamiento por grupos armados o por destacamentos militares o policiales. Los salones, habitaciones y baterías sanitarias pueden estar minados, tener instaladas armas trampa o pueden encontrarse restos explosivos de guerra. Registre esta información en su informe de comisión y adelante las gestiones correspondientes ante las autoridades competentes a través de su superior jerárquico.

11. Evite ingresar y transitar por terrenos que son o han sido utilizados para cultivos de uso ilícito, laboratorios o cristalizadores de coca, pueden haber sido minados para impedir labores de erradicación manual.

12. Evite ingresar y transitar por terrenos que fueron utilizados como campamento de grupos armados o por sus alrededores, pueden haber sido minados o registrar la presencia de armas trampa, municiones sin explotar y remanentes de guerra.

13. Desplácese con precaución en terrenos donde se tenga información de la presencia de fosas comunes. Puede haber presencia de campos minados, armas trampa o restos explosivos de guerra.

14. El principal llamado que usted puede hacer a la comunidad ante un artefacto explosivo o la presencia de un campo minado es el de que no transiten por allí, ni muevan o tomen en sus manos el artefacto. En especial se debe instruir a los niños sobre este riesgo inminente de muerte.

15. Si se ha sufrido un accidente por mina antipersonal o se tiene que asistir de manera inmediata a una víctima, se debe sacar al herido del campo minado cuidando de la propia integridad. Luego intente contener la hemorragia (se debe hacer compresión sobre la herida). Solicite la aplicación de antibióticos mientras se produce el traslado a un hospital para evitar que se genere gangrena.

16. Busque ayuda para llevar al herido al hospital más cercano. Según el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), alrededor del 50% de las muertes se producen por el traslado inadecuado o la falta de primeros auxilios.

b. SECUESTRO

DEFINICIÓN: “El secuestro extorsivo es la acción de arrebatar, sustraer, retener u ocultar a una persona "con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier utilidad, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político” (Código Penal, art. 169), y el secuestro simple es aquel que se realiza con propósitos distintos a los transcritos (Código Penal, art. 168), el tipo penal de la desaparición forzada es más específico y lo que busca es castigar la retención de una persona, seguida de su ocultamiento y de la negativa a reconocer dicha privación o de dar información sobre su paradero, circunstancias que tienen que concurrir para que se configure el tipo penal”(31).

Recomendaciones:

1. No intente escapar. Tenga en cuenta que las posibilidades de éxito en un intento de escape a un secuestro son mínimas; los rescates militares o policiales también son muy riesgosos.

2. Siga las instrucciones de los secuestradores. No se les enfrente, no los confronte, ellos tienen el control.

3. Permanezca callado y adopte una actitud calmada. Si le es permitido conversar con quienes lo tienen secuestrado o retenido, intente generar empatía y explicar la misión institucional sin entrar en detalles, esto le puede evitar agresiones excesivas.

4. No se queje, ni confronte; mantenga una posición firme y fuerte pero conciliadora e imparcial; en especial, si se encuentra retenido junto a personas de la comunidad.

5. Si los captores poseen información suya de antemano y se la dejan saber, cuando le pregunten limítese a responder sobre dichos datos y no suministre más, en especial, existencia de bienes, nombres y direcciones de hijos o familiares, etc. Trate de suministrar sólo sus datos institucionales.

6. Si le exigen dar un número de contacto, en lo posible brinde teléfonos fijos convencionales que pueden ser atendidos prontamente por el receptor.

7. Prepárese mentalmente para la situación de aislamiento. Se recomienda pensar en la familia y seres queridos, en momentos y sensaciones agradables, orar, meditar y no dejar de comer, ni perder el ánimo y la esperanza.

8. Nunca piense que su familia, amigos o la institución lo han abandonado, tenga la certeza que todos estarán haciendo su mejor esfuerzo por intentar que regrese a casa lo más pronto, sano y salvo.

9. En caso de que lo liberen por la fuerza, es importante, en tanto le sea posible, procurar permanecer en un lugar seguro para evitar alguna lesión durante el proceso de confrontación.

10. Finalmente, cuando recupere su libertad, es importante hacer una revisión y seguimiento médico de su recuperación física y acudir a tratamiento psicológico para restablecer su equilibrio mental.

11. En caso de que en misión sea su compañero o alguien de la comisión quien resulte retenido o secuestrado, mantenga la calma. Tenga en cuenta los siguientes puntos para no incrementar el riesgo de su compañero. Recuerde que las primeras horas son fundamentales:

a. Comuníquese de manera inmediata con el contacto institucional establecido, o la Defensoría Regional/el nivel central.

b. En lo posible tome nota de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos y lo que considera extraño, sospechoso y relevante.

c. Evite darles información a los captores, podría dificultar las acciones defensoriales e institucionales.

c. COMBATES, ATAQUES, ENFRENTAMIENTOS ARMADOS

Combates: Es el enfrentamiento directo de los adversarios en un tiempo y espacio determinados, con el porte y utilización ostensible de armas y recursos bélicos(32).

Ataques: es toda acción que una unidad lleva a cabo para que su propia capacidad ofensiva incida sobre una unidad adversaria. El ataque es una fase de los enfrentamientos en la que se busca afectar un objetivo, que puede estar defendido por un conjunto mayor de unidades de primera línea. Es también una parte del combate que permite a una unidad militar conquistar o destruir un objetivo militar mediante la coordinación del fuego y la movilidad(33).

El ataque puede tener tanto un objetivo ofensivo como defensivo. Si bien como consecuencia del ataque pueden verse afectados la población civil y a los bienes de carácter civil, debe recordarse que están prohibidos los ataques contra la población civil como tal, los actos de violencia cuyo principal objetivo sea sembrar el terror entre la población, así como los ataques indiscriminados contra lugares amparados por el DÍH. En este sentido, se deben tomar medidas de precaución en la preparación y ejecución de los ataques, así como contra los efectos de los ataques (Protocolo I, arts. 49, 51-60).

Ataques indiscriminados: se consideran como tales, y por lo tanto prohibidos, los ataques que afectan indistintamente a objetivos militares y a personas civiles o bienes de carácter civil. Se trata de ataques:

a) que no están dirigidos contra un objetivo militar determinado;

b) en los cuales se emplean métodos o medios de combate que no pueden dirigirse contra un objetivo militar concreto;

c) En los cuales se emplean métodos o medios de combate cuyos efectos no sea posible limitar

Se consideran indiscriminados en particular los ataques:

a) Por bombardeo, cualesquiera que sean los métodos y medios utilizados, que traten como objetivo militar único varios objetivos militares claramente separados y distintos localizados en una ciudad, un pueblo o cualquier otra zona que contenga una concentración análoga de personas civiles o bienes de carácter civil;

b) Cuando sea de prever que causará incidentalmente muertos y heridos entre la población civil, daños a bienes de carácter civil o una combinación de pérdidas y daños que serían excesivos con relación a la ventaja militar concreta y directa prevista (Protocolo I, art. 51 )(34).

Si en la zona en la que se encuentra en comisión o durante su traslado a la misma, se produce un combate, ataque, confrontación armada o balacera, con interposición de la población civil, usted debe examinar si está en un lugar abierto o cerrado. Puede adoptar las siguientes medidas:

1. No salir durante los enfrentamientos armados o balaceras. Se debe evaluar la situación y verificar las condiciones de seguridad con las autoridades municipales y la Fuerza Pública, antes de continuar con la comisión, consulte y mantenga informado al contacto institución o al superior jerárquico.

2. Si se encuentra en un lugar abierto arrójese al suelo para evitar que un proyectil lo alcance.

3. Procure refugiarse en una edificación preferiblemente de cemento o de material resistente.

4. No trate de tomar fotografías o imágenes de video del enfrentamiento, tiroteo o combate.

5. Al interior de la edificación, no se ubique cerca a las puertas y ventanas, tampoco en los patios o terrazas. En lo posible agáchese o póngase en posición horizontal en un lugar seguro como bajo de una cama, dentro de un closet grande, bodega, cuarto sin ventanas, para evitar las balas.

6. Si se encuentra con más personas, asegure primero a los niños, mujeres y ancianos.

7. Si la balacera ocurre en la calle o en un centro comercial, tírese al suelo o agáchese, procure calmarse, escuchar e identificar de dónde provienen los disparos, busque refugio detrás de una pared, columna gruesa de cemento, poste, o detrás de una puerta de hierro o acero lo suficientemente gruesa, que en lo posible esté alejada del lugar de donde provienen los disparos.

8. No entre en pánico; guarde silencio, no se mueva, no grite ni llame la atención, ponga su celular en silencio, hasta que hayan cesado completamente los disparos. Si las circunstancias se lo permiten, comuníquese con el contacto institucional establecido o su superior jerárquico, hable en voz baja y describa calmadamente y en forma precisa la situación.

9. Si se ubica detrás de un vehículo, procure agacharse completamente al lado de una de las llantas delanteras donde se localiza el motor, cubriendo su cabeza. No se ubique en la parte del medio o en forma paralela al baúl, pues son áreas vulnerables al traspaso de los disparos y cercanas al depósito de combustible. Dependiendo de la dirección y distancia probable de los disparos puede ubicarse en la parte de atrás o delante del vehículo en posición horizontal cubriendo su cabeza con las manos(35).

10. Cuando haya niños, tiéndalos en el suelo y de ser posible cúbralos con su cuerpo mientras se busca un refugio. Arrastre en cuclillas protegiéndoles para resguardarse.(36)

11. Si está en un vehículo, en primer lugar, arrójese al piso de su interior y busque proteger a los niños que estén con usted. Si sale del vehículo hágalo arrastrándose y ubicándose al lado de este en forma horizontal o agachado. No salga corriendo de la unidad pues puede ser confundido con uno de los combatientes.(37)

12. En caso de estar cerca del tiroteo o combate, retírese con precaución.

13. Al momento de huir del lugar, no se detenga a recoger carteras u objetos de valor: las cosas materiales se recuperan, la vida no.(38)

14. No tome, ni use ningún arma a no ser que lo haga en legítima defensa, su vida dependa de ello y no tenga otra alternativa.

15. Debe distinguir dos escenarios: si se trata del desarrollo de un combate y el servidor público se encuentra en medio o al lado de uno de las partes en conflicto. Y dos, si está en el marco de una masacre o frente a un agresor que tiene como único fin el asesinar de manera indiscriminada. Para estas situaciones si dentro del marco de protección de la seguridad personal es posible, identifíquese como funcionario de la Defensoría del Pueblo en aras de protegerse a través del principio de distinción. Por otro lado, si el riesgo presentado es de carácter extremo escóndase y si la situación lo permite salga del lugar inmediatamente.

d. ASONADAS

Asonada (Código Penal. Artículo 469): Los que en forma tumultuaria exigieren violentamente de la autoridad la ejecución u omisión de algún acto propio de sus funciones, incurrirán en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses.

Asonada (Real Academia Española, RAE): "Reunión tumultuaria y violenta para conseguir algún fin, por lo común político (...) Para que haya asonada basta que una parte del pueblo, más o menos numerosa, se reúna tumultuosamente y atente contra la paz pública. Las asonadas son muchas veces tentativas o comienzos de sedición, de revuelta, y aún de revolución formal (...)”.

Cuando se presenten asonadas, amotinamientos y la situación se torne violenta, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

1. No haga comentarios o desarrolle comportamientos o actitudes que generen pánico, o situaciones que inciten la violencia.

2. Mantenga la calma. Si le es posible ayude a calmar los ánimos de los manifestantes o de las partes enfrentadas, de lo contrario tome distancia.

3. Si la situación se lo permite, ayude a niños, mujeres y ancianos a salir de la turba o manifestación violenta.

4. Si puede procurarse un refugio, ingrese al mismo y con las personas del recinto cierre bien y aléjense de las puertas y ventanas.

5. Si está en medio de una estampida, intente hacerse hacia los costados y desde allí buscar una salida de la misma.

6. Comuníquese con el contacto institucional o su superior jerárquico y en lo posible con las autoridades responsables de controlar la situación para que se busquen vías de diálogo para superar la situación y evitar que se incremente o desborde la violencia.

7. Tenga en cuenta y estudie las pautas para la mediación de conflictos y protestas sociales establecidas por la entidad. Una de las principales recomendaciones no es solo resguardarse, sino establecer un punto de encuentro al que todos los servidores deben llegar una vez presentada la situación de violencia.

e. INCENDIOS

Incendio (RAE)(39): “Fuego de grandes proporciones que arde de forma fortuita o provocada y destruye cosas que no están destinadas a quemarse”.

Muchos incendios suelen ser provocados por la acción humana de manera intencional o inconsciente. Ante estas circunstancias, las siguientes recomendaciones pueden ser útiles(40):

1. Si tiene la posibilidad aprenda a utilizar los extintores en alguna capacitación previa, ya que según el tipo de incendio sus usos varían.

2. Avise de inmediato al cuerpo de bomberos.

3. Si le es posible apague los tacos de luz del lugar y desenchufe las fuentes eléctricas.

4. Aleje a todas las personas que no hagan labores de extinción del fuego iniciando con los más vulnerables.

5. Visualice y use las vías de salida que no presenten llamas.

6. Si decide enfrentar el fuego, atáquelo desde la base y no desde la punta. Tenga presente que el agua no sirve para extinguir el fuego y, al contrario, puede ser un letal conductor de energía ante fuegos eléctricos.

7. Si le es posible, colóquese un pañuelo mojado que le cubra la nariz y la boca.

8. Las puertas blindadas y/o metálicas se dilatan, así que seguramente estarán calientes y atoradas, luego, no las utilice. Si va a abrir una puerta, tóquela primero y si está caliente no la abra, de lo contrario, no lo haga de frente y ábrala lentamente.

9. Si va a desplazarse, hágalo reptando ya que el humo sube y podrá respirar mejor abajo.

10. No use el ascensor y al utilizar las escaleras descienda despacio con la espalda pegada a la pared.

11. Al ir avanzando cierre las puertas y ventanas que encuentre a su paso para alejar más las llamas,

12. Si se le prende la ropa, ruede por el piso para apagarla.

13. Si se le prende el cabello, meta la cabeza en agua.

14. Si se encuentra encerrado, ubíquese en la habitación más amplia, coloque trapos mojados bajo las rendijas de puertas y ventanas. Agite una sábana o trapo llamativo en la ventana para hacerse visible a la ayuda externa que le puedan brindar.

15. Si se encuentra en un baño, tape las rendijas de la puerta y humedezca todo alrededor.

f. ATENTADO TERRORISTA

DEFINICIÓN. “El terrorismo es un concepto que hace referencia al uso de la violencia o amenaza de violencia por parte de individuos o sectores de una sociedad a los efectos de coaccionar a gobiernos o entidades políticas a responder a demandas de orden político, social o religioso. Se trata de una forma de violencia política que, en una de sus variantes, se denomina terrorismo de estado, en los casos en que entidades gubernamentales son las que llevan a cabo los actos ilícitos contra miembros de su propia población.”(41)

Terrorismo: (Código Penal Colombiano Artículo 144. ACTOS DE TERRORISMO) “El que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado, realice u ordene llevar a cabo ataques indiscriminados o excesivos o haga objeto a la población civil de ataques, represalias, actos o amenazas de violencia cuya finalidad principal sea aterrorizarla, incurrirá por esa sola conducta en prisión (...)”

“(Código Penal Colombiano - Artículo 343). TERRORISMO: El que provoque o mantenga en estado de zozobra o terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o las edificaciones o medios de comunicación, transporte, procesamiento o conducción de fluidos o fuerzas motrices, valiéndose de medios capaces de causar estragos, incurrirá en prisión (...)”

Bajo estas circunstancias se recomienda:

1. Alejarse de las edificaciones hacia lugares despejados para evitar lesionarse con la caída de vidrios u objetos.

2. Evite acercarse al lugar o epicentro de la explosión, puede haber otros artefactos por explotar o pueden presentarse nuevas explosiones o incendios por fugas de gas o cortocircuitos.

3. No corra, mantenga la calma, abandone la edificación identificando la salida más cercana, buscando las rutas y mapas de evacuación en caso de emergencia. No utilice ascensores.

4. Si puede auxiliar a personas a su alrededor, ayúdeles a conservar la calma y procure trasladarlas o ubicarlas en un lugar seguro. Si puede trasladarlas en un vehículo, hágalo con destino al hospital o centro de salud más cercano si las heridas son de gravedad. Si las heridas son simples, procure llevarlas a otro más retirado, con el fin de evitar la congestión que tendrá el hospital o centro de salud más próximo dada su posible concurrencia.

5. Si va en un vehículo, tome vías alternas para dejar las principales a los organismos de socorro.

6. Procure tener a la mano sus documentos de identificación y haga lo propio con los de las víctimas que auxilie para facilitar la atención.

7. De ser posible anote un nombre y número de contacto de las víctimas que auxilie, por si éstas pierden la conciencia.

8. Los centros de salud tienen la obligación de atenderlo de forma gratuita e inmediata, así que acuda a ellos sin temor alguno.

g. RETÉN MILITAR Y FALSOS RETENES INSTALADOS POR GRUPOS ARMADOS

DEFINICIÓN: Es un concepto con varios usos. En algunos países, el término se emplea para denominar al puesto que permite supervisar o realizar un cierto control. (...) En el contexto militar, el retén es una tropa que sirve como refuerzo de un puesto militar en ciertos momentos particulares. Esto permite mejorar la custodia en la noche o en otra ocasión que demande algún tipo de medida especial.(42) En países que presentan confrontaciones armadas como el nuestro, los retenes pueden provenir de cualquiera de los actores en conflicto. Ante una situación así, tenga presente las siguientes recomendaciones:(43)

1. Respete los retenes y puestos de control de la Fuerza Pública o civiles. Al observar que le hacen el pare desde algún retén, disminuya la velocidad lentamente, no frene intempestivamente, acérquese con luces estacionarias. Encienda la luz interior del vehículo y coloque las dos manos sobre el volante.

2. Identifíquese y si le preguntan hágales saber que se encuentra en una misión humanitaria institucional. Si no le es requerido, no baje del vehículo.

3. No brinde información de población, fuerza pública u otros grupos armados, simplemente indique que se encuentra iniciando sus labores, ejemplo “Por el carácter humanitario del trabajo que realiza la Defensorio del Pueblo, no puedo darle ese tipo de información”.

4. No asuma ningún compromiso con el grupo armado. Apóyese en su labor específica y diga que no tiene la competencia para hacer lo que le piden, si es del caso, señale que canalizará la inquietud a sus superiores, o dejará las correspondientes constancias para que otra comisión, previa y específicamente facultada para ello, se pueda ocupar.

5. Sea cortes, no cuestione, ni sea beligerante.

6. Al retirarse del lugar, aléjese aumentando la velocidad lentamente. No acelere de inmediato. Usualmente los retenes tienen personal apostado y camuflado varios metros antes y varios metros después del grupo principal encargado de la interceptación de los vehículos.

h. AMENAZAS

DEFINICIÓN:

La amenaza puede entenderse como un peligro o riesgo que está latente, que todavía no se ha materializado pero que de continuar el mismo escenario se puede concretar. Por lo general se trata de un aviso o advertencia de que, si no se suspende una labor, acción u omisión determinada, se generará un perjuicio o daño.

Por ello la amenaza siempre tiene un destinatario definido al cual pone en peligro o al cual puede afectar eventualmente si la amenaza se convierte en una realidad. Las amenazas pueden ser trasmitidas de manera personal, telefónica, escrita a través de panfletos, notas, y/o de medios electrónicos.

La posibilidad de que esa amenaza se cumpla depende de cada caso particular. Del mismo modo, independientemente de la relación entre riesgo y amenaza se puede hablar de varios niveles de riesgo que deben ser claros:

a. Riesgo mínimo: el que se tiene por el solo hecho de nacer y tener vida.

b. Riego ordinario: el que se tiene por el solo hecho de vivir en sociedad.

c. Riesgo extraordinario: el que se tiene en virtud de la población y las actividades que se desarrollan y en virtud del cargo.

d. Riego extremo: cuando existe inminencia o materialización de la amenaza.

e. Riesgo consumado: cuando se violan los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad personal.

En todo caso, la Defensoría del Pueblo no es la entidad competente para analizar situaciones de riesgo, ni determinar la realidad de la amenaza de un servidor público que aduce ser víctima de amenaza o encontrarse en una situación de riesgo. Pero adelantará de manera prioritaria las gestiones a su cargo para garantizar la seguridad bienestar de sus servidores públicos. De igual manera desarrollará las acciones humanitarias y de solidaridad, que como institución de derechos humanos debe prestar para garantizar el bienestar de los servidores y sus familias.

Serán los organismos competentes los que evalúen la veracidad de la amenaza, su clasificación y graduación de acuerdo con distintos criterios que permitan calificar el tipo y la gravedad del riesgo que entrañan. Las medidas a adoptar siempre deben tener en cuenta un análisis ponderado y fundado de los hechos.

Un análisis superficial o equivocado puede conducir a tomar medidas exageradas de resguardo, protección, silenciamiento o desplazamiento. O, por el contrario, puede llevar a minimizar el riesgo y no dar importancia a las señales de peligro y no adoptar medidas mínimas que pueden exponer aún más a la víctima y conducir a que se materialicen los hechos de violencia anunciados.

En este sentido se recomienda formular un análisis que tenga en cuenta los siguientes criterios, sin perjuicio de otros estudios de riesgo o análisis que evalúen la situación:

(A) Contexto de riesgo: implica valorar los siguientes aspectos:

a) Estudiar si la labor de la persona o la información que posee puede afectar los intereses de determinados actores.

b) Contrastar esto con el contexto específico, valorando si la violencia en ese territorio se utiliza periódicamente como una forma de resolver los conflictos o controversias.

c) Estudiar el nivel general de violencia existente en la región. Casos relevantes. Análisis estadístico.

d) Analizar el costo social, militar y político que tendría para el actor atentar contra un servidor de la Defensoría del Pueblo versus el beneficio o ventajas que conllevaría ejecutar un atentado criminal contra este o contra una misión de la entidad.

e) Identificar posibles relaciones de actores legales con actores ilegales, que pueden generar un entorno de riesgo para el trabajo institucional y promover un entorno de impunidad en caso de concretarse un hecho violento.

(B) Antecedentes de riesgo:

a) Analizar si se registraron en los últimos días, semanas o meses incidentes de riesgo o agresiones contra el servidor público, que puedan tener alguna relación con la amenaza principal, valorando la frecuencia de los mismos.

b) Analizar si se han presentado amenazas similares en los últimos días, semanas o meses, en contra de la institución, otras entidades y servidores públicos.

(C) Tipo de amenaza:

a) Implica valorar por cuáles medios llegó la amenaza: personales, escritos, electrónicos, audiovisuales.

b) Analizar el nivel de generalidad o especificidad de las personas contra quienes se dirigen las amenazas.

c) Si la amenaza se produjo contra la institución en su conjunto o contra un grupo indeterminado de servidores públicos.

d) Si se produjo contra una o varias personas a las que se identificó claramente y se les hizo el anuncio a través de sus teléfonos celulares institucionales o personales, correos electrónicos o domicilios.

e) Si la amenaza se hizo extensiva a algún integrante del núcleo familiar del servidor público.

(D) Intencionalidad de causar daño y capacidades del actor:

a) Contrastar con agresiones e incidentes de riesgo previos, la gravedad y a la frecuencia de éstos.

b) Analizar si hay certeza de que está dirigida directamente al servidor público.

c) Procurar identificar al posible actor. Si la amenaza proviene efectivamente de un grupo armado y no se trata de un documento falso o espurio suscrito por alguien sin capacidad de daño.

d) Estudiar si el actor cuenta con capacidad real de causar daño, en términos de organización, recursos, alianzas con actores económicos, políticos o de la Fuerza Pública, antecedentes de violencia en la región contra otros grupos sociales, personas o instituciones.

e) Identifique información que pueda confirmar un plan para llevar a cabo un ataque contra el servidor público,

(E) Objetivo de la amenaza:

a) Cuál es el objetivo que persigue el actor con la amenaza. Ejemplos:

I. Silenciar temporalmente a la víctima, evitar que divulgue información o formule denuncias públicas

II. Evitar que el servidor público cumpla con una labor de acompañamiento, protección humanitaria o asesoría una persona, grupo o comunidad.

III. La amenaza busca un fin netamente extorsivo.

IV. La amenaza busca que la víctima se desplace o desaloje el territorio, por encima de cualquier otra consideración.

V. Busca que el servidor público deje de investigar una situación o cambie de actividad.

VI. La amenaza identifica al servidor público como un integrante o aliado de un grupo armado o partido de oposición, a partir de actitudes, comportamientos o expresiones que el funcionario tuvo en un determinado contexto o reunión.

(F) Vulnerabilidad y grado de exposición de la víctima:

a) Determinar el grado de exposición o visibilidad de la persona y de su labor en el contexto local o regional

b) Vulnerabilidad asociada a la condición de la persona como defensor de grupos poblacionales de reconocida situación de vulnerabilidad

c) Analizar las conductas y comportamientos habituales de la persona. Determinar el nivel de conocimiento y aplicación de normas de autoprotección por parte del funcionario.

d) Permanencia en la zona de riesgo: constatar si la amenaza provino de una zona, municipio o subregión frecuentemente visitado por el servidor público y si la permanencia o ausencia de este en la zona está en directa relación con el nivel de riesgo y la amenaza.

e) Nivel de exposición al riesgo asociado al entorno residencial: Busca determinar las condiciones de seguridad del entorno del lugar de habitación del funcionario.

f) Nivel de exposición al riesgo asociado al entorno laboral: Busca determinar las condiciones de seguridad del entorno del lugar de trabajo del funcionario.

g) Nivel de exposición al riesgo asociado al entorno social: busca determinar las condiciones de seguridad en relación con las actividades sociales que habitualmente lleva a cabo el servidor público.

h) Nivel de exposición al riesgo durante los recorridos: busca determinar las condiciones de seguridad en las vías por las que el servidor público transita habitualmente.

Medidas a adoptar

1. Informe a su superior jerárquico o contacto institucional de la ocurrencia del hecho amenazante, si está en el desarrollo de una comisión.

2. Informar de inmediato a la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas y a la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, la amenaza de que ha sido víctima.

3. En caso de amenaza y situación de riesgo, active la ruta de prevención y protección urgente, si llega a ser necesario con las autoridades territoriales, la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección, con el apoyo del Defensor Regional y la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, previa verificación de la información.

4. El Defensor Regional como medida urgente y transitoria, de forma concertada con la Subdirección de Gestión del Talento Humano, la Subdirección Administrativa y el servidor público, no programará comisiones de servicios a terreno al funcionario víctima de la amenaza y solicitará a las autoridades competentes medidas de seguridad en su domicilio y en su lugar de trabajo.

5. Si la amenaza se presenta con ocasión del ejercicio de las funciones y es de especial gravedad, el Defensor del Pueblo, la Secretaría General y la Subdirección para la Gestión del Talento Humano, estudiarán la posibilidad del traslado(44) o reubicación temporal del servidor público amenazado, informando al funcionario de ese trámite.

6. Denunciar ante las autoridades competentes, en especial a la Fiscalía General de la Nación para que se adelante la correspondiente investigación y, a la Policía Nacional para que se tomen las medidas preventivas urgentes para el funcionario amenazado y su núcleo familiar.

7. Una vez conocida la decisión de la Unidad Nacional de Protección de conceder medidas de protección de emergencia, se recomienda al servidor público que haga uso de las mismas. Si las rechaza, asumirá los riesgos que se deriven de tal decisión.

8. Si no hay amenazas directas o indirectas contra su grupo familiar no lo involucre en las medidas de seguridad personales que adopte, pues se pueden convertir en una carga e incrementar su riesgo personal. Permita en lo posible que sigan desarrollando su cotidianidad sin alteraciones, pero con recomendaciones puntuales de autoprotección que les permitan advertir riesgos o amenazas, guardando en todo momento la confidencialidad sobre su ubicación. Dependiendo de las circunstancias, una vez se cuente con medidas de protección, puede solicitar que las mismas sean extensivas a su núcleo familiar.

Recuerde que estas no son medidas de protección para aplicar en forma estandarizada a todas las situaciones de amenaza y a todas las personas que sufran una intimidación o chantaje de un actor. Las medidas a adoptar dependerán siempre del análisis y evaluación de riesgo que se realice, la concertación de las mismas, así como de otros factores particulares. Se recomienda que el servidor en riesgo tenga un expediente lo más completo posible de la documentación del caso (denuncias, citaciones, comunicaciones y demás gestiones adelantadas etc.).

¿Cuál sería la posible estrategia para garantizar la protección?

1. Efectivamente, para el caso de los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo, la recomendación es presentarlos ante la UNP como pertenecientes a la población de defensores de derechos humanos. Si bien, aunque, la UNP estableció criterios técnicos claros para determinar la población defensores de derechos humanos (por ejemplo, ser acreditados por organizaciones defensoras de DD.HH.) el argumento del caso sería que la labor misional de defensa de los derechos humanos reconoce al servidor público adscrito a la Defensoría del Pueblo como parte de la población de defensores de derechos humanos.

2. Se recomienda a todos los funcionarios que se encuentren en situación de riesgo que declaren ante el Ministerio Público, por hecho victimizante amenaza (haciendo énfasis en que desde ese momento adquieren la presunción constitucional de víctima y deben ser tratados como tal por los Programas de Protección).

3. Una vez se envíe el formulario de solicitud diligenciado, se ponga como asunto del correo: "Solicitud de Trámite de Emergencia por Riesgo Inminente", para que la UNP evalúe la posibilidad de implementar las medidas por trámite de emergencia. De no hacer la precisión anterior en el asunto, el caso toma el curso de la ruta normal con los tiempos que ello implica.

4. Sin excepción, todo caso de riesgo debe activarse ante la Secretaría del Interior o de Gobierno del municipio o del departamento y el servidor público de la Defensoría no podrá retirarse hasta que se cumplan tres condiciones:

a. Haber activado la ruta de protección, haber declarado por la amenaza y haber instaurado la denuncia ante la Fiscalía (todos esos documentos deberán ser anexados en la solicitud de protección).

b. Que el secretario de gobierno se pronuncie sobre el riesgo preliminar del funcionario.

c. Que cuente por lo menos una medida de protección de la administración, así sea una ronda de la policía, o que le den un número directo con el cual contactarse en caso de situación de riesgo.

5. La Defensoría del Pueblo deberá realizar gestiones de coordinación con la Policía para que, en caso de situaciones de riesgo contra servidores públicos, se brinden medidas urgentes de protección, recomendando que sean extensivas al núcleo familiar.

6. Para el caso de familiares de los servidores públicos de la entidad que se encuentren en riesgo por esa condición, se deberá activar la ruta con la UNP, dentro de la población: “otro miembro del grupo familiar", argumentando, que el riesgo se deriva de su condición de familiar de un servidor público y un defensor de derechos humanos y no de condiciones particulares.

7. Una vez activada la ruta de protección para el servidor, se formulará en coordinación con la dirección ATQ, la regional y el servidor público en riesgo, un documento con toda la contextualización del riesgo para ser sustentado por la DNATQ en los escenarios de GVP y CERREM.

9. En caso de que la UNP niegue el trámite de emergencia, la Defensoría deberá de manera concertada, realizar la evaluación del traslado temporal a las diferentes Defensorías Regionales y/o dependencias de nivel central de los servidores si así lo requiere el caso, mientras sale el resultado del estudio de nivel de riesgo y se toman medidas de fondo. El traslado se mantendrá hasta que el servidor público reciba las medidas de protección o el estudio arroje un nivel de riesgo ordinario. En todo momento, una vez el servidor retorne a su lugar habitual de residencia deberá hacer uso constante de las medidas que le fueron recomendadas.

10. En caso de presentarse una amenaza o una situación de riesgo contra un servidor público, la Defensoría además de activar la ruta de protección, llevará el caso ante un Comité de Justicia Transicional, un Consejo de Seguridad o un Comité de Orden Público, para que las autoridades municipales tomen las medidas del caso, tanto medidas materiales de protección como las políticas integrales de protección.

11. Finalmente, en caso de presentarse amenazas en general contra las Defensorías Regionales se podrá solicitar estudios de instalaciones a la UNP para que brinde las medidas de protección a la infraestructura y a las personas que considere pertinentes.

I. Interlocución con Actores/Grupos Armados Ilegales

La interlocución con actores armados ilegales sólo puede tener lugar con autorización del Defensor del Pueblo Nacional, por lo cual debe evitarse al máximo la interlocución en terreno con grupos armados ilegales. Sin embargo, el trabajo en terreno se realiza de manera frecuente en zonas donde los actores armados ilegales ejercen control y autoridad de facto, de manera que no es extraño que exijan hablar con las comisiones que ingresan al territorio. En caso de ser requerido, el líder de la comisión, deberá indicar con claridad que no se tiene autorización para entablar este tipo de diálogos. Debe enfatizarse el carácter humanitario de la labor que desarrolla la comisión o funcionario, sin ampliar explicaciones. En la medida de lo posible, es importante que haya testigos del diálogo sostenido.

Durante la interlocución con actores armados ilegales no asuma actitudes desafiantes ni de confrontación; los planteamientos deben realizarse de manera reposada y respetuosa, procurando no asumir actitudes temerosas ni sumisas. En todo caso deben marcarse las distancias propias que rigen la comunicación entre un actor humanitario y un actor armado. En suma, la interlocución debe dejar en claro que “no somos amigos ni enemigos” y que, aunque no validamos ni legitimamos el accionar violento, tampoco hacemos parte de estrategias policiales o militares del Estado en la medida, en que somos un actor humanitario cuya preocupación y objetivo esencial es la protección de la población civil.

Al terminar la comisión, es importante informar por escrito al nivel regional y nacional (vía correo electrónico) sobre la ocurrencia del diálogo, dando cuenta que se dio por requerimiento y exigencia expresa del actor armado ilegal. Esto, sin entrar en detalles sobre las características del actor armado ilegal o sobre el lugar específico en el cual se presentó la interlocución.

En caso de que se realicen amenazas directas o veladas, debe informarse de la situación al nivel nacional y regional de forma inmediata (siempre y cuando no implique un aumento del riesgo) y suspender la misión estableciendo un análisis reposado sobre la forma más segura de abandonar la zona. Al regresar a un lugar seguro, deberá informarse por escrito, al nivel regional y nacional sobre la situación presentada, a fin de evaluar conjuntamente los riesgos para el Equipo en Terreno y tomar las medidas necesarias para conjurar, prevenir y mitigar los posibles riesgos.

V. TEMAS CRÍTICOS QUE PUEDEN GENERAR 0 AUMENTAR LOS RIESGOS.

Para las comunidades

Se han identificado una serie de temas y situaciones que pueden generar y/o aumentar los riesgos para las comunidades, las cuales se mencionan a continuación junto con los lineamientos para prevenirlos o mitigarlos:

Presentación de quejas o comunicación de información sobre situaciones de conflicto armado, violaciones a los derechos humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario y sobre riesgos de vulneración de derechos; como lo es la presencia y accionar de los actores armados, de otras formas de violencia organizada, o de actores privados en disposición de ejercer violencia.

Al respecto, se recomienda que el trámite de este tipo de quejas se realice de manera oficiosa, bajo el principio de confidencialidad y, reservando las fuentes. En este sentido, debe evitarse al máximo relacionar los nombres de personas o hacer alusiones específicas a las personas que pusieron en conocimiento las situaciones de vulneración y riesgo, tanto en comunicaciones internas como externas (sea por correo electrónico, WhatsApp, informes y reportes, oficios de la Defensoría, o en llamadas telefónicas); basta con que se mencione que personas de la comunidad pusieron en conocimiento de la Defensoría del Pueblo las situaciones de riesgo y vulneración de derechos.

Manejo de los espacios para conocer y hablar sobre temas que implican situaciones de riesgo:

Es necesario evitar promover reuniones amplias en las cuales las personas hablen sobre temas que pueden generar posteriores retaliaciones. Así mismo, en determinados momentos es necesario cerrar los espacios o reorientar los temas de discusión, cuando se advierta que la población puede estar exponiéndose a mayores riesgos. En términos generales, no se pregunta de manera abierta y pública por la presencia y accionar de un actor armado en zonas de control dicho actor armado.

Bajo ninguna circunstancia se deben hacer planteamientos que refuercen los señalamientos y la estigmatización de la población civil y de las víctimas del desplazamiento forzado. Esto incrementa los vacíos de protección y debilita la respuesta institucional en materia de garantía de los derechos a la vida, libertad e integridad.

Para los Servidores Públicos en el Terreno

Se han identificado una serie de temas y situaciones que pueden generar y/o aumentar los riesgos para el Equipo en Terreno, las cuales se mencionan a continuación junto con los lineamientos para prevenir o mitigar esos riesgos:

-Solicitudes de desmovilización o de sometimiento a la justicia: El Equipo de Terreno NO tramita solicitudes de desmovilización. Si un combatiente o un mando de un grupo armado ilegal solicita información o gestión al respecto, se le debe indicar que tenemos estrictamente prohibido adelantar labores relacionadas con desmovilización o sometimiento a la justicia, y que dicha solicitud debe realizarla directamente ante el Defensor Regional del Pueblo, para lo cual se aportarán los datos de contacto del Defensor Regional.

-Tierras y Restitución de tierras: En términos generales, el despojo y los conflictos por el uso de tierras y territorios implican un riesgo extraordinario para todos los involucrados, lo cual exige un particular cuidado en la manera como se realiza el acompañamiento y las intervenciones del Equipo en Terreno. Por esta razón y, teniendo en cuenta que se presentan numerosas amenazas a comunidades en procesos de reclamación de tierras acompañadas por la Defensoría del Pueblo, se sugieren algunos elementos básicos de protección como: evitar discusiones con opositores a los procesos, trabajadores de los predios presuntamente despojados y abogados o personas relacionadas con la defensa de los opositores. Así mismo, se sugiere activar todas las rutas de protección definidas para reclamantes de tierras que han sido amenazados e informar ante una eventual presión, intimidación o amenaza proferida contra algún funcionario de la Defensoría involucrado/a en el acompañamiento de este tipo de procesos.

-Participación en Consejos de Seguridad:

La Defensoría del Pueblo, suele ser invitada a las reuniones, comités y a los Consejos de Seguridad del nivel departamental o municipal. La participación en estos espacios, principalmente, estará reservada para para los Defensores Regionales y los servidores del nivel directivo de la entidad. Los funcionarios contribuirán a preparar la participación de la Defensoría y acompañarán al Defensor Regional o Directivo en todo aquello que este solicite para una adecuada intervención en los referidos espacios.

Anexos:

xFICHA DE CHEQUEO MATERIALES RECOMENDADOS PARA LLEVAR A MISIONES INSTITUCIONALES ÉÑ TERRENO
Prendas de visibilidad Institucional (chaleco, carnet, etc.)
Formatos que deben diligenciarse.
Bolígrafo y cuaderno.
Lista de contactos y libreta personal de direcciones.
Equipo de comunicación, programable manualmente.
Certificados de vacunación y otros certificados sanitarios.
Monto económico para combustible e imprevistos (Según zonas, rutas y condiciones).
Vehículo institucional en excelentes condiciones.
Teléfonos celulares líneas entrantes y salientes habilitadas.
Baterías de reposición.
Linterna de mano.
Kits de herramientas básicas (desarmadores, cinta adhesiva, alicante y otros).
Botiquín de primeros auxilios.
Bloqueador solar.
Repelente de mosquitos.
Tabletas para purificación de agua.
Papel higiénico.
Kit de lavado.
Antidiarreicos de emergencia.
Sales de rehidratación oral.
Medicamentos personales recetados.
Al menos 1 litro de agua.
Raciones de supervivencia.
Barras de Chocolate o energéticas.

Teléfonos de Emergencia Externos

InstituciónLínea telefónica
Número de Emergencia Nacional (Línea General De 24 Horas)112
Cruz Roja (Ambulancia Las 24 Horas)132 -4280111 - 4281111
Defensa Civil144
Gaula (Escuadrón De Secuestro Y Extorsión)165
Fiscalía122 -4238230
Bomberos119 -2355166
Defensa Civil144 6400090
Unidad Nacional de Protección4269800 Z9370 Celular 310 215 01 97 / Avantel: 350 4269800 - 5*1

Teléfonos de Atención Interna

Dirección Nacional de Atención Y Tramite De Quejas Defensoría del Pueblo2115/2213 2332
Subdirección de Gestión del Talento Humano Defensoría del Pueblo.2214 / 2434 2409/2307

BIBLIOGRAFIA:

- Cartilla Facilitador Educación en el Riesgo de Minas Antipersonal, Municiones sin Explotar y Artefactos Explosivos Improvisados, Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, actualización cartilla 2015.

- Código Penal Colombiano

- Decreto 4912 de 2011

- Diccionario de la Real Academia Española, RAE

- Diccionario Abreviado de Conceptos. Sistema de Alertas Tempranas, SAT. Defensoría del Pueblo

- Guía Práctica para Nuestra Seguridad Personal de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y el Fondo de Justicia Transicional - PNUD.

* Principios Fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

- La Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción adoptada el 18 de septiembre de 1997 y entró en vigor el 1o de marzo de 1999.

- Glosario Nacional Básico General de Términos de Acción Integral contra Minas Antipersonal, marzo de 2012, Vicepresidencia de la República, Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, www.accioncontraminas.gov.co.

<NOTAS DE PÍE DE PÁGINA>

1. Ibidem, Art. 12, numeral 7.

2. Ibidem, Art. 12, numeral 18.

3. La Resolución No. 132 de enero 23 de 2018 modificó la Resolución 061 del 20 de enero de 2014 en la que se conformó, entre otros, el Grupo Interno de Trabajo adscrito a la Vicedefensoría del Pueblo que se denomina "Grupo de Esquemas de Actuación Humanitaria”.

4. Los siguientes conceptos han sido tomados y condensados del documento: Guía Práctica para Nuestra Seguridad Personal. UNP. Fondo de Justicia Transicional. UNDP. Bogotá, D.C. 2016.

5. Decreto Número 1066 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, artículo 2.4.1.1.4. Definiciones.

6. Artículo 3.23 del Decreto 4912 de 2011

7. Decreto Número 1066 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, artículo 2.4.1.1.4. Definiciones

8. Artículo 3.15 del Decreto 4912 de 2011

9. Decreto Número 1066 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, artículo 2.4.1.1.4. Definiciones

10. Ibidem

11. Principios tomados de: Principios Fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. En: https://www.icrc.org/es/document/principios-fundamentales-del-movimiento-internacional-de-la-cruz-roia-v-de-la-media-luna

12. Los siguientes conceptos han sido tomados y condensados del documento: Guía Práctica para Nuestra Seguridad Personal. UNP, Fondo de Justicia Transicional. UNDP. Bogotá, D.C. 2016

13. Para los casos de las Delegadas de Desplazados y SAT.

14. No se trata entonces de que como existe riesgo se rechaza La comisión, de hecho uno de los valores que tiene la Defensoría del Pueblo es acompañar a las comunidades que habitan en zonas de riesgo; lo que realmente se busca es analizar las situaciones de riesgo, hacer Las recomendaciones a los servidores públicos para entrar de manera segura en ellas: solo en los casos en que no sea posible garantizar la seguridad de los mismos, se procedería a no aprobar o aplazar la comisión.

15. https://www.google.com.co/search?riz=1C1GCEU_esC082lC0821&biw=1

600&bih=7406tbm=isch&sa=1&ei=TQb3W8.KM87r5gLK1J-wAw&q=imagenes+de+persona+pensando+animado&oq=imagenes+de+persona+pensando+a&gsJ=img.1,0.0.4822.4992..5907...0.0..0.122.233.0Í21....1..gws-wiz-img0i30iQi8i30.rk0gHÍ6qfkA

16. Puede ser recomendable comunicarse con antelación, según el caso, con los líderes sociales o religiosos, funcionarios o personas que conozcan el contexto local y las condiciones de seguridad, así como las vías de comunicación, acceso y desplazamiento por el territorio.

17. https://www.google.com.co/search?rlz=C1GCEU_esC0821CO8216biw=

1600&bih=740&tbm=isch&sa=16ei=TQb3W8.KM87rSejLKU-Aw&q=imagenes+de+persona+pensando+animado&oq=imagene5+de+persona+pensando+a&gsl=img.1.0.0.4822.4992.,5907,.O.O..0.122.233.0121„..1,.gws-wiz-img Oi3OiOi8i3O.rkOgHi6qfkA

18. De acuerdo a los estándares dispuesto en el protocolo de la imagen institucional

19. La Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción adoptada el 18 de septiembre de 1997 y entró en vigor el 1° de marzo de 1999.

20. Glosario Nacional Básico General de Términos de Acción Integral contra Minas Antipersonal, marzo de 2012, Vicepresidencia de la República, Programa Presidencial para la Acción integral contra Minas Antipersonal, www.accioncontraminas.gov. co

21. Ibidem

22. Ibidem

23. Cartilla Facilitador Educación en el Riesgo de Minas Antipersonal, Municiones sin Explotar y Artefactos Explosivos Improvisados, Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, actualización cartilla 2015.

24. Ibidem

25. Cartilla Facilitador Educación en el Riesgo de Minas Antipersonal, Municiones sin Explotar y Artefactos Explosivos Improvisados, Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, actualización cartilla 2015.

26. Ibidem

27. Tomado de http://www.sinminascolombia.galeon.com/enlaces1687287.html(Últimaconsulta 19/03/2017)

28. Ibidem.

29. Ibidem.

30. Ibidem.

31. Manual de calificación de conductas violatorias de Derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario, Volumen I, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo.

32. En: Listas desplegables Sistema de Información del SAT - SISAT

33. En: Diccionario abreviado de conceptos del SAT - 2011

34. En: Diccionario abreviado de conceptos del SAT - 2011

35. Véase, http://www.aauascalientes.gob.mx/seaob/proteccioncivil/docs/recomendaciones.pdi (19/03/2017)

36. Ibidem,

37. Ibidem.

38. Ibidem.

39. En: http://lema.rae.es

40. Para mayor información consulte, http://www.imf-formacion.com/blog/prevencion-riesgos-laborales/sin-categoria/recomendaciones-ante-un-incendio/ (19/03/2017)

41. Tomado de, http://www.definicionabc.com/politica/terrorismo.php (última consulta, 19/03/2017)

42. Tomado de, http:/Zdefinicion.de/reten/ (Última consulta, 19/03/2017)

43. Véase, http://foro.forosmexico.com/showthread.php?t=5028 (última consulta, 19/03/2017)

44. Resolución 1327 de 2015. Artículo 6. Criterios para los traslados.

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