RESOLUCIÓN DEFENSORIAL 34 DE 2005
(marzo 16)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
EMERGENCIA INVERNAL DURANTE EL PRIMER BIMESTRE DE 2005
Bogotá D.C,
VISTOS:
1. La presente temporada invernal se ha presentado con gran intensidad, especialmente en los departamentos de Santander, Norte de Santander, Tolima y Huila. Hasta el momento arroja un balance de 50 muertos, 101 heridos, más de 81.264 damnificados -15.989 familias- 6.045 viviendas destruidas y 4.034 viviendas averiadas y 11.930 hectáreas afectadas.(1)
2. La población carcelaria de la Penitenciaría de Alta y Mediana Seguridad de Girón, se vio directamente afectada por la emergencia invernal que azotó especialmente el departamento de Santander por cuanto los servicios públicos fueron interrumpidos durante varios días.
3. Las causas y consecuencias de estas situaciones catastróficas que lesionan los derechos a la vida, a la salud, a la salubridad pública, a la seguridad alimentaria y vivienda de la comunidad, al goce de un ambiente sano, al derecho al agua, a la prestación eficiente de los servicios públicos y a la atención y prevención de desastres previsibles técnicamente, se comparten y repiten año tras año en todo el territorio nacional sin que se alcance una solución definitiva.
4. Las causas de las altas precipitaciones, atípicas para esta época del año y en estas regiones, según información proveniente del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-, se atribuyen a cuatro frentes fríos(2) provenientes del hemisferio norte. De igual forma, se espera un nuevo frente frío proveniente de California, Estados Unidos.
4.1. Zona de calamidad pública.
El director de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior, doctor Eduardo José González, tras la avalancha del río Oro declaró zona de calamidad pública a los municipios de Bucaramanga y Girón, mediante la Resolución No 01 de febrero de 2005.
De igual manera, mediante la Resolución No. 02 del 14 de febrero de 2005, se declaró Zona de Calamidad Pública el municipio de Puerto Santander, departamento de Norte de Santander debido a los desbordamientos de los ríos Grita, Pamplona y Zulia que confluyen en este municipio, presentados a partir del 8 de febrero.
4.2. Alerta Roja
La Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga -CDMB-, declaró en “alerta roja” 29 barrios de Bucaramanga, entre los que se encuentran Cordoncillos, Morrorrico y El Pablón.
4.3. Alerta Amarilla
Fue declarada por el Comité Regional de Emergencias y Desastres de la Gobernación de Santander, a fin de que todo el personal de salud de la ciudad de Bucaramanga y de Girón especialmente, permanezca en los hospitales ante cualquier eventualidad.
4.4. Daños ocasionados
Según información de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres, se han presentado a la fecha los siguientes daños en los departamentos afectados:
- Cerca de 81.264 damnificados hasta el momento, que equivalen a 15.989 familias.
- Destrucción de vías, calzadas y puentes por avalanchas de lodo.
- De acuerdo con los censos realizados por las gobernaciones en varios barrios de ladera, principalmente en las capitales de Santander, Norte de Santander y Tolima, hay más de 6.045 viviendas destruidas y 4.034 se encuentran en grave riesgo, muchas de ellas inhabitables.
- Se estiman en 11.930 hectáreas la extensión de cosechas perdidas.
- Por desbordamiento del los Ríos Opón, Atá, Coyaima, Grita, Pamplona y Zulia, en sectores rurales, se inundaron muchas viviendas y se perdieron cultivos y animales.
- Taponamiento por desprendimiento de rocas y presencia de taludes en diferentes carreteras de esos departamentos.
- Alto riesgo de aparición de enfermedades gastrointestinales, infecciosas, respiratorias, además de las que pueden transmitir los vectores.
- El tráfico aéreo, a causa de las lluvias y la niebla, también ha sufrido varias interrupciones.
- Suspensión del suministro de agua por aporte de sedimentos de las fuentes hídricas que abastecen las cabeceras municipales.
- Municipios afectados: 5 en el Huila, 11 en Norte de Santander, 24 en Santander y 9 en el Tolima.
5. En razón de lo anterior, se realizó la acción defensorial tendente a la protección de las comunidades afectadas y de los ecosistemas estratégicos, con el propósito de garantizar la vigencia de los derechos humanos vinculados a su conservación.
CONSIDERANDO:
Primero. LA COMPETENCIA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.
1. Es competencia de la Defensoría del Pueblo velar por el ejercicio y vigencia de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 282 de la Constitución Política.
2. Le corresponde al Defensor del Pueblo hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violación a los derechos humanos, de acuerdo con el artículo 9, ordinal tercero, de la Ley 24 de 1992.
3. Es prerrogativa del Defensor del Pueblo apremiar a la comunidad en general para que se abstenga de desconocer los derechos colectivos y del ambiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9, ordinal quinto, de la Ley 24 de 1992.
4. Le compete al Defensor del Pueblo rendir informes periódicos sobre el resultado de sus investigaciones y denunciar públicamente el desconocimiento de los derechos humanos, según lo prescrito en el artículo 9, ordinal vigésimo segundo, de la Ley 24 de 1992.
5. Es atribución de la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente y las Oficinas Regionales y Seccionales de la Defensoría del Pueblo hacer investigaciones y estudios para evaluar la situación de los derechos en relación con la materia de su especialidad y sugerir al Defensor del Pueblo la formulación de observaciones, recomendaciones o denuncias de carácter general, de conformidad con la Resolución No. 396 de 2003, por medio de la cual se adopta el Instructivo para el Sistema de Atención Integral.
6. Son competentes para la atención y trámite de las quejas relacionadas con los derechos humanos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada resolución, las Regionales y las Oficinas Seccionales de la Defensoría del Pueblo, en el ámbito de su jurisdicción.
Segundo. LA ACCIÓN DEFENSORIAL
1. La Defensoría del Pueblo adelantó una investigación sobre la emergencia invernal que afrontó gran parte de la Costa Caribe y el interior del país a finales del año inmediatamente anterior. Como resultado de la investigación, el 2 de diciembre se profirió la Resolución Defensorial No. 31, en la cual se hicieron recomendaciones a las diferentes autoridades concernidas con miras a prevenir emergencias previsibles técnicamente.
2. La Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente envío comunicación a las autoridades competentes para que dieran aplicación a las recomendaciones de la citada Resolución.
3. La Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente ha mantenido contacto con las Defensorías Regionales y Seccionales de los Departamentos afectados, con el propósito de obtener información sobre la emergencia invernal y solicitar a las autoridades competentes realizar las acciones de atención. Así mismo, para que verifiquen la asistencia a damnificados y la operatividad del sistema de prevención y atención de desastres.
4. De igual manera, las regionales de la Defensoría del Pueblo de Norte de Santander, Santander, Tolima y Huila han estado recibiendo la información
regional y participando en el respectivo Comité Regional de Atención y Prevención de Desastres.
5. La Defensoría Regional Santander, en el Comité Regional para la Atención y Prevención de Desastres del 5 febrero de 2005, recomendó la coordinación y armonización en lo concerniente a la atención de emergencia y a la ayuda humanitaria, para lo cual se sugirió un protocolo preciso y claro en cuanto a los sitios de recepción de ayudas, sistematización e inventario de las mismas, censos y distribución, así como la promoción y divulgación de medidas preventivas con fundamento en las recomendaciones del IDEAM.
6. Igualmente, dicha Regional convocó a los Personeros de los municipios de Girón, Bucaramanga, Rionegro, entre otros, para conformar un equipo con estos y la Defensoría, con el objeto de crear una base de datos confiable para la identificación a los verdaderos damnificados.
Tercero. LA SITUACIÓN GENERAL Aspectos generales
1. De acuerdo con el análisis de la situación invernal, sus posibles causas y consecuencias, en la Resolución Defensorial N° 31, se afirmó “debido a la posición geográfica y la orografía de las tres grandes cordilleras, con sus altiplanos y grandes planicies aluviales, el país presenta gran variedad de sistemas de ríos de régimen torrencial y de planicie. Dependiendo del río las precipitaciones extremas pueden generar crecientes súbitas o inundaciones lentas. De acuerdo con el IDEAM(3), aunque las inundaciones son una característica natural de las corrientes, los cambios en la capacidad de regulación de las cuencas y la sedimentación de los cauces generados por la actividad antrópica incrementan el riesgo de crecientes súbitas y de inundaciones lentas”.
2. Geográficamente el país se encuentra dividido en cinco regiones: Andina, Caribe, Orinoquía, Amazonía y Pacífica. Las altas precipitaciones que han ocasionado la emergencia invernal del mes de febrero de 2005, se han localizado fundamentalmente en la región de los Santanderes y en los departamentos del Tolima y Huila.
3. Según los pronósticos del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, IDEAM(4), las precipitaciones cederían el fin de semana del 12 y 13 de febrero; pero previendo fuertes lluvias en los próximos días debido a un frente frío que se acerca a Colombia, el Instituto generó un nuevo reporte que señaló: "Este fenómeno no es normal por esta época. Esto es consecuencia de cuatro frentes fríos que nunca se habían presentado ni habían pasado tan cerca del país. Normalmente, entre enero y febrero ocurren uno o dos. Ahora se espera un quinto que vendría de California, Estados Unidos".
4. La oficina de pronósticos y alertas del IDEAM dijo que es anormal la situación climática que se presenta en estos departamentos y que el fenómeno se debe al bajo sistema de presión atmosférica en esa región del continente. Indicó que la situación es atípica, por lo que en una parte de Venezuela también se están presentando lluvias. Estas lluvias pueden durar tres días más e ir disminuyendo poco a poco hasta lograr condiciones más secas.
5. El IDEAM en sus comunicados 001, 002 y 003, anuncia lluvias intensas para las regiones de Santander, Tolima, Huila y Caldas, así como la probabilidad de crecientes súbitas y deslizamientos de tierra en los mismos departamentos. Finalmente recomienda mantener un estado de alerta frente a cualquiera de estas eventualidades.
6. En el comunicado N° 004 del 10 de febrero de 2005, extiende estas recomendaciones al piedemonte llanero de los departamentos de Arauca, Norte de Santander, Boyacá, Casanare y Meta. Asimismo, se prevé la posibilidad de crecientes en la alta pendiente de Antioquia, Santanderes, Tolima, Huila, Eje Cafetero y Nariño.
7. Igualmente anunció el IDEAM que “se prevé la disminución de los aguaceros en el noroccidente colombiano, pero la ola invernal se trasladará al occidente del país, por lo que los organismos de socorro deben permanecer en estado de alerta”.
8. Como resultado del modelo de susceptibilidad general de terreno a los deslizamientos(5) elaborado e implementado por el IDEAM, se estableció que el 6.7% del territorio nacional presenta susceptibilidad muy alta y el 6.9% susceptibilidad alta, localizada principalmente en los departamentos de Cundinamarca, Quindío, Boyacá, Caldas, Cauca, Huila, Norte de Santander y Santander, donde más del 20% de su territorio presenta alta y muy alta propensión a los deslizamientos.
9. De igual manera, el 7.2% del territorio se calificó con susceptibilidad moderada, en áreas de los departamentos de Risaralda, Caldas, Norte de Santander, Santander, Boyacá, Valle del Cauca y Antioquia. Con susceptibilidad baja y muy baja se encontraron 7,7% y 8.1% del territorio respectivamente, localizados en los departamentos de Chocó, Risaralda, Antioquia, Bolívar y Cauca. La evaluación de la susceptibilidad permitió identificar que las regiones Andina, Caribe y Pacífica concentran las mayores áreas con propensión a los deslizamientos, en tanto que la Orinoquía y la Amazonía las áreas propensas son relativamente escasas. Finalmente, se estableció que el 63.5% del territorio presenta una susceptibilidad que puede ser desde muy baja a nula para los deslizamientos(6).
Cuarto. LOS HECHOS Y LAS PRUEBAS
1. Departamento de Norte de Santander. Municipios de Puerto Santander y Cúcuta -Descripción del sitio
La región se ubica al nororiente del departamento de Norte de Santander, en la frontera con Venezuela, conformada en su mayoría por bosque de transición entre húmedo y seco, perteneciente a la hoya del Catatumbo.
-Reseña del problema
Los torrenciales aguaceros que se presentaron desde el martes de la semana pasada (8 de febrero), y se prolongarán hasta finales de febrero, según el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-, han causado una grave situación de emergencia en el departamento de Norte de Santander (Cúcuta, Puerto Santander y Villa del Rosario) 28.724 personas se encuentran damnificadas -5.481 familias- 98 viviendas destruidas, 786 viviendas averiadas, debido a las crecientes de los ríos Táchira, Pamplonita y Zulia.
Varios municipios del departamento se encuentran incomunicados como consecuencia de los múltiples derrumbes en las vías. Según lo aseguró a los medios de comunicación la oficina de emergencias del INVÍAS, el pasado 13 de febrero: “En Norte de Santander tenemos dos vías cerradas y no habrá paso sino hasta dentro de tres días. Una de ellas es la vía Cúcuta-Ocaña donde hay más de cien derrumbes. La otra vía es Cúcuta-La China, donde dada la dimensión del daño, no es fácil habilitar la vía en menos de tres días. En la vía Cúcuta-Puerto Santander el paso está restringido”. Igualmente, varios puentes han quedado destruidos o averiados como es el caso de una estructura que une a las localidades de Puerto Santander (Colombia) y Boca Grita (Venezuela), arrastrado por las aguas del río Grita, lo que afecta a las poblaciones de los dos países. Unas 20 mil personas quedaron incomunicadas en ambos lados de la frontera.
De acuerdo con el servicio meteorológico del IDEAM, se espera que las lluvias aumenten el caudal de los ríos y quebradas de los municipios de Cúcuta, Puerto Santander y Sardinata en Norte de Santander. Por este motivo ha recomendado una vigilancia permanente de los ríos y las quebradas ante la posibilidad de que las crecientes súbitas y los deslizamientos se sigan presentando.
El Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres, CREPADS, informó que en Puerto Santander no hay víctimas fatales, sin embargo se han rescatado 100 personas y se han evacuado 4.000(7).
Según Asocarbón, el 70% de la producción de carbón del departamento está suspendida a causa del invierno, lo que condujo a que 800 mineros quedaran temporalmente sin trabajo.
-Causas de la situación
La presencia inusual de fuertes lluvias en la zona Andina ha causado desastres en el departamento de Norte de Santander, tal como se indica al reseñar la situación general. A pesar de que la intensidad de las lluvias ha disminuido en algunas regiones del país la cifra de víctimas y damnificados sigue aumentando.
-Efectos
a. Ambientales
Si bien, una vez se retiren las aguas, los suelos aumentan su fertilidad con el aporte de limos, los impactos iniciales de la inundación se notan en las especies vegetales más susceptibles y en las especies de animales que no pueden escapar de las aguas. La descomposición de la materia orgánica y la retención de las aguas generan de malos olores y molestias a las poblaciones expuestas.
b. Salud
A pesar de no existir reportes oficiales sobre las consecuencias que en la salud de la población ha ocasionado el desastre, la creciente de los ríos Grita, Pamplona y Zulia que convergen en Puerto Santander, causó traumas en gran parte de la población tales como lesiones menores, fracturas y cortaduras.
Se prevé aumento considerable de problemas de diarrea, dérmicos, respiratorios e infecto contagiosos, aun para la población refugiada en los albergues. c. Seguridad alimentaria
Las avalanchas e inundaciones causaron pérdida de cultivos en la región, dificultaron el transporte de los alimentos y de las ayudas humanitarias y han aislado a parte de la población. De la misma manera, se perdieron gran cantidad de animales domésticos. Todo esto pone en alto riesgo la seguridad alimentaria de la población urbana y rural de Puerto Santander y otros municipios afectados por el desastre.
d. Vida
De acuerdo con la información oficial de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, en el departamento no se presentaron víctimas fatales. Sin embargo, algunos medios de comunicación informaron que la tragedia dejó dos personas muertas en ese departamento.
e. Vivienda digna
El fuerte invierno causó destrucción y pérdidas de bienes, 42 viviendas de Cúcuta, 20 de Los Patios, 15 de Villa del Rosario, 6 en Zulia, 15 en Convención, para un total de 98 viviendas destruidas y 786 viviendas averiadas: 72 en Puerto Santander, 100 en Villa del Rosario, 127 en Cúcuta, 25 en Los Patios, 72 en Cúcuta, 65 en Zulia, 62 en Sardinata, 23 en Santiago, 150 en Bochalema y 90 en Convención.
f. Mantenimiento de la alerta
De acuerdo con los informes del IDEAM, a pesar de ser una situación atípica, las lluvias pueden continuar hasta finalizar el mes de febrero, lo cual hace que las alertas y la atención deban mantenerse.
-Atención inmediata
El Gobierno informó que ya hizo entrega del primer envío de ayudas a los damnificados en los Santanderes. De acuerdo con un comunicado de la Presidencia de la República, varios aviones de la Fuerza Aérea Colombiana están continuamente despegando de la base militar de Catam, en Bogotá, para transportar ayuda de emergencia.
De la misma manera, el Gobierno Nacional manifestó que los campesinos que resulten afectados por la tragedia invernal en el oriente y el centro del país tendrán derecho a la refinanciación de sus deudas y a los subsidios para vivienda de interés social.
Según el propio ministro, el Ministerio de Agricultura está evaluando el impacto del invierno en zonas rurales para conceder un trato preferencial a los campesinos.
2. Departamento del Tolima
-Descripción del sitio
La región sur del Tolima tiene una topografía bastante variada en la cual discurren los ríos Atá, Patá y Saldaña que nacen en la zona alta de la cordillera Central. Gran parte del área está cubierta por bosque natural, a pesar de los acelerados procesos de ocupación e intervención. La región fue habitada ancestralmente por los indígenas Coyaima.
-Reseña del problema
Los torrenciales aguaceros que se presentaron desde el martes de la semana pasada (8 de febrero), y que se prolongarán hasta finales de febrero según el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-, han causado una grave situación de emergencia en el departamento del Tolima, en donde se presentaron 5 muertos por los deslizamientos, 4 pertenecientes a una misma familia y 2 heridos, en la vereda de Betania, sector El Paujil, ubicada a tres horas y media del municipio de Ataco. El padre de la familia resultó herido y fue llevado al hospital de Planadas. En la avalancha que se presentó en Chaparral resultó una persona muerta. En la Alcaldía de Ataco se tenía reporte de dos heridos más.
Los deslizamientos, producto de las fuertes lluvias que han caído sobre el sector, afectaron escuelas, destruyeron acueductos (vereda de Betania), afectaron el suministro de energía, destruyeron 77 viviendas y puentes, taponaron vías y dejaron cerca de 8.375 damnificadas -1.675 familias-. También se perdieron cultivos, ganado y otros semovientes(8). En la Alcaldía de Ataco tenía reporte de dos heridos más.
De acuerdo con el reporte entregado por el Comité Operativo de Emergencias - COE-, los municipios de Rioblanco y Chaparral también resultaron perjudicados por el invierno en el Tolima. En esos municipios varias viviendas resultaron destruidas y averiadas, además se presentan daños en las redes eléctricas y en las vías veredales. Los ríos Saldaña y Atá también se salieron de su cauce. En el sector rural de Rioblanco se presentó desbordamiento del río Atá, poniendo en riesgo aproximadamente a 50 familias que habitan a la orilla de su cauce.
Se presentó taponamiento de vías por los deslizamientos de tierra entre Ataco y Planadas y algunos sectores de Rioblanco.
En el municipio de Chaparral, vereda El Limón, varias viviendas sufrieron los rigores de los deslizamientos.
Por otra parte, de acuerdo con el Comité Local de Emergencias, la creciente del río Combeima puso en alerta a los barrios del sur de la ciudad de Ibagué. A lo largo del cauce existen amenazas de deslizamientos. Las lluvias han formado “palizadas” en el río Combeima y la ciudad podría llegar a presentar una emergencia por falta de agua, pues la bocatoma del acueducto ya fue cerrada y se cuenta solamente con la reserva de los tanques.
Los casos más preocupantes se produjeron en La Coqueta y los Túneles del barrio Boquerón, así como en Belencito en donde dos familias perdieron prácticamente todos sus enseres.
De igual forma, se presentaron inundaciones en Alaskita, La Vega y el barrio Santa Bárbara, en donde por lo menos ocho viviendas resultaron afectadas. En los túneles de Boquerón se encuentran bajo riesgo cuatro viviendas por los deslizamientos; las familias que las ocupan fueron desalojadas.
-Efectos
a. Ambientales
Si bien, una vez se retiren las aguas, los suelos aumentan su fertilidad con el aporte de limos, los impactos iniciales de la inundación se notan en los daños a las especies vegetales más susceptibles y en las especies de animales que no pueden escapar de las aguas.
La descomposición de la materia orgánica y la retención de la aguas producen efectos de malos olores y molestias a las poblaciones expuestas. b. Salud
Los deslizamientos e inundaciones en varias zonas del departamento del Tolima, han dejado heridas a 2 personas y más de 8.375 damnificados -1.675 familias-
Se prevé un aumento considerable de problemas de diarrea, dérmicos, respiratorios e infecto contagiosos, aún para la población refugiada en los albergues.
c. Seguridad alimentaria
Las avalanchas e inundaciones causaron pérdida de cultivos en la región, 3.430 hectáreas de cosechas, dificultaron el transporte de los alimentos y de las ayudas humanitarias y han aislado parte de la población. De la misma manera, se perdieron gran cantidad de animales domésticos. Lo anterior pone en alto riesgo la seguridad alimentaria de la población urbana y rural de los municipios del sur del Tolima.
d. Vida
De acuerdo con la información oficial de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, hay 5 víctimas fatales, 4 miembros de una misma familia.
e. Vivienda digna
Destrucción y pérdidas de bienes, 89 viviendas destruidas, 291 averiadas. Existe riesgo para 15 viviendas más por deslizamientos e inundaciones, y se calculan unos 50 millones de pesos en pérdidas, representadas en electrodomésticos, colchonetas, vestuario y enseres de cocina, entre otros.
-Atención inmediata
La Gobernación y los municipios han estado al frente de la atención de la emergencia y las ayudas se han presentado por parte de la Gobernación y de los municipios. El Comité de Emergencias del Tolima se trasladó a la zona de Ataco con el fin de coordinar las primeras ayudas, realizar la remoción de tierra, evaluar la situación y establecer el número real de personas damnificadas, para entregarles las frazadas, los paquetes de aseo y los mercados para mitigar la eventualidad.
La Gobernación del Tolima, a través de la Secretaría de Desarrollo Físico, prestó un buldózer para las labores de remoción de tierra en la vía Ataco-Planadas, utilizando combustible suministrado por la Alcaldía de Ataco. A finales de la semana anterior, se adelantó la evacuación de las familias que viven en la ribera del río Saldaña, especialmente las ubicadas en Ataco. De otra parte, 6 mineros de esta población que se encontraban incomunicados y atrapados, fueron rescatados con éxito.
Como medida preventiva, se cerraron las compuertas de los tanques de almacenamiento del Acueducto de Ibagué, para evitar que el líquido existente se contaminó con ciertas porciones de lodo mezclados con las aguas del río.
El Gobierno Nacional manifestó que los campesinos que resulten afectados por la tragedia invernal que afecta al oriente y centro del país tendrán derecho a la refinanciación de sus deudas y a los subsidios para vivienda de interés social.
3. Departamento de Santander
Municipios de Bucaramanga y de Girón
-Descripción del sitio
La ciudad de Bucaramanga, con una población de 464.583, se encuentra a 959 metros sobre el nivel del mar y es la capital del departamento de Santander. Su territorio se extiende por 165 km2, de los cuales la mayor parte, 100 km2 son de clima medio, 55 km2 son de clima cálido y solo 10 km2 de clima frío. Limita por el norte con el municipio de Rionegro, por el Oriente con municipios de Matanza, Charta y Tona; por el sur con el municipio de Floridablanca y por el occidente con el municipio de Girón.
El municipio de Girón se encuentra al nororiente del departamento de Santander a 9 kilómetros de Bucaramanga. Tiene una temperatura promedio de 24°C con una altitud de 777 metros sobre el nivel del mar y una población de 102.000 habitantes.
Cabe destacar que Girón fue declarado como Monumento Nacional de Colombia, lo que agrega una razón más para propender por su protección y conservación.
-Reseña del problema
El departamento de Santander, en especial su capital Bucaramanga y el municipio de Girón, han sufrido una emergencia por cuenta de una temporada invernal, atípica para esta época del año, como ya se había mencionado.
El 9 de febrero después de un fuerte aguacero se desbordó el río Oro y el río Frío, dando inicio a una emergencia que se acrecentó por causa de las fuertes lluvias, que durante 14 horas continuas cayeron sobre la región. Entre el 11 y el 12 de febrero, nuevamente se salieron de su cauce los mencionados ríos así como las quebradas La Iglesia y Chimitá. Las aguas alcanzaron un nivel inusual, inundando no solo las viviendas ribereñas sino también barrios y sectores que nunca habían sido afectados en las épocas de lluvias, ocasionando deslizamiento de laderas y de zonas de reserva forestal.
Además de Bucaramanga y Girón, también resultaron perjudicados los municipios de Lebrija, Floridablanca, El Cerrito, Betulia, Zapatoca, El Playón, Piedecuesta, Santa Bárbara, Rionegro, Cimitarra, Puerto Wiches, Landázuri, Santa Helena del Opón, Simacota, Bolívar, Sabana de Torres y San Vicente de Chucurí, donde algunos ríos como el Frío, el Oro y el Sogamoso se salieron de su cauce,
causando inundaciones y deslizamientos. Los barrios de Convivir, Galán y el industrial de Chimitá en la capital del departamento, fueron los que sufrieron los más fuertes aguaceros.
Según el informe de la Defensoría Regional de Santander, entre los sectores más perjudicados de Girón se encuentran: Brisas del Río, Bella Isla, La Isla, Río Frio, Nacional, Colinas de la Meseta, Las Marías, Jardines de Convivir, Convivir, Altos de Andina, La Independencia, Quebrada la Iglesia, Rinconcito de Oro, El Rinconcito, Santa Cruz, Gallineral, Bahondo, Malecón, Río de Oro, Villa Campestre, en los que miles de personas tuvieron que ser evacuadas dado el alto porcentaje de viviendas destruidas.
En el departamento de Santander, en la provincia La Comunera en el sector del Alto de Simacote, tras el desbordamiento del Río Opón, se produjeron pérdidas en agricultura y ganadería, así como inundaciones de 12 viviendas ribereñas. También se presentaron desprendimientos de rocas, y algunos taludes, pero en general las obstrucciones en las carreteras fueron superadas con el Ministerio de Transporte.
De otra parte en el sector rural, 14 veredas resultaron afectadas y sus cultivos arrasados. Así mismo, se presentaron deslizamientos, taponamiento de las vías, caminos y algunas veredas quedaron incomunicadas como el caso de Ocamonte, El Recreo, San Rafael, El Cedro, Altamira y Serrezuela, por la caída de los puentes Bonanza y río Frío, dificultando la llegada de ayuda humanitaria.
También se produjeron daños en la infraestructura vial y en los puentes urbanos como los de El Palenque, Malecón y Lenguerke. El servicio de agua potable, el fluido eléctrico, las telecomunicaciones y el gas natural fueron suspendidos, generándose una situación crítica.
En Bucaramanga se resaltan los daños ocurridos en los barrios La Playita, La Feria, Campo Hermoso, Primero de Mayo, Bella Vista Km. 5 vía a Pamplona, Café Madrid, Centro Abastos, Los Colorados, Cordoncillo, El Cristal (Provenza), Gaitán, La Playita, Los Laureles, Miraflores vía a Cúcuta, Morrorico, Pablo Sexto, Parque Industrial, Villa Helena, Norte Etapa II, Zarabanda, Vegas de Morrorico, Balconcitos, Amagá II sector norte, doble túnel, Bocas, Túnel sitio la Escuela, La Esperanza, San Gerardo, Hacienda Real, Brisas de Provenza, Granjas de Provenza, Estoraques, Corrales, La Independencia, Barrio Bucaramanga, el Fonce, Las Casitas - Diamante I, La Joya, Las Hamacas, Buenos Aires y El Diviso.
Reporta también la Defensoría Regional, el taponamiento de importantes vías de acceso y salida del municipio, como son: la vía Palenque- Café Madrid, la vía principal al aeropuerto de Palonegro en el municipio de Lebrija, la prolongación de la avenida 45, que conduce al Centro de Reclusión de mujeres y a la zona industrial de Bucaramanga conocida como Chimitá y la vía del anillo vial que conduce de Girón a Floridablanca.
Situación de especial emergencia se vivió en el establecimiento penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Girón, vereda de Palogordo, que cuenta con una población carcelaria de 1.450 personas, donde hay aproximadamente 300 miembros del cuerpo de custodia y vigilancia, además del personal administrativo del INPEC, toda vez que el suministro de agua se suspendió debido a la avalancha del río Oro, que alimenta las motobombas, cuyo cuarto se inundó y se encuentra en proceso de secado. Solo hasta el 13 de febrero, se recuperó el nivel del cauce y de manera parcial se solucionó el inconveniente.
De las cuatro vías de aproximación con que se contaba para llegar al establecimiento penitenciario, tres quedaron fuera de servicio; la única habilitada en este momento presenta fallas de estructura y no es apta para vehículos de más de 5 toneladas. En la actualidad es utilizada para acceder al municipio de Zapatoca y a sus áreas circunvecinas. Por lo anotado, el transporte para el traslado de servidores públicos se ha dificultado, generando dobles turnos para el personal de la guardia penitenciaria.
El servicio telefónico es casi inexistente; la única comunicación posible es a través del sistema Avantel, ya que los celulares no tienen cobertura en dicho sector. A lo anterior hay que agregar la falta de fluido eléctrico, desde el día 11 hasta el 13 de febrero.
-Causas de la situación
Históricamente han existido asentamientos en Girón; estos han ido en aumento y se han ubicado a orillas de los cauces de los ríos Oro y Frío principalmente. Desde hace 30 años, 12 familias con la autorización de Planeación Municipal, se han ocupado en las márgenes de estos ríos. Hoy existen 17 asentamientos en Girón que corresponden aproximadamente a 1.500 familias.
Se han invadido zonas de ronda de los ríos con la edificación de viviendas; al ocuparse áreas de inundación natural, aún en épocas invernales menos drásticas, las poblaciones de estos sitios están permanentemente expuestas a los riesgos propios del desbordamiento de los ríos.
Por otra parte, se han levantado urbanizaciones en la meseta de Bucaramanga en las escarpas, que son zonas expuestas al invierno y a la erosión, lo que sumado a la deforestación y a la ausencia de programas para la protección del medio ambiente, ayudan a que se presenten estas catástrofes.
En total, de acuerdo con el último reporte de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres por causa de la emergencia invernal en Santander, se produjo la muerte de 44 personas, 98 heridos, 43.990 personas afectadas - 8.798 familias-. Así mismo, se reportaron 5.857 viviendas destruidas y 2.941 averiadas.
-Efectos Ambientales
A causa de la deforestación, destrucción de bosques y aprovechamiento inadecuado del suelo, se ha ocasionado erosión, inundaciones, deslizamientos y fallas geológicas.
a. Salud
El período que sigue a las inundaciones, es el más propenso para la aparición de epidemias, además de que existe alto riesgo de enfermedades gastrointestinales, infecciones respiratorias y afecciones de la piel, de acuerdo con la experiencia dejada por emergencias anteriores, siendo la población infantil la más vulnerable.
b. Seguridad alimentaria
Frente a la intensidad de las lluvias y los desbordamientos e inundaciones ocurridas en el departamento de Santander, los habitantes de las zonas rurales que viven principalmente de la agricultura y la ganadería, han visto perdidos sus cultivos y sus animales, debiendo recurrir a la ayuda humanitaria para sobrevivir, en total se han reportado 8.500 hectáreas de cultivos destruidos.
c. Vida
Tal como viene sucediendo cada vez que el país afronta una emergencia invernal, el derecho a la vida se vulnera. Según el último reporte de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres, en 5 municipios de Santander se presentaron pérdidas de vida: En Girón, 10 muertos, 51 heridos; en Bucaramanga 8 muertos y 45 heridos; en Floridablanca 2 muertos y 1 herido; en San Vicente de Chucurí 4 muertos; en Sabana de Torres 1 muerto, en Lebrija 19 muertos, en Barrancabermeja 1 herido.
d. Vivienda Digna
Debido no solo a la intensidad de las lluvias, los deslizamientos y desbordamientos de los ríos, sino también por causa de la propia inestabilidad de las viviendas y su ubicación en lugares de alto riesgo, el reporte de la Dirección de Atención y Prevención de Desastres señala un altísimo número de viviendas destruidas y averiadas, tal como sigue: en Girón 2.700 viviendas destruidas y 580 averiadas; en Bucaramanga 2.372 destruidas y 1.186 averiadas; en San Vicente de Chucurí 290 viviendas destruidas y 94 averiadas; en Lebrija 97 destruidas y 116 averiadas, en Betulia 30 destruidas y 227 averiadas, en Zapatota 25 averiadas, en El Playón 4 destruidas y 42 averiadas, en Piedecuesta 10 destruidas y 68 averiadas, en Rionegro 85 averiadas, en Cimitarra 15 destruidas y 65 averiadas, en Landázuri 250 destruidas y 40 averiadas, en Santa Elena, Simacota y Bolívar 20,30 y 30 respectivamente, en Puerto Parra 58 destruidas y 150 averiadas, en Guacamayo 4 viviendas destruidas, en el Carmen 50 averiadas, en Barrancabermeja 15 destruidas y 48 averiadas, en el Socorro 5 averiadas, para un total de 5.857 viviendas destruidas y 2.941 averiadas.
-Atención de la emergencia invernal
El Gobierno Nacional a través de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres de Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Resolución 01 de febrero 11 de 2005, decretó la calamidad pública para los municipios de Bucaramanga y Girón, en razón de la avalancha del río Oro, buscando de esta manera agilizar los trámites para las ayudas a los damnificados.
El Ministerio de Protección Social, el Ministerio del Interior y de Justicia, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Comunicaciones, hicieron presencia en los municipios de Bucaramanga y Girón y asistieron al Comité Regional de Emergencias y Desastres junto con representantes de la Dirección Nacional de Desastres, la Gobernación de Santander, la Defensa Civil, la Cruz Roja Colombiana, la Policía Nacional, el Cuerpo de Bomberos y la Secretaría de Salud.
El Gobierno anunció recursos por más de 16.000 millones de pesos, destinados a los damnificados por la ola invernal. De este monto, se ofrecerán 2.000 subsidios para las viviendas ubicadas en zonas de alto riesgo, de acuerdo con el censo realizado por el Comité Local de Emergencias y Atención de Desastres.
Se calcula que entre Bucaramanga y Girón, existen 25.358 personas que equivalen a 5 mil familias damnificadas, y se ha reportado destrucción de vías y calzadas por causa de avalanchas de lodo.
La Secretaría de Salud de Santander, con base en registro del Comité Local de Emergencias, tramitará un subsidio de 7.500 millones de pesos por cada persona fallecida.
La Alcaldía de Bucaramanga, dispuso 14 albergues en donde se atiende el 60 por ciento de la población damnificada.
De otra parte la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga -CDMB-, declaró alerta roja para 29 barrios de las laderas de la ciudad de Bucaramanga.
Las demás acciones provienen del sector privado, comunitario y de la Cruz Roja.
4. Departamento del Huila
Según el reporte de la Defensoría Regional Huila, el día 12 de febrero debido a la fuerte ola invernal especialmente en el centro y sur del departamento, el Comité Local de Emergencias de Neiva declaró la zona en estado de alerta por las condiciones del caudal del río Magdalena y el manejo de la represa de Betania.
La emergencia ocasionó 1 muerto, 1 herido, 175 damnificados -35 familias, 1 vivienda destruida y 16 averiadas.
Como consecuencia de las intensas lluvias y la creciente de la quebrada La Caraguaja que provocó deslizamientos en un sector subnormal del barrio San Carlos del municipio de Campoalegre, una menor de 7 años falleció al caerle el techo y las paredes de su rústica vivienda, por los mismos hechos su hermano también resultó herido.
Igualmente, habitantes del municipio de la Plata se vieron afectados por el desbordamiento de varias quebradas y de lagunas como la de Zapatero que afectó tres viviendas del sector de la Isla, las cuales debieron ser desalojadas. Otras quebradas como Museñas y Quiebramuelas estuvieron a punto de salirse de su cauce y las fuertes lluvias provocaron inundaciones en algunos barrios como la Estancia y Puente Bolívar, donde la falta del sistema de desagüe en las calles ocasionaron inundación de las viviendas y varias familias debieron desalojar sus casas.
De la misma forma, las lluvias intensas en la zona rural del municipio de Iquira en el occidente del Huila ocasionaron cuantiosos daños materiales. La vía Valencia - San Francisco - Quebradón - Nazareth - quedó totalmente destruida, al igual que el acueducto veredal, puentes y torres de energía eléctrica.
Actualmente se encuentran en alerta los municipios de La Plata, Iquira, Campoalegre, Garzón y Santa María.
Quinto. CONCLUSIONES
En un lapso menor de dos meses, el país sufre nuevamente las consecuencias de una temporada invernal de inusitada intensidad. De hecho, en diciembre 2 del año inmediatamente anterior, producto de una investigación, la Defensoría del Pueblo emitió la Resolución Defensorial N° 31, en la que se recogieron las diferentes causas y consecuencias de la temporada invernal, así como las recomendaciones pertinentes.
En esta ocasión aunque el escenario es diferente, muchas de las causas analizadas anteriormente, cobran validez, porque las soluciones no se han dado. El IDEAM emite sus pronósticos de manera oportuna, pero no hay verdaderos programas de prevención.
Si bien es cierto que el Sistema de Atención ha funcionado y la solidaridad ciudadana se ha manifestado, muchas muertes, heridos y pérdidas materiales se hubieran podido evitar si el Sistema de Prevención y de Alertas Tempranas
funcionará eficazmente. Hay serios problemas estructurales y las lluvias actúan como detonante de inundaciones, avalanchas y deslizamientos. Por ello, es necesario que el Gobierno Nacional y las autoridades de los entes territoriales ejecuten las obras y actuaciones indispensables para proteger a las poblaciones que se encuentran en situación de riesgo.
Se reitera que las acciones deben orientarse hacia la prevención, es necesario que las diferentes administraciones realicen un análisis de las emergencias que se han presentado de manera histórica y principalmente los eventos presentes en un proceso que pueda reducir los desastres con base en base a lecciones aprendidas.
La población más necesitada, es la que se ve nuevamente afectada, por lo que cobra particular importancia buscar soluciones duraderas a los asentamientos en zonas de alto riesgo, de no ser así continuará vulnerándose el ejercicio de los derechos humanos, tales como el derecho a la vivienda digna, la seguridad y salubridad pública, el acceso a los servicios públicos y el goce de un ambiente sano
Sexto. NORMAS VINCULADAS CON EL OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
1. Con los hechos relacionados se están vulnerando los tratados internacionales suscritos por Colombia relacionados con el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, así como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y restauración del medio ambiente.
2. En desarrollo de los preceptos constitucionales que aseguran el derecho al ambiente, la conservación y la preservación de las áreas ecológicas, la normatividad no puede desconocer la necesidad de contar con instrumentos de prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo en las obras y proyectos que puedan afectar estos bienes.
La protección del medio ambiente y del desarrollo sostenible es, en la actualidad, una necesidad universalmente reconocida. Desde la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, celebrada en Estocolmo en 1972, se reconoció el derecho fundamental del hombre “al disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar”, junto con la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras.
Años más tarde, en 1987, en la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente, se definió el desarrollo sostenible como “el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades”. Posteriormente, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo realizada en Río de Janeiro en 1992, llamada Cumbre de la Tierra se concluyó que “el derecho al desarrollo debe ejercerse en forma que responda equitativamente a las necesidades ambientales y de desarrollo de las generaciones presentes y futuras” y que “con el fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada”.
3. La Convención de Viena de 1993, en la que se dispone que los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí. Es por ello que su tratamiento debe ser de manera global, justa, equitativa y dándoles a todos el mismo peso.
4. La problemática reseñada en la presente Resolución vulnera lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, comoquiera que la Carta consagra que Colombia es un Estado social de derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general (Art. 1o) y, que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación (Art. 2o).
Así mismo, por orden constitucional es obligación estatal y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación (Art. 8o). De la misma forma, el derecho a la vida es inviolable (Art. 11). Igualmente, corresponde al estado brindar protección especial a “aquellas personas que por su condición económica, física o mental se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta” (Art. 13) y garantizar la atención de la salud y el saneamiento ambiental como servicios públicos que son a cargo del Estado (Art. 49)
De la misma forma, la Constitución establece que la propiedad es una función social que implica obligaciones, como tal le es inherente una función ecológica. Por motivos de utilidad pública o de interés social, definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de la comunidad y del afectado (Art. 58)
Adicionalmente, la Carta consagra que “la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado”, lo cual busca garantizar los derechos de todos a una alimentación adecuada y a la seguridad alimentaria (Art. 65). Además, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines (Art. 79).
De la misma forma, se dispone constitucionalmente que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, al mismo tiempo deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados (Art.80).
Pertinente es resaltar el precepto constitucional que determina la responsabilidad patrimonial del Estado por acción u omisión de las autoridades públicas (Art. 90).
Los derechos consagrados en la Carta se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia (Art. 93). De igual manera, el Estatuto Superior consagra que es deber de la persona y del ciudadano proteger los recursos naturales y culturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano (Art. 95) y, consagra como principios fundamentales de las actuaciones administrativas la igualdad, la moralidad, la eficacia, la celeridad y la imparcialidad, entre otros; y establece la obligación de las autoridades administrativas de coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines estatales (Art. 209).
5. Dichos hechos también vulneran lo dispuesto en las diferentes normas legales que rigen los derechos antes mencionados, tales como el Decreto 2811 de 1974 - Código de Recursos Naturales -, la Ley 09 de 1979 - Código Sanitario, la Ley 99 de 1993 - que crea el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental y consagra los principios generales que debe seguir la política ambiental, la Ley 142 de 1994 - Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios -, y las leyes 165 de 1994 y 357 de 1997, que ratificaron los Convenios de biodiversidad y de Ramsar, respectivamente y la Ley 472 de 1998, que trata del ejercicio de la Acciones Populares y de Grupo, y que en el artículo 4o, literal L, hace referencia al derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente.
6. Asimismo, se infringe lo previsto en la Ley 388 de 1997 -Plan de Ordenamiento Territorial POT-, particularmente en lo relacionado con los objetivos y principios generales y el ordenamiento del territorio municipal.
7. Adicionalmente, se desconoce la jurisprudencia de la Corte Constitucional en materia de derechos a la salud pública, medio ambiente sano y a los servicios públicos, en conexidad con el derecho a la vida y a la vida digna, la importancia de los humedales como ecosistemas estratégicos; así como el derecho a la moralidad administrativa, entendida ésta como la gestión enmarcada en los principios que rigen la función pública.
8. Se ignoran, igualmente, varias políticas públicas dirigidas a defender la calidad de vida y el bienestar de los habitantes de Colombia, particularmente las relacionadas con el acceso al agua potable y al saneamiento básico, entre las cuales se encuentran el “Proyecto Colectivo Ambiental 1998 - 2002”, los “Lineamientos para la Gestión Urbana Regional” y la “Política de Agua y Saneamiento Básico” del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
9. Se desconocen, la Política Nacional para Humedales Interiores de Colombia, la Política de Biodiversidad y el Documento Técnico Interinstitucional sobre el manejo de los Humedales del Distrito Capital.
RESUELVE
I. RESPECTO A LAS AUTORIDADES ESTATALES
PRIMERO. EXHORTAR a las autoridades en general a que apliquen con rigor el Protocolo de Kioto sobre cambio climático, que entró en vigencia el día 16 de febrero de 2005.
SEGUNDO. INSTAR a las autoridades en general y especialmente a las de Bucaramanga, Girón, Cúcuta, Puerto Santander, Ibagué, Ataco, Chaparral y Ríoblanco, Iquira, La Plata, Campoalegre, Teruel y Palermo, a observar las recomendaciones recogidas en la Resolución Defensorial No. 31 del 2 de diciembre de 2004 sobre emergencia invernal.
TERCERO. SOLICITAR al Ministerio del Interior -Dirección de Prevención y Atención de Desastres- para que ejecute en coordinación con el ente territorial correspondiente la reubicación de las poblaciones asentadas en zonas de alto riesgo y/o en coordinación con el ministerio respectivo realice las obras de infraestructura necesarias para proteger a dicha población ante la imposibilidad de su reubicación total o inmediata.
CUARTO. CONMINAR a las autoridades ambientales a que cumplan con su misión de sanear ambientalmente las cuencas, ríos, humedales, ciénagas y esteros, sancionando a los infractores y realizando efectivamente las obras tendientes a mitigar y corregir los daños ambientales. Esta solicitud se hace especialmente a las siguientes entidades: Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS- Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga - CDMB- Corporación Autónoma Regional para la Frontera Nororiental - CORPONOR- Corporación Autónoma Regional del Tolima -CORTOLIMA- Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena -CAM-
QUINTO. INSTAR a las empresas prestadoras del servicio público de acueducto y alcantarillado a realizar los mantenimientos y limpiezas al sistema de alcantarillado pluviométrico y mixto, a efectuar el adecuado manejo de las rondas a su cargo y a realizar el tratamiento de las aguas servidas, en especial las empresas ubicadas en los departamentos de Norte de Santander, Santander, Tolima y Huila.
SEXTO. APREMIAR a las alcaldías y a las oficinas de planeación correspondientes de los municipios de los departamentos de Santander, Norte de Santander, Huila y Tolima, para que se abstengan de conceder permisos o licencias de construcción en zonas de alto riesgo, reubiquen las viviendas y personas que allí se encuentren, adelanten campañas de educación y sensibilización sobre el tema y ubiquen vallas didácticas.
SÉPTIMO. APREMIAR a los comités de atención y prevención de desastres a fin de que se mantenga el sistema de alertas tempranas metereológico y se suministre toda la información necesaria para mitigar y prevenir los desastres previsibles técnicamente.
OCTAVO. SOLICITAR a los Alcaldes de Cúcuta, Puerto Santander, Bucaramanga, Girón, Ibagué, Ataco, Chaparral y Rioblanco, dar aplicación estricta a los planes de ordenamiento territorial conforme al principio de desarrollo sostenible.
NOVENO. EXHORTAR a las comunidades a que asuman su responsabilidad ambiental, encaminada a proteger cuerpos de agua y evitar asentamientos en las rondas de los ríos.
DÉCIMO. SOLICITAR a la Dirección de Atención y Prevención de Desastres del Ministerio del Interior y al Instituto de Estudios Ambientales y Meteorológicos - IDEAM- difundir ampliamente los estudios de riesgos sobre desastres previsibles técnicamente, en especial a las gobernaciones, a las alcaldías y a los Comités Regionales y Locales de Atención y Prevención de Desastres.
UNDÉCIMO. SOLICITAR al Ministerio de Cultura y a la Alcaldía de Girón que en el proceso de recuperación de viviendas garantice la preservación del municipio como Monumento Nacional de Colombia.
II. EN LO REFERENTE A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Primero. ORDENAR a las Regionales y Seccionales interponer, en coordinación con la Dirección de Acciones y Recursos de la Defensoría del Pueblo, las acciones necesarias para restituir los derechos que se pudieron haber vulnerado con la emergencia invernal.
Segundo. ENCARGAR a las Oficinas Regionales y Seccionales concernidas y a la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente de la Defensoría del Pueblo el seguimiento de las recomendaciones de la presente resolución.
Tercero. SOLICITAR a dichas Regionales y Seccionales que, en asocio de las personerías locales, adelanten acciones de promoción y divulgación de los derechos relacionados en esta resolución.
III. SOBRE LA DIFUSIÓN Y LA DIVULGACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN
PRIMERO. OFICIAR a todas las autoridades y entidades públicas y privadas, citadas en esta resolución, a fin de informar acerca de su expedición, así como la posibilidad de consultarla en el sitio electrónico de la Defensoría del Pueblo.
SEGUNDO. INCLUIR la presente Resolución Defensorial, así como los resultados de su cumplimiento, en el informe anual que habrá de presentar el Defensor del Pueblo al Congreso de la República, conforme a lo establecido en el ordinal 7o del artículo 9o de la Ley 24 de 1992.
COMUNÍQUESE,
VOLMAR ANTONIO PÉREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo
1. Dirección de Prevención y Atención de Desastres. Reporte de emergencias para temporada invernal. 17 de febrero de 2005. 5.P.M.
2. “Las masas de aire se desplazan en conjunto y se "empujan" unas a otras. En cambio, raramente se mezclan. Esta propiedad es la causante del acentuado dinamismo de la atmósfera en la llamada superficie frontal, como se denomina a la superficie de contacto entre dos masas de aire. Como la atmósfera tiene tres dimensiones, la separación entre las masas de aire es una superficie llamada superficie frontal, siendo el frente, la línea determinada por la intersección de la superficie frontal y el suelo. Los frentes pueden tener una longitud de 500 Km. a 5000 Km, un ancho de 5 a 50 Km. Y Una altura de 3 a 20 Km. Cuando una superficie frontal se desplaza de tal manera que es el aire frío el que desplaza al aire caliente en superficie, se dice que estamos en presencia de un frente frío. Como la masa de aire frío es más densa, ataca al aire caliente por debajo, como si fuese una cuña, lo levanta, lo desaloja y lo obliga a trepar cuesta arriba sobre la empinada superficie frontal. El fenómeno es muy violento y en estos ascensos se producen abundantes nubes de desarrollo vertical”. www.geocities.com
3. Informe Anual sobre el Estado del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables en Colombia. 2004.
4. El IDEAM como entidad encargada de realizar en forma continua el pronóstico del estado del tiempo, emite avisos y alertas tempranas sobre la probabilidad de ocurrencia de deslizamientos e inundaciones ocasionados por lluvias.
5. El término deslizamiento se utiliza para denominar los movimientos en masa y hace referencia a los desplazamientos de terreno y no incluye los procesos erosivos denudacionales. En la ocurrencia de un deslizamiento se distinguen dos componentes: la susceptibilidad o propensión del terreno y los factores motores, desencadenantes o detonantes del mismo.
6. Informe Anual sobre el Estado del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Renovables en Colombia. 2004
7. Información del 16 de febrero de 2005
8. Según informó el Comité Operativo de Emergencias, COE e informe de la Defensoría del Pueblo Regional Tolima.