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RESOLUCIÓN DEFENSORIAL 65 DE 2015

(febrero 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

CRISIS HUMANITARIA EN EL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA

ASUNTO:

1) La Defensoría del Pueblo, en desarrollo de su mandato constitucional y legal de impulsar la promoción y garantía de los derechos humanos, ha venido manifestando su preocupación por la crisis humanitaria que padecen los habitantes del departamento de La Guajira, en especial el Pueblo Wayúu por múltiples causas relacionadas por problemáticas de orden social, económico, ambiental y nutricional.

2) La Defensoría del Pueblo elaboró el Informe Crisis Humanitaria en La Guajira. Acción Integral de la Defensoría en el departamento, en el que identifica la grave situación de derechos humanos en el departamento, producto de una verificación ín situ a varias rancherías de comunidades indígenas Wayúu e instituciones del orden municipal y departamental.

3) La grave crisis humanitaria en el departamento de La Guajira derivada de múltiples situaciones, entre otras: contaminación y escasez del recurso hídrico, falta de suministro de agua potable, impactos ambientales derivados del mal uso y explotación de recursos naturales, deficiencias alimentarias y nutricionales, muertes evitables de niños, niñas y adolescentes Wayúu, violaciones al derecho a la educación, afectación a derechos de las mujeres, afectaciones a los derechos humanos en el contexto del conflicto armado, y problemática carcelaria entre otros.

4) La Defensoría del Pueblo, realizó dos visitas humanitarias a rancherías de las comunidades indígenas del municipio de Riohacha del 22 al 25 de abril en las rancherías de Malawinkat, Los Ciruelos y Jine y del 18 al 20 de julio al municipio de Manaure rancherías denominadas Hipuana. Arrollo Limón. Cunamaná y apartastuchimana, en donde se verificó la grave situación especialmente en materia de desnutrición de niños, niñas y personas mayores, escasez de agua potable, inasistencia en materia de salud por parte de las IPS, dificultades de acceso instituciones de salud por las lejanías y carnetización entre otras.

5) La Defensoría del Pueblo ha informado sobre la vulnerabilidad en que se encuentra el pueblo Wayúu en el departamento de La Guajira y a pesar de la gestión de la Entidad y de los esfuerzos realizados por algunas instituciones del Estado. La Guajira y especialmente el Pueblo Wuayúu sigue siendo uno de los departamentos del país donde el goce electivo de los derechos humanos de la población es más limitado.

6) La Defensoría del Pueblo en coordinación con la Superintendencia de Salud ha realizado desde el mes de abril de 2014. cuatro reuniones en el marco de la Red de controladores, donde se solicitó a las EPS. IPS. ICBF y demás instituciones departamentales y municipales explicaciones frente a los procesos administrativos, presupuéstales y legales para determinar las muertes de niños y niñas Wayúu por desnutrición.

7) La Defensoría del Pueblo, a través de su Delegada para la Salud, la Seguridad Social y la Discapacidad. analizó la situación de morbimortalidad. dejando claro que en el departamento de La Guajira se viene presentando muertes evitables (aquellas que se producen por falta de prevención o tratamiento del sistema de salud) de niños y niñas, en su mayoría indígenas, por desnutrición severa grado III tipo Marasmo y Kwasiorkor, denotando un problema social, económico y ambiental que va más allá de las competencias de atención en salud en el departamento y las demás entidades responsables del sector.

8) Así mismo la Delegada de Infancia, Juventud v Adulto Mayor, analizó que en el departamento el 68% de la población está constituida por personas en el ciclo de vida en primera infancia, adolescencia y juventud, razón por la cual los problemas asociados a la desnutrición afectan principalmente a los niños y niñas de cero a 5 años, en condición de vulnerabilidad, población indígena, en situación de desplazamiento ubicada en zona rural y población afectada por los cambios climáticos. Según datos de la Encuesta Nacional de Salud y Situación Nutricional -ENSIN- 2010, las infecciones respiratorias agudas en menores de 5 años son deI 1.6% y las enfermedades diarreicas agudas en menores de 5 años son del 15.2% sobre el total de la población en este rango de edad, por lo que en esta fecha registraba una tasa de mortalidad en menores de 5 años de 32 por mil.

9) En lo concerniente a los Derechos de los Indígenas y las Minorías Étnicas, se verifica como la Economía Guajira históricamente se ha basado en el comercio informal con los países vecinos y en el trueque de la población indígena. El informe resalta la afectación por el pleno control estatal por la eliminación del contrabando, sin el diseño de políticas coetáneas para la implementación de oportunidades de trabajo y la mano de obra de los Wayúu en las salinas de Manaure. lo que desencadena en la actualidad la crisis económica y social que afronta la región, especialmente de los pueblos Wayúu. La anterior crisis afecta a todo el departamento, sin embargo ésta se evidencia en el de mayor dimensión como es el Resguardo de Alta y Media Guajira que se encuentra en los municipios de Uribia, Maicao y Manaure.

10) La Defensoría Delegada para los Derechos de la Población Desplazada, analiza la persistencia de riesgo, desplazamiento y confinamiento forzado con principal afectación en los municipios de Dibulla. Riohacha y de frontera en Uribia. Maicao, Albania y San Juan del Cesar, de igual forma al sur de la Guajira la Jagua del Pilar. Urumita, Villa Nueva. El Molino, que mantiene dinámicas similares, y en otro bloque de municipios del sur esta Barrancas y Fonseca. Por ser esta región una zona de frontera existe una gran cantidad de familias colombianas que regresan desde Venezuela por la aguda situación política y económica, algunas inclusive han sido deportadas, situación está que afecta al municipio de Maicao principalmente debido a que recibe aproximadamente 5 integrantes por núcleo familiar incluido niños y niñas que en muchas ocasiones coinciden con ser personas víctimas de la violencia.

11) Así mismo, la Delegada para la Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en su misión de monitorear y analizar la dinámica del conflicto armado, ha advertido por medio de informes de riesgo y notas de seguimiento los factores de amenaza y vulnerabilidad que hacen probable la ocurrencia de conductas que atenían contra los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario en el departamento de la Guajira por la presencia y acción de los grupos armados ilegales. Los escenarios de riesgo para la población civil se focalizan en la Alta Guajira, en la frontera internacional con Venezuela en la Serranía del Perijá, en la carretera Troncal del Caribe y, en las estribaciones de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM). Los grupos armados ilegales generadores de las situaciones de riesgo en este departamento son: las guerrillas del ELN y las FARC y el grupo armado post desmovilización de las AUC autodenominado Autodefensas Gaitanistas de Colombia (ACG) o Urabeños. El accionar de estos grupos tiene el potencial de producir afectaciones a los derechos fundamentales de la población civil, especialmente, de las comunidades campesinas e indígenas, a través de homicidios selectivos, amenazas, extorsiones, reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, restricciones a la movilidad, desplazamientos forzados, atentados contra la infraestructura minero energética y ataques armados contra la Fuerza Pública con efectos indiscriminados.

12) Respecto de la problemática ambiental del departamento, la Defensoría Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente señala, que la situación de abastecimiento de agua es crítica ya que no se garantiza a la población el derecho humano al agua en condiciones de accesibilidad, disponibilidad y calidad, al igual que el saneamiento básico, lo cual demuestra que no han existido políticas claras y proyectos efectivos orientados a dar una solución estructural al tema del agua y del saneamiento básico, ampliando aún más, los índices de pobreza, las necesidades básicas insatisfechas y disminuyendo las posibilidades de desarrollo de las comunidades; del mismo modo, indica que este aspecto influye negativamente en la realización de otros derechos tales como el derecho a la seguridad y salubridad públicas, a la seguridad alimentaria, a la salud, a la vivienda, a la educación, al desarrollo y a la vida de niños y adultos mayores, sujetos de especial protección, de las comunidades étnicas y en general de toda la población. De igual forma, advierte que los sistemas de almacenamiento de agua y los arroyos que proveían a las comunidades se han venido secando, por tanto, la mayor parte de las comunidades rurales especialmente las étnicas en La Guajira no cuentan con acceso al agua para consumo humano, ni tampoco para realizar las actividades que constituyen su sustento básico, tales como la cría y pastoreo de ganado caprino y los cultivos de pancoger, por lo que urge implementar medidas de contingencia para la provisión de agua, como pozos profundos y rehabilitación de jagüeyes y reservorios existentes y así mismo para garantizar la seguridad alimentaria. La Delegada también llama la atención respecto a los proyectos minero-energéticos y la explotación del subsuelo del departamento en donde existen yacimientos importantes de hidrocarburos v minerales como el carbón, los cuales han impactado la dinámica social y ambiental de la región.

13) La Defensoría Delegada para la Dirección del Seguimiento. Evaluación y Monitoreo de las Políticas Públicas para la Realización de los Derechos Humanos, identificó distintas barreras de orden estructural, regional e individual que impiden la inclusión del departamento en la dinámica económica y social de la Nación, se destaca que sólo el 36% de las viviendas del departamento cuentan con servicio de energía, acueducto y alcantarillado; el 53% de la población de la Guajira está bajo el S1SBEN; y la tasa de analfabetismo es del 31.7% del total de la población. Ante esta realidad, la Delegada formula precisas recomendaciones de política pública tanto en lo que hace al sistema general de participaciones como al sistema general de regalías, la Guajira y Riohacha presentan los datos más altos de mortalidad por deficiencias y anemias nutricionales en menores de 5 años entre 2010 y 2013: 132 y 62 casos, respectivamente. Igualmente subraya que la mortalidad infantil y la desnutrición en la Guajira afectan especialmente a la población Wayúu. frente a quienes no existe una caracterización real de sus necesidades en materia alimentaria.

14) De otra parte, la Delegada para la Política Criminal y Penitenciaria desarrolla la problemática del sistema carcelario del Departamento de la Guajira, donde analiza las condiciones de reclusión de las personas privadas de la libertad en el único establecimiento con que cuenta la región. Como punto de partida hace mención al índice de hacinamiento (460%), lo cual lo convierte en el establecimiento con la mayor sobreocupación del país, y reduce el espacio de cada interno a dimensiones que desdibujan cualquier estándar internacional que propugna por una reclusión en condiciones de dignidad y humanidad. Es de anotar que la mayoría de reclusos (86%) son sindicados, lo que es indicativo de la constante vulneración del uso racional de la detención preventiva e impide la separación entre condenados y procesados.

CONSIDERANDO:

Primero. COMPETENCIA DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

1. El Artículo 282 de la Constitución Política de Colombia establece que el Defensor del Pueblo velará por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.

2. El Artículo 284 de la Constitución Política de Colombia determina que el Defensor del Pueblo podrá requerir a las autoridades las informaciones necesarias para el ejercicio de sus funciones, sin que pueda oponérseles reserva alguna.

3. En virtud de la Ley 24 de 1992 y el Decreto 025 de 2014. el Defensor del Pueblo está facultado para, entre otras:

- Hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violación a los Derechos humanos y para velar por su promoción y ejercicio.

- Hacer públicas tales recomendaciones e informar al Congreso sobre la respuesta recibida.

- Realizar diagnósticos de alcance general sobre situaciones económicas, sociales, culturales, jurídicas v políticas, en las cuales se puedan encontrar las personas frente al Estado.

- Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución Nacional, de la Lev, del interés general y de los particulares, ante cualquier jurisdicción, servidor público o autoridad.

- Velar por los derechos de las minorías étnicas.

- Rendir informes periódicos a la opinión pública sobre el resultado de sus investigaciones, denunciando públicamente el desconocimiento de los Derechos humanos.

Segundo. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA Y CONTEXTO

La península de la Guajira situada al norte de Colombia colinda con los siguientes países: Por el norte con las Antillas Neerlandesas (Aruba y Curazao), por el oriente con la República de Venezuela, por el occidente mar caribe en medio con Panamá. Igualmente colinda con los departamentos del Cesar y Magdalena.

La Guajira tiene una extensión de 20.848 km2, está localizada 220 km al nordeste de Barranquilla. La Sierra Nevada de Santa Marta aísla el territorio guajiro del resto del país, origina una vertiente propia (el Golfo de Venezuela) y determina la sectorización natural y cultural de la península en tres subregiones: La Alta Guajira, llana y desértica; la Baja Guajira, en el flanco y piedemonte oriental de la Sierra Nevada de Santa Marta y la Media Guajira, entre los ríos Palomino, al occidente, en la frontera con el departamento del Magdalena y el Jerez al oriente. (Gobernación del departamento de La Guajira. 2012)

Su población se concentra en las ciudades de Riohacha su capital. Manaure. Maicao y Uribía. La población es diversa culturalmente, la etnia indígena con mayor presencia en el territorio es la wayuu. Igualmente están presentes comunidades afro descendientes.

Generalidades del departamento de La Guajira

EXTENSIÓN20.848 km2
MUNICIPIOS15 (Albania. Dibulla. Maicao. Manaure. Riohacha.
Uribia. Barrancas. Distracción. 1.1 Molino, l-Fonseca. hatonuevo. La jagua del pilar. San juan del cesar. Urumita. Villanueva.)
CORREGIMIENTOS44
INSPECCIONES DE POLICÍA69
POBLACIÓN TOTAL PROYECTADA 2013902.367
% DE POBLACIÓN CABECERA54.6%
PUEBLOS INDÍGENASArhuaco. Kogui. Wayuu. Arzarios y Wiwa

Si se mantienen las tendencias intercensales, el 46% de la población será de origen indígena. 8.2% afrocolombianos 51 y la población sin pertenencia étnica representará el orden del 44.8%52. Esto significa que la población indígena (conformada por miembros de los pueblos wayuu. ijka, wiwa y kággaba) se consolidará como mayoría en el departamento 53, todas con una fuerte tradición cultural y una visión propia del bienestar (Plan de desarrollo departamental 2012 - 2015).

De acuerdo con la Cámara de Comercio de La Guajira (2014), el departamento en 2012 tuvo un crecimiento de 10%. impulsado principalmente por la explotación de minas y canteras y por el sector de construcción (que representan el 55% y 7% del total del producto departamental bruto, respectivamente). De la explotación de minas y canteras, más del 90% se debe a la extracción de carbón, carbón lignítico y turba, actividad que tiene un crecimiento de 5.4%, valor menor que el registrado en 2011 (6.8%). Desde la década del 90. el departamento de La Guajira ha sido el mayor productor de carbón, pero el crecimiento de la producción en el Cesar y su caída en La Guajira en el 2012, llevaron al Cesar a ocupar el primer puesto como productor.

En este contexto, en 2012 la tasa de desempleo en La Guajira se ubicó en 8.5% (por debajo de la tasa nacional que alcanzó el 9.6%). El subempleo subjetivo se ubicó 33,7%. En este mismo periodo, la tasa de desempleo en Riohacha estuvo por encima del promedio nacional ubicándose en el 12,7%, lo que implicó ser la novena ciudad con mayor desempleo en el país, esto explica el aumento para este año en la cantidad de desocupados de 26,9% (2 mil personas más) frente al incremento de personas que hacen parte de la oferta laboral que fue de 5.6% (4 mil personas más). Contrario al panorama de 2012. Riohacha cerró el 2013 con una tasa de desempleo de 10.3%, siendo la más baja de la tasa registrada en las 24 ciudades e incluso de las 13 áreas metropolitanas analizadas por la Gran Encuesta Integrada de Hogares.

Sin embargo, en términos de inflación, contrario a lo sucedido a nivel nacional, Riohacha tuvo un aumento en el índice de precios al consumidor en 2013, pues pasó de tener una de las inflaciones más bajas del país en 2012 (2,1%) al registrar la más alta en 2013 al alcanzar una variación del IPC de 3,7%.

De acuerdo con el PNUD (2011) el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas, NBI. muestra que el 48,3% de la población de La Guajira carecía de alguna de ellas (vivienda, servicios públicos, educación, hacinamiento y dependencia económica). Este indicador ha empeorado desde 2005, cuando el NBI alcanzaba el 37.4%. En cuanto al índice de Condiciones de Vida -ICV-, según datos del Departamento Nacional de Planeación (DNP) a través de los sistemas de indicadores sociales departamentales en 2005. el departamento de La Guajira, presentó un ICV de 69,8 por debajo del promedio nacional, el cual era de 78.8. Vale mencionar que el ICV incluye variables en materia de educación, situación socioeconómica de las familias, vivienda y agua potable y saneamiento básico.

Las precarias condiciones de vida de los habitantes de La Guajira se sustentan además en las bajas coberturas en servicios públicos. En efecto, de acuerdo con la información disponible, únicamente el 36% de las viviendas del departamento cuenta con servicios de energía, acueducto y alcantarillado (Cámara de Comercio de La Guajira, 2014).

Según los datos provistos por la Secretaría de Planeación Departamental, el 53% de la población de La Guajira tiene SISBEN (432.382 personas) de las cuales el 69% son del nivel 1 y el 25% del nivel 2. En relación con la población total, las personas SISBEN 1 representan el 37% y las de SISBEN 2 el 13%. Es importante destacar que la mayor parte de la población SISBEN 1 y 2 está concentrada en los centros urbanos, en especial en Maicao, Riohacha, San Juan del Cesar. Villanueva, Uribia y Fonseca, en su orden. La Red Unidos, dirigida a las personas en el quintil más bajo del nivel uno del SISBEN y a la población en situación de desplazamiento, tiene presencia en La Guajira. A junio de 2011 se identificaron 24.477 familias potenciales de las cuales el 21,4% son desplazadas (PNUD. 2011).

Los indicadores del sector educativo de La Guajira no muestran buenos resultados. Por ejemplo, la tasa de analfabetismo alcanza el 31,7% de la población (Cámara de Comercio de La Guajira. 2014). De otra parte, el 90% de los planteles educativos se ubican en los niveles de bajo desempeño (bajo, inferior y muy inferior) en las pruebas de Estado. Adicionalmente, se presenta una tasa de reprobación para el 2006 del 6.4% de los estudiantes y una tasa de deserción del 5.7%. La Guajira es el departamento de la Región Caribe con menor nivel de años de educación: sólo 6.2 años en promedio, muy por debajo del promedio nacional de 9 años (PNUD, 2011).

De acuerdo con el DANE en el 2013. el porcentaje de personas en situación de pobreza para el departamento de La Guajira fue 55.8%. mientras que en 2012 fue 58.4% (presentó una disminución de 2,6 puntos porcentuales). Para este mismo año (2013), el porcentaje de personas en situación de pobreza extrema fue 25,7%, mientras que en el 2012 fue de 27,7% (presentó una disminución de 2,0 puntos porcentuales). Vale anotar que para el total nacional en el año 2013 el nivel de pobreza fue de 30,6% y el de pobreza extrema de 9.1 %.

Para el 2013, la brecha o intensidad de la pobreza en el departamento de La Guajira se situó en 26,4 %. A nivel nacional este indicador fue de 11,8%. Por su parte, la severidad de la pobreza alcanzó en el departamento un nivel de 16,1%. A nivel nacional la severidad en la pobreza para el 2013 fue de 6.4%. Para el caso de la pobreza extrema, la brecha o intensidad se situó en el 10.8% (frente al 3,3% del país) y la severidad de la pobreza extrema alcanzó el 6,0% en comparación con el 1,8% del nivel nacional.

En 2013, el Coeficiente de Gini de La Guajira registró un valor de 0.562. mientras que en 2012 fue de 0,556, es decir, aumentó en 0,006 puntos.

En La Guajira, los municipios del oriente del departamento, en particular Maicao. son importantes por sus límites con Venezuela, que los convierte en zona estratégica para todos los actores armados, que buscan obtener ventajas para captar recursos por medio de la extorsión, los secuestros, el contrabando y el tráfico de armas y estupefacientes.(1)

Derecho a la Salud

En relación con el Informe situación morbi - mortalidad departamento de la Guajira según la información de las muertes de estos menores de edad entregada por esta entidad al Instituto Nacional de Salud (INS) donde coinciden como presunta causa de fallecimiento ya sea inmediata o asociada la desnutrición, el INS estableció que existe un subregistro de la información reportada al Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública -SIVIGILA-. Siendo así, la problemática es aún mayor al no poder ser identificada de manera real. Destaca la Defensoría que, según datos de la misma entidad, sin contar el sub registro de muertes en población indígena, el 48.1%. a la semana 27 del 2014, de las muertes de niños por Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) a nivel nacional corresponden a población indígena, lo que contribuye a establecer la grave situación de vulneración de derechos de esta población.

Derechos de la Infancia, Juventud y las Personas mayores:

Según el DANE en el 2011. los municipios de Uribia, Maicao. Manaure y la Jagua del Pilar, son los que presentan mayores porcentajes de necesidades básicas insatisfechas. Por lo tanto, se observa una concentración de pobreza en la zona norte y es allí, donde existe la mayor concentración de la población indígena, ubicándose en zona fronteriza. Para el mismo año. las poblaciones de Uribia y Manaure manejaron mayores resultados de NBI en las zonas rurales, con indicadores de hacinamiento y falta de vivienda por encima del 50% y es donde tienen mayor dimensión poblacional y étnica. Mientras que en la zona urbana estos mismos indicadores las variables están entre 20 y 25% de necesidades. De otro lado, al revisar la pirámide poblacional del departamento se puede analizar que la base de ésta, se conforma por el segmento poblacional de 0 a 5 años, encontrándose el mayor número de hombres que mujeres; de éste modo, se puede afirmar que en el departamento de La Guajira el 68% de la población está constituida por personas en el ciclo de vida en Primera infancia, infancia, adolescencia y juventud. Los problemas asociados a la desnutrición afectan principalmente a los niños y niñas de 0 a 5 años en condición de vulnerabilidad, población indígena, población en situación de desplazamiento interno población ubicada en zona rural y población afectada por los cambios climáticos.

La Guajira es uno de los departamentos que según la Encuesta Nacional de Salud y Situación Nutricional -ENSIN 2010- ha registrado los más altos índices de desnutrición Global (Peso para la edad), ocupando el primer lugar en Colombia con una prevalencia de 11.2. De igual manera, las infecciones respiratorias agudas en menores de 5 años son de 11.6% y las enfermedades diarreicas agudas en menores de 5 años son el 15.2%, sobre el total de la población en este rango de edad, por lo que en esta fecha registraba una tasa de mortalidad en menores de 5 años de 32 por mil.

El Instituto Nacional de Salud en su informe denominado "Mortalidad por y Asociada a Desnutrición en Menores de 5 años”, contempla la semana Epidemiológica 28. que va desde el I de Enero al 11 de Julio del presente año concluyendo: “Las Muertes en menores de un año representan el 53.3% del total de los registrados; la edad mediana al momento de la muerte es de nueve meses, la mediana de peso al nacer es de 2125 g y la talla es de 47 cm y la edad gestacional es de 38 semanas".

En el mismo informe se menciona como unas de las causas de la anterior problemática el desconocimiento de los Factores de riesgo; la poca asistencia por parte de los/las cuidadores/cuidadoras en asistir a actividades de desarrollo y la inadecuada práctica de lactancia materna y alimentación complementaria. Dentro de las prácticas culturales se presentan demora para tomar decisiones frente a la enfermedad de los niños y niñas, presencia de experiencias negativas en el servicio de salud, asistencia médica tradicional sin respuesta oportuna del sector salud para atender los casos de desnutrición.

El estudio de Micro focalización realizado por el ICBF y la Secretaría de Planeación de Riohacha. el cual fue solicitado por la Defensoría del Pueblo en la primera Red de Controladores en el mes de abril, se desarrolló en 147 comunidades del municipio, encontrándose 2.223 niños y niñas menores de 5 años, dentro de los cuales 2.065 no cuentan con ninguna atención del Estado y solo 158 se ubican en programas de primera infancia por parte del ICBF. Adicionalmente 525 niños y niñas se identificaron con problemas de desnutrición para intervención inmediata, y 253 madres gestantes y lactantes que requerían ser atendidas en salud y en nutrición.

Derechos de los Indígenas y las minorías étnicas

Características territoriales

La región que habitan los Wayúu se caracteriza por ser una región de clima cálido, seco e inhóspito, bañada por los ríos Ranchería (Colombia) y El Limón (Venezuela). Presenta unas estaciones climáticas marcadas por una primera temporada de lluvias, denominada Juyapu. que se desarrolla de septiembre a diciembre, seguida de una época de sequía, denominada Jemial. que va de diciembre a abril. Consecutivamente, aparece la segunda temporada de lluvias, llamada Iwa, seguida de una larga temporada de sequía que va desde mayo hasta septiembre.

La distribución demográfica de este Departamento, está intrínsecamente relacionada con los cambios estacionales; durante la estación seca, muchos Wayúu buscan trabajo en territorio venezolano o en otras ciudades o pueblos y en la temporada de retornan a sus rancherías.

La dinámica de poblamiento de este grupo étnico es matrilocal y se caracteriza por asentamientos basados en la ranchería o Pichipala. Las rancherías están formadas por varios ranchos habitados por familias extensas. Este sistema alberga unidades familiares de parientes uterinos, conformando un grupo de residencia definido por un corral colectivo, huertas, un cementerio, algunas tienen un molino para bombear agua o jagüeyes (pozos artificiales) y casimbas (presas en los lechos de los ríos) para almacenar el agua.

Del mismo modo, la territorialidad se define por la proximidad a un recurso natural determinado, tal como una ciénaga, una salina o un yacimiento de talco o de yeso, entre otros.

La pesca artesanal y el pastoreo constituyen dos sectores tradicionales de la economía. Dadas las condiciones de sus tierras, los Wayúu desarrollan una economía mixta, basada en la cría y pastoreo de ganado caprino y vacuno (caballar) combinada con una horticultura especializada de maíz, fríjol, yuca, auyama, pepinos, melones y patilla, y actividades como la caza. Además de ser parte de la base alimenticia y objeto de intercambio, el ganado -especialmente los chivos - tiene un significado cultural que lo erige en símbolo de poder, estatus y prestigio.

Las familias indígenas ubicadas en la costa occidental quienes dependen mayoritariamente de la pesca, conservan celosamente sus derechos a ésta. Cada huerta es propiedad de un hombre y éste asigna a sus hijos el derecho a utilizar secciones del terreno. Cada hombre cultiva su parcela asistido por su mujer.

La explotación de sal de Manaure se constituye en otra fuente de subsistencia, la cual se hace de manera mecanizada o artesanal en la que participan las comunidades indígenas Wuayúu.

La Economía Guajira históricamente se ha basado en el comercio informal con los países vecinos y en el trueque de la población indígena. Después de los años noventa ha sido afectada por el pleno control que hace el Estado para eliminar el contrabando; el equilibrio del trueque de la población Wayúu se afectó por la intervención estatal en las Salinas de Manaure. debido a que no se diseñaron políticas coetáneas para la implementación de oportunidades de trabajo de la mano de obra cesante.

El conflicto armado en el departamento de La Guajira

La presencia de los actores armados ilegales en esta región del país, inicialmente estuvo relacionada con la bonanza marimbera de la década de los setenta. Posteriormente, las Pare, con los frentes 41 "Cacique Upar'". 19 y 59 "Resistencia Wayúu” y el ELN. con los frentes "Luciano Ariza” y "Gustavo Palmesano", comienzan a actuar en la zona para establecer un dominio territorial y un control social basado en las contribuciones económicas obligatorias, los homicidios selectivos, los secuestros y la intimidación. Para finales de los noventa, varios grupos de autodefensa, especialmente las autodefensas del Mamey, del bloque Norte de las AUC dirigidas por José María Barros, alias Chema Bala, comenzaron a disputarle a las guerrillas de las FARC y el ELN el control de la zona y obstaculizar el aprovisionamiento de insumos y armas.

Finalmente, las AUC lograron una notable influencia en la zona que llevó al repliegue de la guerrilla hacia la Sierra Nevada de Santa Marta y la serranía del Perijá.

A partir del año 2000. la violencia se intensificó debido a la confrontación por el dominio de la región, entre las estructuras del narcotráfico, la guerrilla, y las autodefensas.

El Informe de Riesgo No. 052/04 del 24 de junio de 2004 del Sistema de Alertas Tempranas SAT, de la Defensoría del Pueblo, había advertido sobre las acciones del bloque Norte de las AUC sobre los puertos de embarque y descargue de mercancías para garantizar el paso de contrabando, el ingreso de precursores para procesamiento de drogas, la salida de narcóticos, así como la entrada de armas y de combustibles.

En el proceso de controlar la región las AUC cometieron actos de violencia contra las comunidades Wayúu que tradicionalmente comerciaban en la zona; frente a sus amenazas, un grupo de indígenas de diferentes clanes organizaron un grupo de resistencia armada para hacerles frente. Se generaron así numerosas masacres, desapariciones, homicidios selectivos, desplazamientos forzados, enfrentamientos con la población Wayúu, destrucción de bienes civiles y de bienes indispensables para la supervivencia, ataques contra las familias Wayúu. particularmente contra las autoridades de las familias locales y sus parientes, que se opusieron al control de las autodefensas en varios municipios de la Alta Guajira y en la Serranía del Macuira.

Posterior al proceso de desmovilización de las autodefensas en 2006. la zona habitada por la comunidad Wayúu entró en una nueva etapa de vulnerabilidad, debido a la presencia de una banda criminal emergente identificada como "Comando Águilas Negras". Organización criminal que viene haciendo presencia y adelantando acciones violentas en las poblaciones Wayúu de Poropo, Perpana, La Esperanza, 'fres Bocas, Pusheo. La Loma, Kariwac, Jatete. Jepsut, Karimaya, Ariguna Kimana y el sector de Bahía Pórtete (Uribia). Se dice que este grupo está constituido por algunos hombres armados que hicieron parte del frente Contrainsurgencia Wayúu de las AUC y que no se desmovilizaron.

Por su parte. La Fuerza Pública hace presencia en la zona a través la Décima Brigada Blindada del Ejército Nacional adscrita a la I División, la cual fue instalada el 5 de marzo de 2005. en los departamentos de Cesar y La Guajira, con el objetivo de avanzar de manera significativa en la consolidación y presencia de la Fuerza Pública en zonas que estuvieron dominadas durante mucho tiempo por grupos armados irregulares.

En materia de desplazamiento forzado

Informe sobre las dinámicas del desplazamiento en el departamento de La Guajira

El departamento de La Guajira se encuentra ubicado al norte de Colombia en la región Caribe del país, el departamento se divide en tres subregiones. La Alta Guajira. La Media Guajira y La Baja Guajira. Por su condición de frontera con Venezuela, históricamente este departamento ha sido utilizado como corredor estratégico de movilidad y aprovisionamiento de armas, gasolina de contrabando e instintos para la elaboración de narcóticos por la guerrilla (trentes 19. 59. y 41. de las FARC y del ELN) y de autodefensas (fundación Arco Iris, 14 de abril de 2012).

En el departamento de la Guajira persiste flagelo del desplazamiento forzado, un sitio donde se observa flujo migratorio importante es el municipio de Maicao, especialmente en el corregimiento de Paraguachón que es el segundo puesto migratorio más importante en Colombia, después del puesto fronterizo de Cúcuta. El resto de pasos fronterizos es a través de la Serranía del Perijá. donde las comunidades fronterizas allí asentadas y que han presentado hechos y factores que los mantienen en riesgo tienden a desplazarse hacia los cascos urbanos más cercanos y no a traspasar la frontera. Las personas desplazadas que provienen de otros departamentos u otros municipios guajiros que se asientan por lo general en el municipio de Riohacha o Maicao.

Algunas personas en situación de desplazamiento, aún en riesgo o personas que se encuentran amenazadas, pasan la frontera pero lo hacen sin dejar constancia, ni hacer las denuncias respectivas del caso y al pasar la frontera en la República de Venezuela tampoco dejan registro alguno, especialmente es el caso de los indígenas wayúu que hasta hace aproximadamente dos años es que han estado denunciando y asesorándose sobre sus derechos y las rutas de acceso a estos como víctimas. El desplazamiento forzado en el pueblo Wayúu había sido invisibilizado, por un lado por ser un pueblo binacional y normalmente migran por épocas hacia Venezuela en donde tienen familiares, otros sus viviendas, en el vecino país ellos se atienden en salud y beneficios que reciben del gobierno venezolano y por otro lado las autoridades locales departamentales y municipales relacionaban los casos de desplazamientos de indígenas wayúu con estas migraciones normales hacia Venezuela.

Otro factor que contribuye a la agudización de la crisis humanitaria en este departamento es el de la situación de cruce de frontera de colombianos que están regresando desde Venezuela por la situación económica que ha desmejorado su calidad de vida de acuerdo a lo que refieren. También están llegando venezolanos que vienen al país con la expectativa de generar ingresos en pesos y al cambio al bolívar aumenta la cantidad de lo producido; así como en épocas anteriores, en que los colombianos cruzaban la frontera hacia Venezuela con la expectativa de encontrar mejor calidad de vida.

Sobre este factor. Migración Colombia ha realizado jornadas de deportación de personas venezolanas que fueron detectadas en junio, los que estuvieron cruzando irregularmente, diariamente la frontera instalándose en el centro de Maicao con ventas de víveres que traen desde el país vecino para comercializar, estas las realizaron como medidas de control del espacio público. De acuerdo con datos de esta Entidad, con corte a 30 de junio, se tiene:

- Venezolanos Deportados: 920. 17 en jornadas de control del espacio público

- Salida de Extranjeros por la frontera de Paraguachón - Guajira: 23.400

- Salidas de Colombianos: 13.00

- Colombianos entrando: 113.00

Dinámicas del desplazamiento

Las cifras presentadas por la UARIV sobre hechos victimizantes, ubican al departamento de La Guajira como el dieciochoavo departamento del país en el que su población ha sufrido algún hecho victimizante, de acuerdo con los preceptos normativos establecidos en la Ley 1448 del 2011. tal como lo indica el cuadro No 1.

Cuadro No. 1

Cifras por departamentos: I lechos Victimizantes

DEPARTAMENTOPERSONAS
Antioquia1.343.113
Bolívar500.963
Magdalena406.388
Nariño350.185
Cesar339.442
Valle Del Cauca339.222
Choco324.224
Cauca306.650
Córdoba286.997
Caquetá281.829
Tolima262.221
Putumayo218.900
Sucre216.427
Norte De Santander216.238
Meta213.735
Santander158.426
Huila123.845
La Guajira122.678
Arauca113.142
Caldas105.494
Cundinamarca99.133
Guaviare75.743
Casanare50.712
Risaralda49.919
Boyacá31.702
Atlántico20.997
Vichada19.500
Bogotá, D.C.19.406
Quindío15.498
Vaupés6.440
Guainía6.042
Amazonas1.937
San Andrés, Providencia y Santa Catalina74
No definido259.170

Muchos de los casos de masacres, homicidios, amenazas, despojos que causaron desplazamientos forzados en familias wayúu no fueron incluidos en las solicitudes de inscripción en el registro ya que estaban traspasando las fronteras y se acudía a los recursos de ley. ya que los indígenas se fueron hacía Venezuela y años después regresaron a presentar sus declaraciones, a la antigua Acción Social.

En materia de Riesgos de violaciones de derechos humanos y DIH

En lo que concierne a La Guajira y teniendo en cuenta los últimos hechos ocurridos se pueden identificar cuatro zonas geográficas en las que se han configurado, o podrían configurarse, escenarios de riesgo para la población local, a saber: (a) Alta Guajira, específicamente los corregimientos ubicados al norte de la península de La Guajira sobre el litoral nororiental, (b) el entorno de la frontera internacional con Venezuela ubicada sobre la Serranía del Perijá. (c) la carretera Troncal del Caribe, especialmente los corregimientos de Dibulla y de Riohacha situados en el hinterland de esta importante vía. y (d) la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM). específicamente los corregimientos, poblados, caseríos y veredas de la franja de asentamientos de comunidades afrodescendientes y del corredor minero y agropecuario del sur de Riohacha y sectores colindantes ubicados en Barrancas y Fonseca.

Para cada una de las zonas geográficas identificadas se focalizan con ciertos detalles los sitios y lugares que revisten una mayor complejidad, se mencionan las advertencias que ha emitido el Sistema de Alertas Tempranas (SAT ) durante los últimos años para el departamento de La Guajira, se señalan los grupos armados ilegales fuentes del riesgo y se mencionan sus principales intereses para mantenerse en los territorios y. finalmente, se esboza un análisis panorámico de los escenarios de riesgo.

Escenarios de riesgo para el departamento de La Guajira

La Alta Guajira

El municipio de Uribia. por ser una zona de frontera que cuenta con excepcionales condiciones topográficas, geográficas y poblacionales entre las que, a manera de ejemplo, se pueden mencionar, la red de trochas y caminos que se difuminan a través de extensas llanuras áridas, un sistema de serranías aisladas que funge como refugio seguro, una multiplicidad de puertos naturales de gran calado en los que se advierte un dinámico flujo y circulación de mercancías de todo tipo y una población Wayúu que reivindica su autonomía, la Alta Guajira ha sido un escenario privilegiado para el desarrollo y expansión de las actividades ilegales que van desde el contrabando de distintas mercancías (whisky, cigarrillos, electrodomésticos, etcétera), pasando por la llamada "bonanza marimbera”, siguiendo con el activo tráfico de armas y municiones, continuando con la introducción de Venezuela de vehículos robados, hasta llegar a la boyante economía ilegal del narcotráfico.

Entre la variedad de grupos, estructuras y dispositivos armados, criminales y delincuenciales que actúan en la Alta Guajira, el que se constituye en el principal generador de riesgo son las autodenominadas Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC)/”Los Urabeños”.

Entre las principales actividades realizadas actualmente en la región por los grupos armados ilegales pos desmovilización, los cuales cuentan con una extensa red de inteligencia que fácilmente les permite conocer los movimientos de quienes entran y salen del territorio, se pueden mencionar, como las más importantes, las siguientes: (a) brindar protección y seguridad a los cargamentos de cocaína que van a ser despachados a los mercados internacionales a través de los puertos naturales o de pistas clandestinas, (b) en la perspectiva de ejercer un control territorial en los corredores de movilidad realización de cobros de exacciones económicas a contrabandistas, comerciantes y transportadores de la región, (c) acciones de pillaje traducida en atracos y robos, (d) participación en secuestros escenificados en el vecino país, (e) participación en el tráfico de armas que son introducidas al país desde Venezuela y los países del Caribe.

Las conductas violentas a las que están expuestos los pobladores, particularmente, las comunidades indígenas Wayuú por el accionar de los grupos ilegales son: el secuestro, el homicidio, el desplazamiento forzado, las amenazas, las retenciones ilegales, el pillaje, los malos tratos y el cobro de extorsiones.

Serranía del Perijá

El ámbito geográfico en el que se presenta un incremento de la presencia y accionar de la guerrilla, especialmente de las FARC-EP pero también del ELN, está constituido, en lo fundamental, por los corregimientos, centros poblados, caseríos y veredas ubicados sobre la Serranía del Perijá en el entorno de la frontera colombo-venezolana, en los municipios que precisamente poseen áreas territoriales colindantes con el vecino país, los cuales, relacionados de norte a sur, son los siguientes: Maicao, Albania, hatonuevo, Barrancas, Fonseca. San Juan del Cesar, El Molino, Villanueva, Urumitay La Jaguadel Pilar.

Por varias razones el ámbito geográfico de la Serranía del Perijá antes delimitado posee para la guerrilla una enorme significación estratégica. En primer lugar, cabe recordar que éste constituyó un bastión histórico de la insurgencia que le posibilitó, a principios de la década de los noventa del siglo pasado, expandir y consolidar su presencia en La Guajira. En segundo lugar, y en buena medida debido a la inexistencia de institucionalidad pública, tras casi dos décadas de presencia, logró construir una base social nada despreciable.

En tercer lugar, a través de corredores de movilidad situados, sobre todo, en los municipios de Villanueva, San Juan del Cesar, Fonseca, Barrancas, Albania y Maicao. con relativa facilidad la guerrilla puede acceder a la Sierra Nevada de Santa Marta, macizo montañoso desde donde también pueden desplegar algunas acciones sobre otros puntos geoestratégicos del departamento.

En cuarto lugar, la topografía bastante quebrada y aislada, brinda facilidades para el despliegue de acciones subversivas. Y. finalmente, en quinto lugar, es claro que el control del entorno de la frontera colombo-venezolana les permite, como ha sido el común denominador, ubicar sus zonas de retaguardia y de avituallamiento.

En los últimos meses en los municipios donde se ha registrado una mayor actividad de la guerrilla incluso en donde han tenido lugar algunos casos de desplazamiento forzado, son Urumita, El Molino, San Juan del Cesar. Fonseca. Barrancas y Maicao.

En lo que respecta a la parte sur de la Serranía del Perijá. en jurisdicción de Villanueva se ubican algunos lugares a través de los cuales las FARC-EP y el ELN cruzan la frontera internacional con Venezuela para desplegarse con relativa facilidad a diferentes lugares de la Serranía del Perijá situados no sólo en este municipio sino en El Molino, Urumita y La Jagua del Pilar.

Desde principios de 2014 se ha advertido un aumento de la presencia y accionar de las estructuras de las FARC en la Serranía del Perijá. particularmente en los municipios de El Molino. Villanueva y Urumita, en donde cada vez con mayor frecuencia fuentes comunitarias informan haber visto pequeñas estructuras guerrilleras en tránsito por sus veredas. Si bien en la mayoría de los casos los guerrilleros visten de civil y portan armas cortas, en algunas ocasiones han sido vistos portando prendas de uso restringido y exhibiendo armas largas.

Las acciones de las guerrillas de las FARC y el ELN pueden generar atentados contra la vida e integridad de la población civil, restricciones a la libertad de circulación, accidentes por minas antipersonal y artefactos explosivos improvisados, atentados contra la infraestructura minero - energética, hostigamientos armados contra la Fuerza Pública, enfrentamientos armados con interposición de población civil, cobros de extorsiones y reclutamiento de niños, niñas y adolescentes y, desplazamientos forzados

Entorno de la carretera Troncal del Caribe

Los grupos armados ilegales post desmovilización de las AUC que actúan en Dibulla, principalmente las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) o "Los Urabeños" han logrado configurar una red de informantes que mantienen una vigilancia estrecha sobre los pobladores locales, lo que produce una situación de temor en la comunidad.

Las comunidades no han logrado comprender la manera como los grupos armados ilegales se están moviendo en sus respectivas veredas, barrios y corregimientos ni los intereses que tienen en cuanto a su pretensión de controlar ciertos territorios que en principio no estarían asociados a la cadena del narcotráfico.

Los grupos armados ilegales pos-desmovilización de las AUC están desplegando en el municipio estrategias de reclutamiento y uso ilícito dirigidas fundamentalmente a adolescentes y a jóvenes a quienes les están haciendo tentadoras ofertas económicas a aquellos que aceptan involucrarse y colaborar.

Los pobladores han manifestado que a los adolescentes y jóvenes les están pagando sumas mensuales que oscilan alrededor de los 640 mil pesos para que sirvan de informantes sin tener que trasladarse del pueblo y sin siquiera dejar de hacer las actividades que cotidianamente realizan. En esa dirección el abanico de posibilidades que les brindan a los jóvenes ciertamente es muy variado y va desde ubicarlos como informantes en el mismo pueblo o en pueblos vecinos o trasladarlos para otros municipios asignándoles tareas específicas asociadas al recaudo de extorsiones o engancharlos directamente con destino a las redes de coerción urbanas o a las mismas estructuras armadas que esporádicamente se movilizan en áreas rurales.

A través de las redes de coerción, los grupos armados ilegales post desmovilización de las AUC están imponiendo pautas de comportamiento social que apelando a la combinación de la seducción y la violencia procura construir lealtades y configurar bases sociales subordinadas y funcionales a sus intereses económicos.

Entre estos mecanismos se pueden relacionar, como los más significativos: (a) la recurrente circulación de panfletos en los que se advierte sobre la inminencia de acciones de la mal llamada “limpieza social"; (b) el cobro de extorsiones y “vacunas" a comerciantes, finqueros, contrabandistas de combustible e incluso a iglesias evangélicas, etcétera, las cuales además de generarles rentas importantes sirven sobre todo para disuadir a la población local sobre el poder que ostentan en la región y (c) la estrecha vigilancia que mantienen las redes de inteligencia y coerción se expresa en algunas limitaciones a la libre circulación de la población, lo que se traduce, por ejemplo, en que los mototaxistas tienen restringidos algunos sectores a los cuales no pueden trasladar a nadie, mucho menos si son forasteros o desconocidos y en que la población evita a toda costa traspasar la frontera invisible que separa los territorios de influencia de cada uno de los grupos armados ilegales en disputa.

De igual modo, se podría presentar acciones de los grupos armados ilegales y de despojadores o testaferros, para obstaculizar los procesos de restitución de tierras que se desarrollen en Dibulla y en la carretera Troncal del Caribe, que hacen factible que ocurran amenazas de muerte contra los líderes sociales y reclamantes de tierras.

Subregión de la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM)

Las FARC-EP ha implementado la siguiente estrategia: En primer lugar, busca establecer una presencia mucho más estable y permanente de subversivos en algunos lugares de la Serranía del Perijá. En segundo lugar, con el apoyo de las unidades guerrilleras ubicadas en el entorno de la frontera internacional, incursionar en la SNSM desde donde podrían dispersarse y extender aún más su presencia, para reconstruir los corredores de movilidad que anteriormente unían la Serranía del Perijá con la SNSM como los que posibilitan el tránsito por varios municipios de los departamentos del Magdalena y el Cesar.

En ese contexto, para las FARC-EP. su presencia en la zona rural del sur de Riohacha. ubicada en la vertiente oriental de la SNSM. es clave habida cuenta que aquí se da un entrecruce de varios corredores de movilidad que permiten a los guerrilleros acceder tanto a la vertiente suroriental como a la vertiente norte del macizo serrano y de esta manera traspasar las fronteras de La Guajira para adentrarse en los departamentos colindantes.

En lo que concierne a la SNSM el escenario de riesgo se ubica geográficamente en la zona rural de Riohacha en los entornos tanto de la franja de asentamientos de comunidades afrodescendientes como del corredor minero y agropecuario, extendiéndose hacia zonas vecinas situadas en los municipios de Barrancas. Fonseca e incluso Dibulla.

Este escenario de riesgo se ha configurado a partir de la presencia de guerrilleros pertenecientes a las FARC-EP. Entre el 19 y 20 de junio de 2014 algunos pobladores refirieron haber observado en los entornos de Las Casitas y El Treinta, sur de Riohacha. el movimiento y tránsito de un grupo de hombres que vestían prendas de uso restringido de las Fuerzas Militares y portaban armas largas. Según la información este grupo se subdividió a su vez en varios subgrupos que se desplegaron estratégicamente por toda el área no sólo en Riohacha sino también en los municipios vecinos con los cuales hay comunicación.

El escenario para la subregión de la Sierra Nevada de Santa Marta, lo constituye la posibilidad de que se presenten intimidaciones, amenazas y señalamientos contra la población civil, enfrentamientos armados con la Fuerza Pública en medio de la población, accidentes por minas antipersonal, ataques armados contra la Fuerza Pública con efectos indiscriminados que afecten a las personas y bienes civiles, desplazamientos forzados, restricciones a la movilidad y el cobro de extorsiones.

Conductas que vulneran los derechos humanos en el departamento de La Guajira

Homicidios.

En el año 2013, según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias f orenses, en la Guajira se presentaron 174 homicidios y a octubre de 2014 se registraron 125. según datos de la Policía

Nacional. De estos, 76 víctimas fueron catalogadas como homicidios en el marco de acciones sicariales. En la totalidad de las muertes violentas, se desconoce el presunto responsable.

Tabla 1: Número de Homicidios por municipio, departamento de la Guajira 2013 - 2014.

MunicipioNúmero de homicidios 2013(2)Numero de homicidios a octubre de 2014(3)
Maicao7433
Riohacha4947
Dibulla163
Distracción02
Uribia05
San juan del cesar83
Barrancas8
Fonseca56
Hato nuevo42
Manaure36
Albina36
Villanueva28
Urumita11
El molino122
La jagua del pilar01
Total174125

Amenazas

Las amenazas, al contrario de los homicidios continúan siendo una afectación que tiende a incrementarse, se relaciona en gran parte con el problema de la extorsión, que tiene un impacto particular en áreas urbanas, como en la ciudad de Riohacha donde desde el 2008 se ha duplicado el número de víctimas que denuncian estos hechos.

Tabla 2: Número de Amenazas por municipio, departamento de la Guajira 2008 – 2013.

Fuente. Fiscalía General de la Nación SPOA.

Municipio200820092010201120122013Total
general
Riohacha1221751421901872151031
Maicao284250509285347
San juan del cesar71211227982213
Fonseca135233939119
Barrancas28434202795
Dibulla7161611131780
Villanueva1614831859
Uribia275712841
Hatonuevo12671733
Manaure233310627
Distracción39131026
Urumita1533223
Albania15543422
El molino265215
La Jagua del pilar1113
Total general1713192693694745322134

Extorsión

Al 2013 se registraron los siguientes hechos según la Fiscalía General de la Nación:

Tabla 3: Número de Extorsiones por municipio, departamento de La Guajira según Fiscalía General de la Nación. SPOA.

Municipio200820092010201120122013Total general
Riohacha719204265115268
Maicao26692354100
Barrancas246517
Fonseca2233515
San juan del cesar448218
Villanueva31228
Uribia1123
El molino 1214
Manaure 1719
Hatonuevo1 12
Urumita  33
Albania12 3
Dibulla111 3
Total general13
38
31
67
118
186
453

Victimas por Minas Antipersonal

Según la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal(4), en 2013 se registraron 4 casos de víctimas con MAP, todos de ellos en el municipio de Urumita. Para el 2014 la misma fuente no reporta casos de víctimas.

En síntesis

Si bien se observa una disminución en algunos indicadores de hechos de violencia de alto impacto, la presencia de grupos armados en distintas regiones de La Guajira hace que las amenazas, las extorsiones y el desplazamiento forzado, aún registren niveles considerables de afectación a la población civil.

Tabla 6 Victimas por tipo de hecho victimizante. departamento de La Guajira 2013 – 2014

Hechos20132014
Acto terrorista/Atentados/Combates/ Hostigamientos6524
Amenaza231244
Delitos contra la libertad y la integridad sexual42
Desplazamiento2159393
Minas antipersonal/Munición sin explotar/Artefacto explosivo10

Fuente: Registro Único de Víctimas. Unidad para la Atención y reparación Integral a la Victimas. Información actualizada a 1 de noviembre de 2014.

Derechos colectivos y del ambiente:

La población de La Guajira, según las proyecciones del DANE para el año 2014, es de 930.165 personas: cabecera 509.633. rural 420.532, que corresponden al 1.95% del total nacional. Actualmente el municipio con mayor población rural, en relación con el total de habitantes, es Uribia. con el 92.9%. seguido de Dibulla (83.7%); en contraste, el de menor población rural es Riohacha con un 15,2%. seguido de La Jagua del Pilar en donde el 24.60% de la población vive en la zona rural. El índice de Necesidades Básicas Insatisfechas -NBI- (l)ANE 2005) total de la Guajira corresponde a 65.2%. en las cabeceras municipales es de 40,5% y en la zona rural de 91,9%. De los 20.848 kilómetros cuadrados que tiene en extensión el departamento de La Guajira, un 41% de este es clasificado como matorral desértico subtropical, cuya zona está ubicada en el municipio de Uribia. En cambio, solo un 1% del departamento es bosque húmedo tropical. Esto es debido a las características geográficas y climatológicas del departamento, que lo convierten además, en el departamento más seco del país.

Si bien el departamento es desértico y el déficit de agua en la región ha sido una constante, en los últimos años se ha incrementado y está afectando la supervivencia de las comunidades, especialmente las rurales. Por otra parte, en el subsuelo del departamento existen yacimientos importantes de hidrocarburos y minerales como el carbón, los cuales se están explotando desde hace varios años y han impactado la dinámica social y ambiental de la región. Sumado al abandono estatal, lo anterior contribuye a la amenaza y vulneración de los derechos de las distintas comunidades y confluye en la crítica situación que en la actualidad afronta el departamento y en la inconformidad y desesperanza que manifiestan las comunidades.

Problemática relacionada con el derecho humano al agua

Si bien la situación de abastecimiento de agua desde años atrás ha sido bastante compleja, no se han implementado políticas y proyectos efectivos encaminados a dar una solución estructural al lema del agua en La Guajira, en la actualidad el departamento atraviesa por una situación crítica derivada de la escasez de agua, ya que el recurso hídrico de las fuentes superficiales ha disminuido al igual que los niveles de pluviosidad. es así como, la comunidad no cuenta con fuentes de agua y la calidad de las mismas se ha deteriorado.

La mayor parte de las comunidades étnicas en la Guajira no cuentan con acceso al agua para consumo humano, ni tampoco para realizar las actividades que constituyen su sustento básico, tales como la cría y pastoreo de ganado caprino y los cultivos de pancoger (maíz, fríjol, yuca, ahuyama, entre otros), lo anterior amplía, aún más, los índices de pobreza, necesidades básicas insatisfechas, genera desequilibrio social, afecta la calidad de vida de las comunidades y su posibilidad de crecimiento y desarrollo.

Respecto a la vulnerabilidad, el Estudio Nacional del Agua 2010 del IDEAM, señaló que los municipios El Molino. hatonuevo. Urumita y Villanueva presentan un índice de vulnerabilidad hídrica por desabastecimiento -IVH- Alto y para Maicao de Muy Alto. Riohacha, Barrancas, Dibulla. Distracción, Fonseca y San Juan del Cesar se encuentran en categoría del IVH en medio. Sin embargo, la Defensoría considera fundamental que se lleve a cabo un monitoreo constante y se tengan en cuenta la situación actual de los quince municipios del departamento, ya que en el Estudio de 2010 no se encuentran municipios como Uribia. el cual, en la actualidad está afrontando una grave problemática por la falta del recurso hídrico.

En el mismo sentido, causa gran preocupación a la Defensoría que las fuentes de abastecimiento que, en alguna época, tuvo la comunidad, como los reservorios o jagüeyes (depósitos de agua lluvia para suplir las carencias en la infraestructura de servicios públicos) y los arroyos se estén secando paulatinamente y de igual forma, que. teniendo en cuenta que el nivel de precipitaciones ha sido cada vez menor, disminuye la capacidad de los acuíferos, los cuales son la fuente de abastecimiento de los pozos profundos.

Lo anterior, puede ser aún más preocupante si se hace un análisis de los recursos que se han destinado durante los últimos años al sector de abastecimiento de agua y saneamiento básico, así como de las regalías producto de las actividades de explotación minera en el departamento. Dentro de este informe se hacen recomendaciones encaminadas a verificar los recursos invertidos, así como los resultados de esas inversiones y la incidencia en el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades étnicas que habitan el departamento. De acuerdo con la rendición de cuentas que realizó la Gobernación en el año 2012, señaló como meta "la transformación estructural de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico del departamento a través de su optimización" para lo cual contaba con una partida presupuestal de $288.985.400 millones de pesos provenientes del Banco Mundial, la Gobernación y la Nación.

De igual forma, dentro del presupuesto de inversión para el departamento para la vigencia 2014 se destinaron $8.964 millones para inversiones sectoriales de entidades territoriales que estuvieran dentro y fuera del Plan Departamental de Agua. De los recursos del Sistema General de Participaciones, fueron asignados al sector de Agua Potable y Saneamiento Básico $44.461 millones de pesos, lo que representa el 5,7% del total. Según el reporte de avance de ejecución recursos del Sistema General de Regalías para el departamento de la Guajira el 4% del valor de los proyectos aprobados fue destinado al sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, es decir $22.947 millones.

Pese a las inversiones y proyectos para asegurar el acceso al agua potable a la comunidad, como los señalados por la Gobernación, así como el de la represa El Cercado que utiliza el agua del río ranchería y que pretendía, además de establecer dos distritos de riego, abastecer de agua a los acueductos municipales de Albania. Barrancas. Fonseca, Hatonuevo. Maicao. Manaure y Uribia (proyecto que finalmente no se ha concretado), las comunidades siguen sin agua y se abastecen, en el caso de Uribia en gran medida de los pozos que fueron construidos por el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla, hace ya más de 50 años, así como de jagüeyes, carrotanques. entre otros, sin embargo es agua que no cuenta con las características físicas, químicas y microbiológicas establecidas en la Resolución 2115 de 2007 y en el Decreto 1575 de 2007.

Así mismo, la Gobernación por medio del Plan de Desarrollo reconoce la problemática y plantea dentro de sus metas, la construcción del acueducto regional, como la optimización de los sistemas de captación, tratamiento, conducción, las redes hidráulicas de distribución y el control de calidad del agua. Además, señala que cinco municipios tendrían una ampliación de la oferta de agua potable y de sistemas alternos de respaldo y que en la zona rural para el 2015 se tendrán diseñados, construidos u optimizados los acueductos en cuatro municipios más. No obstante, la Defensoría anota que la mayoría de lo planteado se ha quedado en la planeación. y no se han ejecutado, por lo que considera prioritario para superar la crisis por la que atraviesa el departamento, que se lleven a cabo las gestiones necesarias orientadas a garantizar el derecho humano al agua de la población en el corto, mediano y largo plazo.

En relación con el saneamiento básico, de acuerdo con las cifras del Censo de 2005, apenas el 37,69% de las viviendas del departamento tenían cobertura de alcantarillado y de los 15 municipios solo seis cuentan con el Plan Maestro de Alcantarillado implementado, al respecto es necesario que implementen y se cumpla con lo estipulado en estos instrumentos de planeación, ya que la Defensoría del Pueblo en una visita campo que realizó a diferentes sectores de Riohacha evidenció el vertimiento al mar de aguas servidas sin ningún tipo de tratamiento.

En lo referente a la calidad del agua para consumo humano, municipios como Dibulla en el 2013 presentaron un índice de riesgo alto, situación que genera una gran preocupación, así como los municipios de Albania. Barrancas. Distracción. El Molino. Hato Nuevo. La Jagua Del Pilar y Manaure terminaron el 2013 con un riesgo medio en la calidad del agua que distribuyen. En términos de muestras evaluadas, se encontró que 9 de los 15 municipios no llegaron ni al 50% de las muestras sin riesgo. Sin embargo, se debe aclarar que estos datos corresponden únicamente al agua suministrada por las empresas prestadoras de servicios públicos, pero no se conoce la calidad de agua de las zonas en donde no hay abastecimiento mediante redes, lo cual es alarmante ya que las cifras de mortalidad del INS señalan que el 48.5% de las muertes de niños es por Enfermedad Diarreica Aguda (EDA).

Problemática ambiental causada por el uso manejo y explotación de recursos naturales

En La Guajira se están desarrollando proyectos a gran escala de aprovechamiento de recursos naturales (sal marina, gas natural, carbón y energía eólica), de igual forma como obras de infraestructura (puerto marítimo, represa y distritos de riego), que tienen un fuerte impacto en los aspectos sociales y culturales de la población del departamento y afectan, en varios casos, resguardos indígenas. Varios de estos proyectos buscan proveer de recursos energéticos al país y al extranjero, pero las comunidades del departamento de La Guajira no cuentan con la suficiente cobertura y continuidad del servicio de energía para atender necesidades básicas como la potabilización del agua.

Actualmente, además de los proyectos mencionados, las áreas naturales del departamento de La Guajira son objeto de una fuerte intervención antrópica por otro tipo de actividades más cotidianas como el comercio, el contrabando, el turismo desordenado, situación que incrementa la vulneración de los derechos colectivos de carácter ambiental, afecta el patrimonio natural y ecológico del país y pone en riesgo el desarrollo sostenible de las comunidades que habitan en la zona.

Dentro de los proyectos sobre los cuales la Defensoría del Pueblo ha realizado seguimiento se encuentran: Distrito de Riego Río Ranchería - San Juan del Cesar. Proyecto Puerto Multipropósito Brisa, Proyecto Parque Eólico Jepirachi. Proyecto El Cerrejón, explotación salina en Manaure, el gasoducto Transcaribeño, entro otros. Por la explotación de carbón del Cerrejón, que se hace desde hace más de 25 años, se han denunciado diferentes conflictos socio ambientales, entre los que resaltan los procesos de reasentamiento y las consecuencias que esto ha traído a las comunidades.

Seguimiento, evaluación y monitoreo de las Políticas Públicas para la realización de los Derechos Humanos:

Situación económica y social en el departamento de La Guajira.

El PNUD (2011) considera que existen barreras estructurales, regionales e individuales que impiden la inclusión económica y social en el departamento:

a. Entre las barreras estructurales se señalan: la imposibilidad para mantener un crecimiento económico sostenido y su dificultad para generar fuentes de trabajo productivo, la imposibilidad de acceso a los mercados financieros y de crédito por parte de las personas, la falta de estudios y conocimiento sobre la informalidad económica del departamento y el deterioro en el orden público, producto de la presencia de bandas criminales, delincuencia común, grupos armados ilegales y narcotráfico.

b. En cuanto a las barreras regionales, se indican los graves problemas en materia de infraestructura, transporte aéreo y la fuerte deficiencia en la cobertura y prestación de los servicios públicos. Igualmente, se señala la enorme dependencia con respecto a un sector minero que no genera encadenamientos ni diversificación del aparato productivo.

c. Las barreras individuales se corresponden con el bajo nivel escolar, la desnutrición y la falta de oportunidades laborales.

d. En la actualidad, esta situación paradójica y de precariedad puede ser reafirmada y explicada si se observan las distintas variables económicas y sociales del departamento.

e. La Guajira en 2012 tuvo un crecimiento de 10%, impulsado principalmente por la explotación de minas y canteras y por el sector de la construcción (que representan el 55% y 7% del total del producto departamental bruto, respectivamente).

f. Debido a que la mayor parte de la producción de carbón se destina a la exportación, la balanza comercial de La Guajira en 2012 fue positiva pero disminuyó con respecto al 2011. a raíz de menores exportaciones y un aumento en las importaciones.

g. En este contexto, en 2012 la tasa de desempleo en La Guajira se ubicó en 8.5% (por debajo de la tasa nacional que alcanzó el 9,6%). El subempleo subjetivo se ubicó en 33,7%.

h. Sin embargo, en términos de inflación, contrario a lo sucedido a nivel nacional. Riohacha tuvo un aumento en el índice de precios en 2013. pues pasó de tener una de las inflaciones más bajas del país en 2012 (2.1%) al registrar la más alta en 2013 al alcanzar una variación del IPC de 3.7%.

i. En materia de competitividad y siguiendo el índice Departamental de Competitividad 1DC utilizado por el Consejo Privado de Competitividad del país. La Guajira ocupó la última posición en el IDC con un puntaje de 2.38 sobre 10.

j. De acuerdo con el PNUD (2011) el índice de Necesidades Básicas Insatisfechas, NBI. muestra que el 48,3% de la población de La Guajira carecía de alguna de ellas. Este indicador ha empeorado desde 2005, cuando el NBI alcanzaba el 37,4%. En cuanto al Índice de Condiciones de Vida -ICV-. según datos del Departamento Nacional de Planeación (DNP) a través de los sistemas de indicadores sociales departamentales en 2005, el departamento de La Guajira, presentó un ICV de 69,8 por debajo del promedio nacional, el cual era de 78,8.

k. Las precarias condiciones de vida de los habitantes de La Guajira se sustentan además en las bajas coberturas en servicios públicos. En efecto, de acuerdo con la información disponible, únicamente el 36% de las viviendas del departamento cuenta con servicios de energía, acueducto y alcantarillado (Cámara de Comercio de La Guajira. 2014).

l. Según los datos provistos por la Secretaría de Planeación Departamental, el 53% de la población de La Guajira tiene SISBEN (432.382 personas) de las cuales el 69% son del nivel 1 y el 25% del nivel 2. En relación con la población total, las personas SISBEN I representan el 37% y las de SISBEN 2 el 1.3%.

m. Los indicadores del sector educativo de La Guajira no muestran buenos resultados. Por ejemplo, la tasa de analfabetismo alcanza el 31.7% de la población (Cámara de Comercio de La Guajira, 2014). De otra parte, el 90% de los planteles educativos se ubican en los niveles de bajo desempeño (bajo, inferior y muy inferior) en las pruebas de Estado. Adicionalmente, se presenta una tasa de reprobación para el 2006 del 6,4% de los estudiantes y una lasa de deserción del 5,7%. La Guajira es el departamento de la Región Caribe con menor nivel de años de educación: sólo 6,2 años en promedio, muy por debajo del promedio nacional de 9 años (PNUD. 2011).

n. De acuerdo con el DANE (2014), en 2013. el porcentaje de personas en situación de pobreza para el departamento de La Guajira fue 55.8%. mientras que en 2012 fue 58.4% (presentó una disminución de 2,6 puntos porcentuales). Para este mismo año (201.3), el porcentaje de personas en situación de pobreza extrema fue 25.7%, mientras que en el 2012 fue de 27,7% (presentó una disminución de 2.0 puntos porcentuales). Vale anotar que para el total nacional en el año 2013 el nivel de pobreza fue de 30,6% y el de pobreza extrema de 9.1%.

o. Para el 2013, la brecha o intensidad de la pobreza en el departamento de La Guajira se situó en 26,4 %. A nivel nacional este indicador fue de 11,8%. Por su parte, la severidad de la pobreza alcanzó en el departamento un nivel de 16.1%. A nivel nacional la severidad en la pobreza para el 2013 fue de 6.4%. Para el caso de la pobreza extrema, la brecha o intensidad se situó en el 10,8% (frente al 3,3% del país) y la severidad de la pobreza extrema alcanzó el 6,0% en comparación con el 1.8% del nivel nacional.

En 2013, el Coeficiente de Gini(5) de la Guajira registró un valor de 0,562, mientras que en 2012 fue de 0,556, es decir, aumentó en 0,006 puntos.

p. La consecución de los Objetivos del Desarrollo del Milenio (ODM) por parte de La Guajira es totalmente deficiente.

ODMMeta de 2015 alcanzada o Reducción de brechasRazgo de los promedios nnacionales o en retrocesoRezago significativo de las nietas ODM
ODM 1:
Erradicar la pobreza extrema y el hambre
Ningunotasa de desempleo
Bajo peso al nacer
Pobreza por ingresos (líneas pobreza e indigencia). Desnutrición infantil (especialmente global (bajo peso para la edad) y crónica (retraso en talla)
ODM 2: Lograr la educación básica universalNingunoCobertura en educación básica"Analfabetismo en población con 15-24 años. Analfabetismo total (población 5 años y más)
Rezago en educación media
Tasa de repetición
Años promedio de educación calidad de la educación y brechas de calidad se mantienen. (1 estrategias educación bilingüe, español. Wayunaiki, etnoeducación)''
ODM 3:
Promover la autonomía de las mujeres y la equidad de género
"Violencia de pareja (sexual y física)
Violencia sicológica Ocupación de la mujer en cargos directivos"
ODM 4: Reducir la mortalidad infantilNingunoCobertura vacunación DPT y "Mortalidad de menores de 5 años
triple viral
Mortalidad infantil (menores de un año)"
ODM 5: Mejorar la salud maternaAtención institucional del parto y atención del parto por personal calificadoPorcentaje de nacidos vivos con cuatro o más controles prenatales
Porcentaje de atención institucional al parto
Cáncer de cuello uterino
"Razón de Mortalidad materna Porcentaje de adolescentes  mbarazadas Prevalencia de uso de métodos modernos de anticoncepción en las mujeres actualmente unidas o que están en embarazo Mortalidad asociada a cáncer de cuello uterino Porcentaje de transmisión materno infantil del VIH
ODM 6:
Combatir el VIH Sida, la malaria y
otras
enfermedades
Ningunotasa de mortalidad asociada VIH /Sida transmisión materno infantil del VIHIncidencia de la malaria y el dengue
ODM 7: Garantizar la sostenibilidad del medio ambienteNingunoManejo gestión del riesgoSuperficie reforestada. Problema desertificación
Cobertura de acueducto y alcantarillado. Continuidad y calidad del servicio Asentamientos precarios
ODM 8: fomentar una sociedad Mundial para el desarrolloNingunoAbonados a móvilesBajo acceso a internet. Bajo número de usuarios a Internet y de computadores

En materia de las Mujeres y los asuntos de género

A continuación se presenta un breve análisis sobre la situación existente en La Guajira, con énfasis en las condiciones vividas por las mujeres y algunas recomendaciones para el restablecimiento de sus derechos. Por supuesto, lo anterior implica tener en cuenta algunos aspectos generales del contexto como son los altos índices de pobreza y la crisis político administrativa con la respectiva falta de planes y programas que ayuden a mitigar la crisis ambiental existente en la media y alta Guajira.

De acuerdo al informe del DANE para el año 2013, el departamento de La Guajira posee altos índices de pobreza, ubicados en un 55.5%. muy por encima de los existentes en el promedio nacional (30.6%). Igualmente la pobreza extrema, ubicada en un 25.7%. se encuentra por encima del promedio nacional (9.1%).

Pero estos índices solamente muestran la crisis político administrativa del departamento que, a pesar de tener regiones clasificadas como "desérticas subtropical", nunca ha contado con planes adecuados para el manejo de aguas, de manera especial en tiempos de sequía como la que se vive actualmente.

Respecto a la actual crisis de agua. Corpoguajira informa que nunca se terminaron las obras en la represa del río Rancherías, una de las alternativas para los tiempos de sequía, y los pozos que se han construido para el acceso al agua en diferentes rancherías, requiere además de plantas de tratamiento para la desalinización del líquido, de lo contrario no constituyen alternativa para el consumo humano.

En materia de la Política Criminal Penitenciaria:

Descripción de la problemática carcelaria en el departamento de La Guajira'

El departamento de La Guajira cuenta con un establecimiento Penitenciario y Carcelario del orden nacional, ubicado en la ciudad de Riohacha. Este centro de reclusión está concebido para recluir a personas sindicadas y condenadas del género masculino, razón por la cual las mujeres una vez capturadas son trasladadas a otras zonas del país. En cuanto a la infraestructura física el centro posee unas condiciones locativas deplorables, tiene un alto grado de deterioro y graves deficiencias estructurales, además existe un colapso en la prestación del servicio de salud. Especial atención merece el nivel de hacinamiento que se presenta en el establecimiento por ser el más alto del país, razón por la cual permanentemente se ha buscado la construcción de otro recinto de reclusión en el Departamento.

Tercero. LA ACCIÓN DEFENSORIAL

1. En relación con los derechos de la Salud, La Seguridad Social y la Discapacidad:

Hallazgos en la red de controladores del sector salud:

- Baja cobertura en el suministro de agua potable y dificultades con el saneamiento básico y la alimentación.

- la dispersión y las barreras geográficas de las comunidades ha hecho difícil el acceso real a los servicios de salud.

- Bajas coberturas de vacunación y ausencia de casi todos los programas de promoción y prevención en la región.

- Los gastos de trasporte y alojamiento para acceder a los servicios de salud cuando lo requieren las comunidades indígenas no son reconocidos por las aseguradoras.

- Altos índices de mortalidad materna, ocupando el deshonroso primer lugar del país.

- Existe subregistro en la información reportada a las diferentes instancias.

- Debilidad en la demanda inducida y los recursos del Plan de Intervenciones Comunitarias (PIC) son insuficientes.

-Los entes territoriales no contratan oportunamente actividades de salud pública.

- Los recursos de la UPC diferencial no son invertidos en atención en salud.

- Las EPS no cumplen con su función de aseguramiento, ni de supervisión a las IPS que contratan.

- No existe coordinación entre las EPS que permita el apoyo entre estas entidades, especialmente cuando las IPS que contratan, realizan visitas a comunidades indígenas.

- Dificultades para la atención integral debido a que las EPS y las IPS no cuentan con suficiente personal que hablen el dialecto Wayúunaiki.

- No se cuenta con suficientes entidades de alta complejidad en el Departamento, razón por la cual se dificultan los procesos de referencia y contra referencia.

- El nuevo sistema acabó con la figura de “promotores de salud" los cuales son necesarios para el manejo de salud pública y acercamiento a las comunidades indígenas.

- El ICBF reconoce la problemática de los niños, niñas y adolescentes en el Departamento la Guajira como un problema de salud pública.

Lo anterior tiene como causas Inmediatas

- Poblaciones indígenas dispersas de difícil acceso geográfico cuyo aislamiento y negligencia del Estado impide ejercer libremente sus derechos fundamentes, como el de la salud y la tutela.

- Fallas en el cumplimiento de las funciones de aseguramiento, prestación de servicios de salud, salud pública y de la oportuna intervención y coordinación de las autoridades de salud nacional y regional.

- Altas temperaturas, no disponibilidad de agua potable, falta de alimentos y de formas de auto sostenimiento de las comunidades indígenas.

2. En relación con los derechos de la Infancia, la Juventud y las Personas Mayores

Se realizó visita a las comunidades de Malawinkat, Ciruelos, y Jiene del Municipio de Riohacha y 4 Rancherías del municipio de Manaure: Hipuana. Arroyo Limón. Cunamaná, y Apartastuchímaná, en las cuales se identificó lo siguiente:

- La Defensoría del Pueblo logró confirmar en sus visitas humanitarias al departamento de la Guajira que la situación de los NNA y personas mayores registran una grave violación a los siguientes derechos: a la vida, la salud, dignidad e integridad, violación a los derechos superiores de niños, niñas y adolescentes al mínimo vital, a la alimentación, a la educación y a la potabilidad.

- Las actividades Extramurales de Salud pública y del ICBL son insuficientes, esta situación se agrava por la precaria actividad de búsqueda activa en situaciones y casos de riesgo por desnutrición de niños, niños, adultos y adultas mayores.

- No existe estrategia para la garantía del mínimo vital de agua potable a las comunidades indígenas y particularmente a niños, niñas y adolescentes, constituyendo éste un derecho superior.

- A pesar de que todas las comunidades indígenas están afiliadas a una EPS las actividades de Promoción y Prevención son insuficientes, siendo de manera reactiva y no preventiva. El Plan de Atención Colectiva no es suficiente para la atención de salud de niños, niñas y adolescentes, adultos y adultas mayores, incluso hay municipios críticos que no han contratado el Plan de Atención Inducida.

- La Gobernación de La Guajira ejecuta el programa de Nutrición denominado Plan de Atención Nutricional -PAN- sin embargo este solamente tiene cobertura en una de las seis comunidades visitadas, aún durante las dos llegadas al departamento por parte de la Defensoría del Pueblo se logró confirmar que éste programa no cubre a todas las familias de una misma comunidad; Las lideresas Wayúu manifiestan que el programa finalizó en mayo del presente año, por falta de recursos y les ha sido notificado desde la Gobernación que no hay garantía para la continuidad. De otro lado manifiestan que la asignación de este programa se realiza mediante el sistema de RED UNIDOS y a este no pertenecen las comunidades indígenas, cuando debería tener cobertura universal por su condición de extrema pobreza.

- El 100% de las mujeres gestantes y lactantes contactadas en las comunidades manifestaron no recibir ningún beneficio por parte del Estado y del ICBF. Gobernación o alcaldía, en materia de seguridad alimentaria y nutricional.

- Las comunidades manifiestan la ausencia de programas de prevención y promoción en salud, es así cuando los niños, las niñas o las mujeres embarazadas requieren de los servicios de salud, se ven obligados a esperar si los remedios tradicionales hacen efecto, y cuando pueden salir de sus comunidades se dificulta el desplazamiento a los centros médicos por las distancia (entre 3 y 6 horas) y los costos del transponer. Los niños y niñas, se agravan durante el tiempo de espera y cuando llegan a los centros médicos se encuentran en grave estado de salud presentando complicaciones secundarias que en la mayoría de los casos conllevan a su fallecimiento.

- Los niños y las niñas de las comunidades visitadas manifestaron desayunar con sopa a base de maíz y no almorzar en ese momento, oscilando entre las 2:30 y 3:50 pm, esto fue observado el todas las comunidades y rancherías visitadas por la Defensoría del Pueblo, adicionalmente estas comunidades no reciben ningún refuerzo nutricional por parte del ICBF o de la Entidad Territorial.

- Muchas comunidades carecen de médicos/medicas tradicionales que les permita atender mediante sus costumbres y tradiciones algunas dolencias que culturalmente han sido tratadas por ellos y que podrían estar categorizadas como normales en el crecimiento y desarrollo de los NN menores de 5 años, así lo manifestó un líder en la comunidad Malawinkat del municipio de Riohacha. Lo anterior debido a que los médicos tradicionales fallecen sin transferir sus conocimientos y los jóvenes ya no se interesan por estos.

- Las mujeres lactan a su hijo o hija solo hasta cuando llega el siguiente, que por lo general oscila entre las nueve y los doce meses. El niño o niña destetado pasa a consumir sopa de maíz y en su mayoría lo hacen solo dos veces al día en la mañana y en la tarde; de igual manera lo hacen las madres gestantes y lactantes las cuales en su totalidad se observan con problemas de desnutrición.

- Del relato de las comunidades se concluyó que en las escuelas no existe la dotación de pupitres, cuadernos, lápices y material didáctico; en algunas comunidades las clases son impartidas debajo de un árbol o enramada; adicionalmente en una comunidad se entrevistó a la profesora de la escuela quien afirmó que para la jornada escolar no cuenta con alimentos y bebidas y éstas no son suplidas por la entidad competente (ICBF y Ente Territoriales).

- La Defensoría del Pueblo confirmó que en las escuelas donde se recibe apoyo nutricional por parte del Estado para el desayuno o almuerzo, la ración es insuficiente, hasta el límite que muchos de éstos se ven obligados a dividir un huevo para dos niños, el pan y otros víveres, condición ésta que incumple con los requisitos mínimos nutricionales. proteicos y calóricos los NNA en edad escolar.

- Las escuelas no cuentan con refrigeradores lo que hace que los alimentos se descompongan, especialmente las carnes y los lácteos las cuales son consumidos en mal estado por los niños y niñas, lo cual origina infecciones intestinales y enfermedades que se complican aún más si los niños y niñas se encuentran con bajo peso y talla para la edad.

- El agua se toma de poso y sin hervir, algunos habitantes manifiestan que suelen caer animales al agua y contaminarla y así es consumida por ellos, elevando el riesgo de enfermedades.

- Se observa en todas las comunidades visitadas la convivencia de animales como gallinas, perros, gatos y chivos en los mismos sitios donde duermen y consumen los alimentos los niños y niñas, mujeres embarazadas, gestantes y personas mayores, lo cual aumenta el contagio de enfermedades.

- Las mujeres adultas mayores que esporádicamente reciben un subsidio de ochenta mil pesos otorgado por el gobierno Nacional a través de las alcaldías, se deben ver abocadas a compartir su canasta alimentaria con niños y niñas de la comunidad, influyendo esto con su baja recuperación nutricional.

- Se observó en todas las comunidades la presencia de embarazo adolescente y subsiguiente en niñas desde los once años de edad con uno o dos hijos y en estado de gestación, muchas de estas sin apoyo de su pareja, razón por la cual se emplean en el servicio doméstico o en restaurantes sin ninguna protección social.

- Las lideresas indígenas denuncian que en la Red hospitalaria pública y privada existe un déficit de intérpretes o hablantes de Wayúunaiki, hecho que impide una real comunicación con estas comunidades frente a síntomas, medicamentos y tratamientos, especialmente de niños/niñas.

- Se pudo confirmar en las dos visitas de la Defensoría del Pueblo que existe una muy baja demanda inducida por parte tanto del ICBF como de las Instituciones de Salud, particularmente en las comunidades retirado de los cascos municipales, a esto se une la ausencia casi total de enfoque diferencial con perspectiva étnica en las minutas de alimentos dirigidas particularmente a NNA.

En las Instituciones territoriales:

- En opinión de la Superintendencia Nacional de Salud, el Plan de Intervención Colectiva puede estar destinados a otras actividades y se descuidan las acciones dirigidas a niños, niñas y adolescentes tales como. Crecimiento y desarrollo, vacunación, salud oral, entre otras.

- Los programas de Recuperación nutricional adelantados por ICBF se centran en la recuperación de niños y niñas y no de núcleos familiares. De hecho el beneficio del apoyo nutricional termina siendo repartido a la totalidad de la familia perdiéndose la inversión en el mejoramiento de talla peso y de los de niños, niñas y adolescentes.

- Preocupa que para el ingreso de niños, niñas y adolescentes a programas de Desnutrición crónica y aguda al ICBF se necesite la valoración previa clínica del sector salud, ya que existen graves barreras de acceso de las comunidades a la valoración médica por dificultades en el desplazamiento y cubrimiento de costos de hospedaje.

- No existe una Política del Estado dirigida a atender de manera integral a la familia indígena que de parte de temas como hábitos saludables, potabilidad, saneamiento básico, acceso a alimentos.

- Los niños, niñas y adolescentes que son recuperados nutricionalmente por ICBF vuelven a sus comunidades y a sus familias, las cuales tienen graves problemas de acceso a recursos alimentarias y potabilidad, razón por la cual estos recaen en graves problemas nutricionales.

- Queda claro el déficit del ICBF en su oferta de servicios especializados dirigidos a niños, niñas y adolescentes con desnutrición. La cobertura de cupos y presupuesto es limitada, y el ICBF no cuenta con un censo y un diagnóstico actualizado de la situación de desnutrición de niños, niñas y adolescentes en el Departamento.

-Se evidenció un problema de desnutrición de adultas y adultos mayores, se hace necesario determinar cuál es el nivel de acceso de esta población a los subsidios y beneficios garantizados por el gobierno Nacional.

- Se identificó la violación al Derecho a la Educación dadas las condiciones inadecuadas o inexistentes de infraestructura escolar, suministros de textos escolares, garantía y permanencia de docentes bilingües, durante el año escolar, en las comunidades visitadas. A la fecha no se ha contratado aún los docentes para algunas escuelas satélites en el municipio de Riohacha.

- Uno de los más graves hallazgos encontrados obedece a la desarticulación y descoordinación intra e interinstitucional para la prestación de los servicios de salud integral, de educación, de seguridad alimentaria como también en el manejo de la información y de los avances en sistema geo referenciados que ha venido realizando la secretaría de Planeación departamental y que hace que ninguna otra institución lo conozca ni sea utilizado.

- El no contar con un sistema unificado de georreferenciación impide que se cuente con criterios de localización, de intervención humanitaria y de emergencia en los casos de las comunidades indígenas dispersas y se agrava dada la carencia de procesos de búsqueda activa articulada por parte de las entidades competentes. En la primera visita se dejó como solicitud por parte de la Defensoría del Pueblo, la necesidad de contar con una micro focalización y se recomendó hacerlo en algunas comunidades indígenas del municipio de Riohacha. Este ejercicio lo realizó el ICBF regional con el apoyo de la Secretaría de Planeación Municipal de Riohacha. Esta línea de base permite tener una realidad más certera y real de lo que sucede al interior de las comunidades frente a los niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes, lactantes y adultas mayores. Uno de los graves problemas que manifiesta el ICBF regional es la carencia de recursos humanos y logísticos para realizar este estudio o línea de base en todos los municipios de La Guajira.

- No hay cifras unificadas entre el DANE, las instituciones de salud, el INS. la gobernación de la Guajira de muertes de NNA asociadas a desnutrición, lo que dificulta el análisis de la misma, como también de las cifras de niños, niñas con alertas de desnutrición.

- No se evidencia resultados de impacto de los programas del ICBF y Entes Territoriales más allá de los que realiza los interventores de cada uno de los contratos.

- En su mayoría los contratos de Recuperación Nutricional reportados por la Gobernación. ICBF regional y alcaldías municipales tienen las siguientes características: son contratos de corto tiempo los cuales oscilan entre 8 y 10 meses, no cuentan con garantías de sostenibilidad y continuidad, no existen criterios de focalización claros y precisos para la entrega de los complementos nutricionales, las entidades Públicas que contratan no entregan a los contratistas minutas diferenciales como un derecho con carácter obligatorio a las comunidades indígenas. En casi todos los contratos la modalidad de contratación fue por vía directa, en casi ninguno de los contratos se contempla como actividad específica la búsqueda activa y la detección de alertas en las comunidades, en ninguno de los contratos analizados por la Delegada que se realizan desde la Gobernación, el ICBF y las alcaldías municipales contemplan como estrategia de ejecución, la articulación entre operadores, entre sectores o entre instituciones competentes para el tema.

- Algunos funcionarios/funcionarias públicos continúan justificando la desnutrición y la fragilidad de la calidad de vida de NNA en los “usos y costumbres" de las comunidades indígenas, ocultando así las responsabilidades claras de deficiencias de políticas públicas e irrespetando la diversidad cultural de los Pueblos Indígenas.

Normas Vinculantes:

- Estándares Nacionales en materia de Infancia y Adolescencia:

- Constitución Política de Colombia: Establece el derecho a la alimentación equilibrada como un derecho fundamental de los niños y en cuanto a la oferta y la producción agrícola se establecen los deberes del Estado en esta materia.

Capítulo I: Normativa nacional

- Principios generales de interpretación

- Interés superior

- Protección integral

- Prevalencia de los derechos

- Corresponsabilidad

- Perspectiva de género

- Perspectiva étnica

Derechos Civiles y Políticos

- Derecho a la vida

- Derechos sexuales y reproductivos

- Derecho a la Identidad

- Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella

Derechos económicos, sociales y culturales

- Derecho a la alimentación

- Derecho a la salud

- Derecho a la educación

- Derecho a una vivienda digna

- Derecho a la recreación

- Ley 1098 de 2006 Código de infancia y adolescencia

Protección de la niñez en situaciones de especial vulnerabilidad

-Niños y niñas pertenecientes a comunidades indígenas, afrocolombianas, raizales, palenqueras y al pueblo rom.

-Niños y niñas que enfrentan procesos de responsabilidad penal juvenil.

-Niños y niñas víctimas de trata de personas.

-Niños y niñas víctimas de explotación sexual comercial.

-Niños y niñas víctimas de conflicto armado

-Niños y niñas en situación de desplazamiento

-Niños y niñas víctimas de reclutamiento forzado.

Jurisprudencia nacional relevante y lineamientos de política pública en materia de infancia

-Derecho a la vida

-A tener una familia y no ser separado de ella

-Derecho a la salud

-Derecho a la educación

-Derecho a una vivienda digna

-Derecho a la recreación

-Derecho a un ambiente sano

-Niños y niñas indígenas en situación de desplazamiento

Documento Conpes en materia de derechos de los niños, niñas y adolescentes

-Conpes 113 de 2008 Política nacional de seguridad alimentaria y nutricional (PSAN).

-Conpes 147 de 2012 Lineamientos para el desarrollo de una estrategia para la prevención del embarazo en la adolescencia y la promoción de proyectos de vida para los niños, niñas, y adolescentes y jóvenes en edades entre los 6 y 19 años

-Cumbre Mundial Sobre Alimentación 1996 Y 2002: Renovar el compromiso mundial de eliminar el hambre y la malnutrición y garantizar la seguridad alimentaria sostenible para toda la población. Establece y refuerza los compromisos adquiridos por Colombia para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM).

-DECRETO 1115 DE 2014: Por medio del cual se integran disposiciones en cuanto a la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional CISAN

3. En relación con los derechos de los indígenas y las minorías étnicas

Afectación a los derechos humanos colectivos e integrales del pueblo indígena Wayúu en el contexto del conflicto armado interno.

Las comunidades del pueblo Wayúu de la Guajira, es uno de los sectores de población colombiana que ha sido gravemente afectado por la confrontación armada entre los grupos armados ilegales que, por diferentes razones, se disputan el dominio territorial de esta región. Dada, la naturaleza geográfica de este territorio, tanto por la salida al mar Caribe, la frontera con Venezuela, la interconexión con los departamentos de Magdalena y Cesar, los corredores hacia la Sierra Nevada de Santa Marta y la Serranía del Perijá. le da un contexto estratégico que facilita el tráfico de armas, mercancías, narcóticos, gasolina, vehículos y personas.

En tal contexto, con frecuencia, los casos denunciados denotan que el pueblo Wayúu ha sido estigmatizado por presunta colaboración con grupos armados ilegales: incluso en solo hecho de residir y permanecer en territorios colectivos ubicados en la zona, suele ser asumida por los grupos ilegales como una expresión de simpatía con alguno de los bandos.

De igual forma, el escenario de conflicto en este departamento, registra para este pueblo indígena, graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario con repercusión en violaciones de los derechos humanos fundamentales, colectivos e integrales; las cuales se expresan en amenazas, masacres, homicidios selectivos o múltiples, desapariciones, torturas, destrucción de bienes civiles, destrucción de bienes indispensables para la supervivencia y desplazamiento forzado.

Igualmente, el pueblo indígena Wuayúu afronta graves problemas de seguridad alimentaria y la escasez de agua, generada entre otros factores por el intenso verano, el cambio climático en la región, circunstancia que atinado a la complejidad geográfica, cultural, social y administrativa de la región y, así como la deficiente atención en salud ha desencadenado la altas tasas de morbimortalidad infantil causada por problemas de desnutrición severa.

Ahora bien, Dentro del marco de actuación de la Defensoría del Pueblo en desarrollo de los Decretos-Ley para sujetos colectivos en su condición de víctimas, la entidad se ha contactado con los posibles sujeto colectivo de reparación a efectos de concertar su ingreso al proceso de registro mediante la declaración como víctimas colectiva, para ello, ha adelantado las respectivas acciones de orientación y asesoría con algunas comunidades indígenas afectadas por hechos de violencia cometidos por los actores armados ilegales, tales como, la comunidad Wayuu de Rodeito El Pozo víctima de una masacre ocurrida en el 2001 a raíz de la cual se desplazaron 18 personas, o la comunidad de Nuevo Espinal (Barrancas) reasentada por el Cerrejón en el '93 en Nuevo Espinal, afectada por hechos de desplazamiento, despojo territorial y homicidios selectivos, la Familia Iguaran del Clan Epieyu con asentamiento ancestral en Puerto Estrella (Uribia) y actualmente residentes en Puerto Estrella y Maicao, afectada por el homicidio a 12 de sus miembros entre otros hechos victimizantes, comunidad Atigumake del Pueblo Arhuaco, ubicada a 8 horas aproximadamente de Palomino en la Sierra Nevada afectada por confinamiento, reclutamiento forzado de NN y homicidios.

Lo anterior, para evidenciar que la Guajira ha sido una región como ya se dijo afectada por el conflicto armado y que los grupos étnicos allí asentados tradicionalmente hasta ahora han iniciado su camino o ruta para lograr la restitución de los derechos fundamentales vulnerados en su carácter de sujetos colectivos y el restablecimiento de sus planes de vida en el marco de la reparación integral.

Medidas cautelares otorgadas a miembros de la etnia Wayúu

El 23 de septiembre de 2004. la Comisión Interamericana de Derechos humanos - CIDH - otorgó medidas cautelares a favor de varias lideresas del pueblo indígena Wayúu víctimas de la masacre de "Bahía Pórtete" ocurrida el 18 de abril de 2004 en el departamento de La (guajira. En la solicitud de las medidas los peticionarios alegaron que algunas de las lideresas (voceras de las víctimas Wayúu ante los organismos nacionales e internacionales) fueron objeto de amenazas contra su vida e integridad personal como resultado de su actividad de denuncia.

En este escenario, el Gobierno Nacional ha venido adelantando acciones de acercamiento y diálogo con esta comunidad de cara a los procesos de reparación colectiva, para ello, el pasado 5 de diciembre la Defensoría Regional, realizo en la zona la toma Formato Único de Declaración -FUD- colectivo de esta comunidad, requisito fundamental para que se inicie formalmente la ruta de concertación frente a las medidas de reparación colectiva. La Defensoría Regional junto con la Delegada de Indígenas y Minorías Étnicas ha puesto en conocimiento de las instituciones responsable algunos hechos que pueden poner en riesgo el proceso de retorno y de reparación, advirtiendo no solo lo relacionado con la situación de seguridad, sino de la existencia de un conflicto interclanil entre los clanes Uriana-Fince e Ipuana que se contienden el acceso al puerto de la bahía. Le preocupa a la Defensoría que la UARIV del nivel nacional ha venido planteando que este conflicto no existe y por ende confirmando la decisión de seguir con el proceso de reparación y retorno.

De otro lado, en el Comité extraordinario de prevención y protección convocado por la Gobernación específicamente para abordar el tema de la seguridad en Bahía Pórtete, la entidad pudo constatar que las instituciones regionales han subestimado la situación del conflicto entre los clanes de la zona y la disputa vigente por el derecho al territorio, y por lo tanto se torna complejo un acercamiento objetivo que reconozca la situación de riesgo y se adopten las medidas que conduzcan a solucionar estos problemas antes del retorno de la población víctima.

Consulta previa y megaproyectos en sus territorios: incidencia en sus derechos

Los megaproyectos que se desarrollan en el departamento de la Guajira, para la explotación de los recursos minero-energéticos, denotan impactos significativos para la población indígena. En particular respecto a aspectos de su organización política, ordenamiento interno, representación y ejercicio de autoridad, circunstancias que han incrementado los conflictos inter-interétnicos, relacionados con las compensaciones de los impactos ambientales de los proyectos.

La Defensoría del Pueblo a través de la delegada para indígenas y minorías cínicas, hizo presencia en el departamento de la Guajira entre el 21 y 27 de Julio de 2013. con el fin de participar en la etapa de preconsulta a las comunidades de Chimare, Santacruz. y Mamatoco, jurisdicción del municipio de Uribía, con ocasión del "PROYECTO SISMICO MARINO EXPLORATORIO RC-12 ORIENTAL ZONA SUR" de la empresa REPSOL, la cual se adelantó con las comunidades indígenas de Chimare, Jalalou y Mamatoco. En este proceso se pudo evidenciar el desconocimiento que los indígenas Wayúu tienen sobre sus derechos fundamentales en general, especialmente sobre el derecho a la consulta previa, lo que agrava su condición de extrema vulnerabilidad, frente a la instituciones del Estado y a los particulares interesado en desarrollar proyectos mineros o de exploración y/o explotación de hidrocarburos (petróleo y gas).

En los procesos de presconsulta con las comunidades wayúu, la Defensoría pudo evidenciar que existen serios problemas internos por la representatividad de las autoridades tradicionales, expresadas en quejas en torno a la legitimidad de la elección de sus representantes y por las disputas entre quienes pretenden demostrar más derecho sobre el territorio.

También se pudo evidenciar que la presencia de las instituciones del Estado en la Alta Guajira, es precaria; existe desconfianza en la gestión que adelantan los entes territoriales local y departamental, especialmente frente a la labor de registro de las autoridades tradicionales por parte de las secretarias de asuntos indígenas locales, lo que hace que los conflictos internos se prolonguen en el tiempo, situación agravada por la falta de atención adecuada y oportuna a esta situación por parte de la Dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior.

Sistema General de Participaciones

En el departamento de la Guajira el resguardo de mayor dimensión es el de la alta y media Guajira, el cual está ubicado en los municipios de Uribía, Maicao y Manaure. Teniendo Uribía la mayor población resguardada, siguiendo Maicao y por último Manaure.

Los municipios de Uribía, Manaure, Fonseca, Albania y San Juan del Cesar cuentan con un (1) resguardo cada uno. El municipio de Riohacha cuenta con seis (6) resguardos, incluyendo el resguardo alta y media Guajira y el resguardo indígena Soldado Párate Bien, el cual comparte con Maicao. En el municipio de Barrancas hay cinco (5) resguardos indígenas y; el municipio de Dibulla tiene un (1) resguardo indígena, kogui, malayo, arhuaco, compartido con el departamento del Magdalena. En Maicao existen tres resguardos indígenas: Alta y Medía Guajira, Soldado Párate bien y Okochi. Y el municipio de Hatonuevo tiene tres resguardos, para un total de 22.

La proliferación de cabildos, mediante la figura de Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas, AATIs, en virtud del Decreto 1088 de 1993, "'Por el cual se regula la creación de las Asociaciones de Cabildos/o Autoridades Tradicionales Indígenas", no contemplo las particularidades del pueblo wayuu; sin previo análisis de sus usos y costumbres y formas propias de gobierno (caciques y consejos de ancianos), en la Guajira se dio vida a la figura de las AUTORIDADES TRADICIONALES, lo que genero anarquía y caos en el pueblo Wuayúu, pues de 18 clanes vivos y cuatro en vía de extinción se pasó en la década de los 90 a ser más de 6.000 Autoridades Tradicionales, generando con ello múltiples conflictos interétnicos e intraetnicos.

Igualmente, se han evidenciado debilidades frente a la baja participación que tienen las comunidades indígenas al momento de definir y priorizar con los entes territoriales el destino e inversión de los recursos del Sistema General de Participación. Debilidades que se expresan de la siguiente manera: desconocimiento de las comunidades del monto de recursos a programar; la no incorporación de la totalidad de los recursos disponibles en el presupuesto del resguardo; la no participación de las comunidades en la priorización de la inversión para la suscripción de los contratos; la realización de las concertaciones de programación, antes del vencimiento de los términos legales para la suscripción del contrato de administración.

Actuación defensorial

La Defensoría del Pueblo en desarrollo de su mandato constitucional y legal ha venido acompañando a las comunidades desde el ámbito nacional y regional, manteniendo interlocución permanente con los líderes y autoridades indígenas del pueblo Wuayúu. lo cual le ha permitido conocer su particular situación sobre la vulneración de sus derechos fundamentales, colectivos e integrales.

Es así como la Defensoría del Pueblo regional Guajira ha desarrollado entre otras las siguientes gestiones defensoriales: a favor del pueblo indígena Wayúu de la Guajira: a) atención y trámite de quejas por vulneración de sus derechos especiales; b) participación en los Consejo de Política Social departamental en los cuales se debate la problemática que afronta la población indígena: c) acompañamiento a las comunidades en sus procesos de resolución de conflictos: d) gestiones de acompañamiento y verificación a las comunidades en riesgo por la presencia y el accionar de los actores armados del conflicto; e) interposición de acción popular en defensa de los derechos de los indígenas privados de la libertad, mediante la cual se ordenó al INPEC y al Ministerio de Justicia construir una cárcel nueva y mientras tanto, mejorar sus condiciones de privación de la libertad: f) ha adelantado acciones para prevenir la trata de personas indígenas: g) visibilizo la problemática generada por el cierre de abastecimiento alimenticio a la población Wayúu por parte del vecino país de Venezuela facilitando la actuación inmediata de los entes nacionales para llevar alimentos a 24.000 familias indígenas en los meses de febrero a mayo del 2014: h) ha realizado visitas a las comunidades indígenas. mediante las cuales se visibilizó la problemática en seguridad alimentaria que alertó sobre el masivo incremento de desnutrición en la población Wuayúu, facilitando la atención inmediata de los entes locales en la intervención de este grave problema: i) la regional ha adelantado acciones de mediación en conflictos sociales como la toma de las salinas de Manaure por parte de los indígenas en protesta por la vulneración de su derecho al trabajo en condiciones dignas; j) la Institución ha realizado misiones humanitarias de observación y verificación a la situación de morbimortalidad de la población infantil asociada con la desnutrición de niños y niñas indígenas del pueblo Wayúu. en la Guajira, particularmente en los municipios de Riohacha Manaure y Uribia.

La Defensoría del Pueblo a través de su delegada para indígenas y minorías étnicas, en un dialogo intercultural con representantes de la Mesa de Concertación Wayúu y la Organización Nacional Indígena ONIC, sensibilizó a sus integrantes sobre la necesidad de trabajar coordinadamente con las Organizaciones Indígenas y las Autoridades Indígenas, e ilustró sobre las funciones de la Red de Controladores del Sector de la Salud. Espacio en el que se logró que las organizaciones indígenas se comprimieran a trabajar mancomunadamente con las instituciones del Estado, para hacer frente a la grave problemática en derechos humanos que afrontan las comunidades indígenas, especialmente a participar en los espacios a los que sean convocados, para que de manera concertada y coordinada se adopten las medidas administrativas pertinentes para atender la problemática asociada con la desnutrición y morbilidad infantil, y hacer la evaluación, seguimiento, monitoreo y demás acciones que estén a su alcance como organizaciones y comunidad para informar oportunamente a las autoridades competentes, los casos de desnutrición infantil y falta de atención médica.

Desde el ámbito de los derechos reconocidos en su condición de sujetos colectivos víctimas del conflicto armado interno, la Defensoría del Pueblo a través de la Regional Guajira y la Delegada para Indígenas y Minorías Étnicas, se han hecho las siguientes gestiones: 1.- Talleres con 15 comunidades indígenas (resguardos el cerro, el pozo, provincial, guamachito, rodeíto el pozo, etc.) para profundizar el conocimiento y entendimiento por parte de la misma comunidad de los derechos contenidos en los Decretos ley de reparación a sujetos colectivos, el alcance y contenido del proceso de consulta previa en el marco de la construcción de un Plan Integral de reparación Colectiva, entre otros. 2.-Toma de declaración del FDD colectivo étnico para la comunidad Bahía Pórtete, y a la Familia iguaran del Clan Epieyu con asentamiento ancestral en Puerto Estrella (Uribía) y actualmente residentes en Puerto Estrella y Maicao. 3.- Acercamientos con la Etnia wiwa. Comunidad de La Laguna para la socialización del decreto 4633 y la identificación de posibles SRC, teniendo en cuenta que hay 6 grupos de la misma etnia en esa región, con el pueblo zenu asentado en la región, con la comunidad Atigumake del Pueblo Arhuaco y La comunidad Wayuu de Rodeito El Pozo 4.- El pasado 22 de diciembre se desarrolló la primera Reunión con el representante de la Mesa de Victimas para las comunidades afrodescendientes, para establecer una ruta de trabajo encaminada a hacer visible la situación de los afros en La Guajira y establecer con cual comunidad es procedente la capacitación sobre el decreto 4635 y posibles toma de FUD colectivo étnico.

Normas vinculantes:

- Constitución Política de Colombia ( artículos 1,  2. 7. 8, 10. 13. 44. 63. 67. 68. 70. 72. 93, 246. 329, 356, 357 y 361).

- Ley 21 de 1991, mediante la cual se ratifica el convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales de países independientes.

- Decreto 0804 de 1995 que reglamenta la atención educativa para grupos étnicos

- Decreto 1320 de 1998. por el cual se reglamenta la consulta previa con comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales dentro de su territorio.

- Decreto 2613 de 2013. por el cual se adopta el protocolo de coordinación institucional para la consulta previa.

- Ley 1448 de 2011 sobre las medidas de atención, asistencia, reparación y restitución de las víctimas del conflicto armado en Colombia.

- Decretos Ley 4633 de 2011. por medio de la cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.

- Decreto 4912 de 2011, por el cual se organiza el programa de prevención y protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y de la Unidad Nacional de Protección.

- Ley 100 de 1993.

- Ley 1122 de 2007.

- Ley 1438 de 2011.

- Ley 9 del 1979.

- Decreto 4633 de 2011

- Resolución 5521 de 2013.

- Resolución 2003 de 2014.

- Ley 1448 del 2011.

- Auto 051 del 2013.

- Auto 196 del 2014 de la sala Especial de seguimiento a la sentencia T025 del 2004.

- CONPES 3673 del 2010.

- Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes

- Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos 7 y 17).

- Declaración Americana de los derechos y deberes del hombre (artículo 11).

- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 2. 26. y 27).

- Declaración sobre los Derechos de los pueblos indígenas adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en septiembre de 2007.

4. En relación con los Derechos de la población en Situación de Desplazamiento

El territorio wayúu presenta una diversa problemática en torno a lo frontera colombo venezolana, los principales problemas son: inseguridad y presencia de actores armados al margen de la ley (guerrilla, paramilitares y bandas criminales de todo tipo, una precaria gobernabilidad. corrupción en los manejos del erario público, inexistencia de políticas públicas dirigidos a especificidades como departamento fronterizo no pasa de la informalidad misma del tránsito binacional de los wayúu tanto que sus actividades comerciales realizadas ancestralmente aún hoy día es calificado como contrabando, implementación de megaproyectos en territorios ancestrales que han venido sesgando a las autoridades y representantes del pueblo Wayúu y debilitando así al pueblo y así han venido perdiendo gran parte de su territorio y la militarización de algunos sectores del territorio (especialmente en los municipios de Albania, Maicao y Uribia - Alta Guajira).

En toda la frontera colombo venezolana, en la jurisdicción del Departamento Guajiro existe la presencia de la guerrilla, el frente 59 de las FARC y un reducto del ELN en sectores específicos. Las FARC - EP hacen presencia del lado venezolano a lo largo de toda la frontera. En la frontera desde la Jagua del Pilar hasta Maicao tienen sus operaciones y en el municipio de Uribia a través de puertos naturales en el mar Caribe, por dónde sacan la droga.

Igualmente, en los sectores urbanos de los 10 municipios fronterizos guajiros hay presencia de grupos paramilitares dedicados a la extorsión, narcotráfico, homicidios selectivos y otros delitos. También hacen presencia en el resto de municipios, especialmente en los municipios de Riohacha y Dibulla (por los que comparten una vía importante para todos los sectores Guajiros que es la troncal del Caribe lo que las comunica y las relaciona) donde han mantenido un constante actuar que ha ocasionado desplazamientos, reclutamientos forzados, actos con artefactos explosivos tras el no pago de extorsiones por parte de sus víctimas: manteniendo un mayor porcentaje de actividad delictiva.

En el municipio fronterizo de Uribia además de bandas delincuenciales de diversos tipos dedicados al pillaje en la zona rural (Alta Guajira), también operan grupos ilegales paramilitares.

Todos estos factores mantienen en riesgo a las comunidades que están alrededor donde se dan estos hechos y en donde hacen presencia los grupos armados mencionados y sus actividades. En estas comunidades han ocurrido desplazamientos masivos en años anteriores y están en riesgo constante.

Del hecho victimizante desplazamiento forzado registrado entre los años 1985-2014. el 2.15% corresponde al departamento de La Guajira.

Años 1985 a 2014PERSONAS
EXPULSADAS
PERSONAS
RECIBIDAS
PERSONAS
DECLARADAS
Nacional5.882.7625.897.9375.963.796
La Guajira112 548121 934122,095

En el Departamento de la Guajira en año 2013 se presentaron 30 atentados terroristas con artefactos explosivos de acuerdo a la base de dalos SIEDCO (sistema de información estadística delincuencial, contravenciones y operativa de la policía Nacional), en los municipios de: Barrancas (5), Fonseca (3), Albania (8. contra línea férrea del Cerrejón), el Molino (1). Maicao (6), Riohacha (2). Distracción (1), Villanueva (1), Uribia (2) y Urumita (1). Unas contra la línea férrea del Cerrejón, otras contra comerciantes, en Barrancas contra la alcaldía y otras entidades. Si bien, el desplazamiento forzado interno presenta índices de disminución en el tiempo, como se observa en la tabla 2 y en el gráfico No. I, este hecho victimizante persiste, debido a que las causas del conflicto armado interno y las distintas violencias estrechamente ligadas a éste se mantienen.

AñoNo. PERSONAS EXPULSADAS
20006.469
20014.659
200217.181
20039.980
20049.851
200513.317
200612.861
20078.461
20088.011
20094.350
20102.563
20111.820
20122.649
20131.515
201469

Frente al hecho victimizante del desplazamiento forzado (individuales y/o colectivos), al interior de las organizaciones de víctimas se menciona un subregistro, ya que la mayoría de las personas se desplazan dentro de la zona rural (veredas o corregimientos cercanos) del mismo municipio y no declaran por temor y el índice de negación de la condición de víctima es eminente, el principal motivo es que el actor armado ilegal que hace presencia en la zona y es causante de los hechos que generan los desplazamientos.

En el departamento de La Guajira continúa la dinámica de conflicto armado en las zonas rurales conformada por la Serranía del Perijá con presencia del frente 59 de las FARC y en los cascos urbanos con operaciones de los grupos armados post desmovilización. La guerrilla, así como los grupos paramilitares, han estado extorsionando a comerciantes, ganaderos en los municipios fronterizos, especialmente en el sur de La Guajira. Las comunidades se han visto afectado por acciones armadas perpetradas por grupos armados organizados al margen de la ley, amenazas e Intimidaciones y homicidios de carácter selectivo, que mantiene la crisis humanitaria en este departamento.

Por ejemplo, en el municipio de Riohacha se incrementaron los niveles de inseguridad presentándose un mayor nivel de violencia generalizada por parte de los grupos paramilitares post desmovilización que operan en el municipio como Rastrojos. Urabeños y bandas delincuenciales que logran crear zozobra en la ciudadanía. Estas situaciones de violencia generalizada ponen en riesgo la vida de los líderes, que como es sabido son las cabezas visibles de las causas.

En los municipios del sur de la Guajira aún existe la influencia de los grupos paramilitares que tenían y, aún tienen grandes Influjos sobre los primeros cargos de varios municipios, por lo que aún se siente el temor en los líderes y el dominio paramilitar en la situación de riesgo, especialmente en municipios como Barrancas, Fonseca, Villanueva, Urumita, Riohacha, Maicao, Manaure, Dibulla y Uribia.

Normas vinculantes:

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por el Estado colombiano mediante la Ley 74 de 1968, establece el derecho a no ser discriminado por razones de diversidad cultural, uso de lengua propia o práctica de creencias espirituales diferentes.

Principios rectores del desplazamiento interno, profundizan sobre los diferentes derechos de la población víctima del desplazamiento forzado.

En materia legislativa y reglamentaria se han adoptado leyes y decretos que amparan los derechos de la población desplazada y víctima del desplazamiento forzado: ley 387 de 1997 y sus decretos reglamentarios y ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios.

En Colombia son aplicables para los conflictos armados internacionales y no internacionales los siguientes instrumentos:

Los Cuatro Convenios de Ginebra, aprobados por el Congreso de la República, por medio de la Ley 5 de 1960 y promulgados mediante el Decreto 1.016 del 14 de mayo de 1990.

La Convención de la Haya de 1954, sobre la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado, aprobada mediante la Ley 340 de 1996.

Los Protocolos Adicionales I y II, el primero aprobado mediante la Ley 11 de 1992 y en vigencia desde el primero de marzo de 1994. El segundo fue aprobado por medio de la Ley 171 de 1994 y entró a regir el 15 de febrero de 1996.

5. En relación con la prevención de Riesgos de violaciones de derechos Humanos y DIH

Durante el periodo comprendido entre el año 2009 y 2014, el Sistema de Alertas Tempranas el SAT advirtió nueve (9) situaciones de riesgo, correspondientes a seis (6) Informes de Riesgo y (3) Notas de Seguimiento para cuatro (4) municipios del departamento: Dibulla. Riohacha, Maicao y Uribia.

En cuanto hace referencia a los grupos poblacionales(6), el SAT advirtió riesgo en las comunidades afrocolombianas en dos (2) de las situaciones advertidas, para comunidades indígenas identificó riesgo en 9 documentos de advertencia. Por su parte la categoría que agrupa a otra población civil correspondiente a comunidades compuestas por colonos, campesinos y población mestiza, se identifica riesgo en 7 de las situaciones de riesgo advertidas.

En este periodo, la categoría que agrupa a los nuevos grupos armados ilegales post desmovilización de las Autodefensas aparece como el principal factor de amenaza, en las 9 situaciones de riesgo advertidas. Las más representativas estructuras armadas que han sido identificados en el departamento son Los Urabeños, Los Rastrojos y el Frente Contrainsurgencia Wayuu - o grupo de la Alta Guajira.

Las Pare han sido identificadas como fuente de amenaza en tres (3) de las situaciones de riesgo advertidas, específicamente, por la presencia y accionar del Frente 59.

Situaciones de riesgo advertidas por actor fuente de la amenaza(7)

Normas vinculantes:

- La Ley 1106 de 2006 (Ley de Orden Público), prorrogada por la Ley 1421 de diciembre 21 de 2010

- El Decreto 2890 del 12 de diciembre de 2013. por medio del cual se crea y reglamenta la Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas del Ministerio del Interior.

6. En relación con los Derechos Colectivos y del Ambiente

- Se realizó una visita de campo por parte de la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente a los sistemas de tratamiento de agua del municipio de Uribia; una socialización sobre la garantía y el ejercicio del derecho humano al agua a los representantes de las juntas de acción comunal, veedores y a la comunidad en general; reuniones con el prestador del servicio, con el alcalde y asesores del despacho, el personero entre otros.

- Se analizó la información recopilada mediante: a) visitas de campo, b) información suministrada mediante oficios por la alcaldía municipal de Uribia, c) análisis de información suministrada mediante reuniones sostenidas con la Personería Municipal de Uribia, la empresa prestadora del servicio público domiciliario de acueducto "Acueducto Alcantarillado y Aseo de Uribia S.A.S. E.S.P. ”, entre otros, d) información suministrada por la población civil, líderes de comunidades y funcionarios del Concejo Municipal.

- En el marco del informe defensorial "Acciones para el impulso del derecho humano al agua en Colombia: Una mirada crítica al sector de agua potable y saneamiento básico”, se hicieron recomendaciones relacionadas con el componente de disponibilidad del derecho humano al agua, específicamente sobre la sostenibilidad del recurso hídrico(8).

- De igual forma, en el marco del informe defensorial “La Gestión Comunitaria del Agua” se advirtió sobre la brecha existente entre el sector urbano y el sector rural y se realizaron recomendaciones encaminadas a garantizar los derechos de la población de la zona rural y fortalecer procesos organizativos en torno a la gestión comunitaria del agua, procesos que se están dando en algunas zonas de la Guajira(9).

- La Defensoría Regional Guajira realizó visitas a diferentes municipios para evidenciar conflictos socio ambiental.

- La Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente y Defensoría Regional, realizaron visita al punto de vertimiento de aguas residuales de la ciudad de Riohacha, evidenciando la problemática que padecen los habitantes de los barrios Nuevo Faro. Marbella, Villa Belén y Los Deseos, ubicados en proximidades del vertimiento, igualmente se visitó el sitio de disposición final en la ciudad de Riohacha. observando la presencia de comunidades y animales en la zona.

Normas Vinculantes:

Marco normativo general relacionado con el derecho humano al agua

La Constitución Política establece que el servicio público se configura como eje fundamental del Estado Social de Derecho, con el fin de garantizar bienestar general de la población y el mejoramiento de su calidad de vida.

El artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos humanos reconoce que un nivel de vida adecuado involucra la salud y el bienestar; bienes que sólo pueden ser garantizados efectivamente con la existencia de diversas condiciones como la debida prestación de los servicios públicos, la alimentación y la vivienda entre otros.

El Artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos. Sociales y Culturales consagra "el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia (...)”. El mismo Pacto se refiere al derecho a la salud en su concepción integral al reconocer el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

De igual forma, es importante destacar lo señalado en la Observación General No. 15. en la que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, enmarca el derecho al agua, como el derecho de lodos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible para el uso personal y doméstico.

El Comité en mención determina que la salud es un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos. Al definirlo "como un derecho inclusivo que no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores determinantes de la salud (...), presupone que su realización exige la aplicación de una amplia gama de factores socioeconómicos que promueven "(...) el acceso al agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición adecuada, una vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud".

El artículo 79 de la Constitución Política estipula que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.

Según el artículo 80 corresponde al Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible. su conservación, restauración o sustitución.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 82 es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.

El Capítulo 5o título XII de la Carta Política consagra dentro de las finalidades sociales del Estado la prestación de los servicios públicos, asegurando su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio, la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios.

La Ley 142 de 1994. en su artículo 2 establece las condiciones de intervención del Estado en la prestación de los servicios públicos.

El artículo 5 de la misma Ley establece la competencia de los Municipios en cuanto a la prestación de los servicios públicos.

El artículo 26 señala que en cada municipio las empresas prestadoras de servicios públicos estarán sujetas a las normas generales sobre planeación urbana, circulación, tránsito, uso del espacio público, seguridad y tranquilidad ciudadanas.

La Ley 99 de 1993, en su artículo 111 declara de interés público las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua los acueductos municipales y distritales y define que los departamentos y municipios dedicarán durante quince años un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos, de tal forma que antes de concluido tal período, haya adquirido dichas zonas.

No sólo debe garantizarse el acceso a los servicios públicos sino que su prestación debe fundarse en criterios de calidad, tarifas justas y condiciones de igualdad. El régimen tarifario debe obedecer a los principios de eficiencia, suficiencia y equidad, que permitan la protección del derecho de los usuarios a contar con servicios públicos de calidad.

En el marco de la Constitución y la ley. las empresas de servicios públicos deben evitar prácticas restrictivas de la competencia durante la prestación del servicio y, por consiguiente, impedir el cobro de tarifas que no cubran los gastos de operación del mismo; todo operador debe garantizar un mínimo de calidad del servicio en condición de continuidad y de eficiencia, un mayor grado de cobertura y ofrecer tarifas aplicadas en condiciones de eficiencia económica. La provisión de los servicios con buenos niveles de calidad reduce los índices de morbilidad y mortalidad de la población.

Otras normas ambientales a tener en cuenta

Ley 23 de 1973. Su propósito es prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes del territorio nacional. Define responsabilidades por daño ambiental.

Decreto 2811 de 1974 -Código de Recursos Naturales. El artículo 10 dice que la preservación y manejo de las aguas son de utilidad pública e interés social. El Código regula la utilización del recurso agua así como el uso y regulación de los suelos y de los residuos, basuras, desechos y desperdicios, entre otros aspectos.

Ley 09 de 1979 -Código sanitario. Por medio de esta ley se dictan normas sanitarias sobre protección del ambiente y control sanitario de los usos, suministro y potabilización del agua; los residuos sólidos y líquidos y la disposición de excretas, entre otros temas.

Ley 99 de 1993. Establece una serie de directrices sobre el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, entre ellos el agua, aire y suelos. Consagra el concepto de desarrollo sostenible, el principio de precaución y los trámites encaminados al otorgamiento de autorizaciones, permisos, concesiones y licencias ambientales para el uso de los citados recursos así como las sanciones y multas por el incumplimiento de las normas ambientales. De otro lado, regula los instrumentos financieros para la gestión ambiental, entre los cuales se encuentran las tasas retributivas y compensatorias por la utilización directa o indirecta de los recursos de agua y suelo.

Decreto 948 de 1995. Reglamenta todo lo relacionado con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.

Ley 388 de 1.997. Propende, entre otros aspectos relacionados, por el establecimiento de los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas eficientes.

7. En relación con la dirección del seguimiento, evaluación y monitoreo de las Políticas Públicas para la realización de los Derechos Humanos

Descripción del problema.

-Según las cifras de mortalidad por deficiencias y anemias nutricionales en menores de 5 años entre 2010 y 2013, de todos los departamentos y sus ciudades capitales. La Guajira y Riohacha presentan los datos más altos de mortalidad: 132 y 62 casos, respectivamente.

-En La Guajira el 59.1% los hogares están en inseguridad alimentaria (las cifras nacionales son: 42,7 %).

-El 27,9% de niños y niñas menores de 5 años presentan desnutrición crónica (las cifras nacionales son: 13,2 %), mientras que 11,2 % presenta desnutrición global (las cifras nacionales son: 3.4 %).

-En cuanto al hambre oculta o deficiencia de micronutrientes, tenemos como ejemplo de la situación alimentaria en La Guajira, la prevalencia de anemia en niños y niñas entre los 6 y los 59 meses de edad, la cual es de 38.9 % (las cifras nacionales son: 27.5 %).

-Respecto a la situación de la lactancia materna, la mediana de la lactancia total es de 14,2 meses (la nacional es de 14.9 meses) y de la exclusiva de 1.1 meses (la nacional es de 1,8 meses).

-La mortalidad infantil y la desnutrición en La Guajira afecta especialmente a la población Wayúu. En el departamento no hay una caracterización real de la población Wayúu y mucho menos de sus necesidades en materia alimentaria. La estructura de salud es insuficiente, la cual se refleja en el poco personal que debe manejar la problemática alimentaria y de morbimortalidad asociada. Existe dispersión y desarticulación de programas y acciones, con pocos desarrollos en materia de detección y prevención del hambre en el departamento.

-La vulneración del derecho a la alimentación adecuada en el departamento de La Guajira evidencia graves falencias de las políticas públicas y de los planes en Seguridad Alimentaria y Nutricional del departamento y los municipios. Estas falencias de política se inscriben en un contexto de carencias estructurales inadecuadamente enfrentadas por el Estado, especialmente en la salud, la generación de opciones productivas para la población más vulnerable, el acceso al agua y otros recursos naturales.

-La Defensoría del Pueblo en visita realizada a comunidades indígenas y a Instituciones Departamentales y municipales de la Guajira constató: las muertes de niños y niñas por hambre. Limitada cobertura de los programas del ICBF dirigidos a niños, niñas y mujeres gestantes y lactantes. Grave sequía, falta de acceso agua potable y consumo de agua contaminada. No se realiza la búsqueda activa de niños y niñas con desnutrición: no se evidencia seguimiento a los usos e impactos de los aportes alimentarios entregados. Débil coordinación de actividades con otras entidades y sectores. No existen estrategias con las comunidades orientadas a desarrollar capacidades en torno a la alimentación.

-Carencia de sistemas de información sobre la población rural. Limitado presupuesto para atender a toda la población vulnerable. Desarticulación de proyectos y programas y debilidad de la política pública de Seguridad Alimentaria y Nutricional. Ausencia de acciones a mediano y largo plazo que reviertan el problema del hambre. Violaciones a los derechos la vida, la salud, la dignidad c integridad, al mínimo vital, a la alimentación, a la educación.

-La Guajira ha sido escenario del conflicto interno y del desarrollo de actividades extractivas que sin duda han afectado las dinámicas consuetudinarias de tenencia, uso y preservación de sus territorios por parte de los pueblos indígenas.

-Desde la especificidad de las obligaciones estatales en relación con el derecho a la alimentación adecuada, el Estado colombiano ha incumplido con su obligación de realizar (facilitar), al no haber propiciado el seguimiento a la situación alimentaria del departamento, al manejo de los recursos (incluyendo las regalías), y al no haber desarrollado procesos participad vos de control social y rendición de cuentas a todas las entidades y funcionarios cuyo quehacer se relaciona de manera directa o indirecta con la alimentación, la salud, la educación, la protección ambiental y la implementación de políticas para la superación de la pobreza y atención adecuada a la población indígena.

-Del mismo modo, ha incumplido esas obligaciones al no haber realizado acciones efectivas que evitaran la muerte de personas a causa del hambre o de enfermedades asociadas a ella. Esta situación es particularmente grave en la medida que desde hace casi una década el departamento ya evidenciaba, en los propios informes estatales sobre la materia.

Educación primaria, secundaria y media

Las tasas de cobertura en educación primaria, secundaria y media del departamento de La Guajira resultan preocupantes al encontrarse en un 66% para transición. 84% para primaria. 47% secundaria y un 30% en media.

Educación superior

En el año 2013, según datos del Ministerio de Educación Nacional, la tasa de cobertura para la población entre 17 y 21 años de edad fue de 16.3% para todo el departamento, frente a un 45.5% de promedio nacional. Esta es una de las tasas de cobertura en educación superior más bajas del país, incluso inferior a la que se presenta en el departamento de la Chocó (23% para esa misma anualidad).

En la actualidad sólo existen 2 instituciones de educación superior con domicilio principal en el departamento de La Guajira (Universidad de La Guajira y el Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional San Juan del Cesar). Estos dos establecimientos ofrecen un total de 49 programas con registro calificado, de los cuales 44 se encuentran en el municipio de Riohacha y 5 en otros municipios como Maicao y Uribia.

La oferta de educación en el departamento es complementada por instituciones oficiales y privadas que, sin tener domicilio en la región, permiten el acceso a programas técnicos profesionales, tecnológicos y universitarios a la población de La Guajira.

Las bajas cifras de cobertura en educación superior sin duda inciden en los bajos niveles de rendimiento académico de las/los estudiantes del Departamento, como lo revela el índice de Progreso Educativo (IPES), que se establece en función del desempeño de los estudiantes en las pruebas Saber Pro (áreas de comunicación escrita, lectura crítica y razonamiento cuantitativo), del número de estudiantes matriculados en la educación superior de acuerdo al lugar de origen y el porcentaje de estudiantes graduados de educación superior.

Los datos del Ministerio de Educación Nacional para el año 2013 ubican al departamento de La Guajira en el último lugar en materia de progreso educativo. Así, el IPES de La Guajira (11.8%) es inferior al promedio nacional de 28.8% y está muy por debajo de los índices que presentan Bogotá. Boyacá, Santander y los departamentos del Eje Cafetero (que están entre un 28 y 37% de progreso educativo).

Adicionalmente, la información con la que cuenta el Ministerio de Educación Nacional también revela que ese índice de progreso, en el caso del departamento de La Guajira, no sólo, no está mejorando, sino que incluso se ha deteriorado de forma significativa durante los últimos años, pasando de un 12.9% en 201 1 a un 11.8% en 2013.

La Defensoría del Pueblo en visita realizada a comunidades indígenas de los municipios de Riohacha y Manaure y a Instituciones Departamentales constató que los niños, niñas y adolescentes de las comunidades asisten a lugares denominados “escuelas satélites", las cuales funcionan en campo abierto, no cuentan con las condiciones mínimas para el desarrollo de las actividades académicas (salón de clases, pupitres, kit escolar, batería sanitaria). Los niños presentan desnutrición. No disponen de agua para el consumo humano. Se observa ausencia de programas de complemento nutricional en estas comunidades.

Se observa desconocimiento de las normas concernientes con el derecho a la educación: marcadas debilidades en la ejecución de actividades de inspección, vigilancia y control desde el sector educativo y en la coordinación interinstitucional y con el ICBF. Desarticulación institucional como una de las mayores dificultades en el desarrollo de programas o proyectos que impacten la problemática. Las entidades del nivel departamental y municipal atribuyen como causa de la desnutrición y la fragilidad de la calidad de vida de NNA los "usos y costumbres” de las comunidades indígenas.

Normas Vinculantes:

- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

- Comité de Derechos Económicos. Sociales y Culturales. Observación general No. 3 sobre la índole de las obligaciones de los Estados Partes.

- Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Observación general No. 12. El derecho a una alimentación adecuada.

- Comité de Derechos Económicos. Sociales y Culturales Observación general No. 13 sobre el derecho al disfrute del más alto nivel de educación.

- Ley 115 de 1994 Por la cual se expide la Ley General de Educación.

- Conpes 113 de 2008. Política Nacional De Seguridad Alimentaria y Nutricional (PSAN).

8. En relación con los derechos de las mujeres y los asuntos de género

La difícil situación en el departamento de La Guajira, marcada por altos índices de pobreza(10) y la falta de políticas para garantizar el acceso a derechos fundamentales, se une a una cultura que legitima y justifica la violencia contra la mujer, desde una tradición machista, independientemente de si se cuenta con un sistema patriarcal o matrilineal como el existente en el pueblo Wayúu.

De acuerdo al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias forenses, durante el año 2013, ocurrieron 8 homicidios de mujeres en el departamento (3 en Riohacha. 3 en Maicao y 2 en Dibulla), se registraron 412 casos de violencia de pareja donde la víctima es mujer. 62 de violencia entre otros familiares donde la víctima también es una mujer y 423 casos de violencia interpersonal.

Respecto a los exámenes sexológicos por presunto delito sexual, se registraron 182 casos, la mayoría de estos ocurridos en Riohacha y Maicao, frente a 176 registrados en 2012. De estos, en el 66% de los casos el agresor es una persona conocida por la víctima y un 14% corresponde a algún miembro de la familia nuclear, finalmente es de resaltar que el 69% de los casos ocurrieron en espacios familiares y solamente el 31% en espacios públicos.

Tal como lo demuestran los diferentes diagnósticos realizados en la región, estas cifras no encuentran respuesta en una política pública del nivel local (departamental o municipal) que responda a los compromisos adquiridos por Colombia para erradicar la violencia contra las mujeres. Tal es el caso del Plan de Desarrollo del Departamento 2012 - 2015. que aunque menciona dentro del derecho al bienestar y la prosperidad menciona el "derecho para la equidad de la mujer”, reconociendo la falta de políticas al respecto, y planteando algunas metas frente al fortalecimiento de las organizaciones de mujeres, el diseño de una política pública, la generación de ingresos para mujeres y la disminución de la violencia intrafamiliar no existen acciones concretas al respecto. Dentro de la gobernación no se reconoce ninguna instancia (dependencia o secretaría) a cargo del tema, y en el presupuesto aprobado solamente hay dos acciones con un presupuesto bastante reducido: la planeación curricular con perspectiva de género y la coordinación interinstitucional contra la violencia intrafamiliar. Vale la pena señalar que no se menciona la Ley 1257 de 2008. olvidando el artículo 9o de la misma ley que obliga a esto. Esto podría demostrar cierto desconocimiento al respecto.

En la región también existe muy poco conocimiento de los marcos normativos nacionales e internacionales relacionados con los derechos de las mujeres, existe una baja divulgación de las leyes, derechos, y rutas para la atención de las mujeres víctimas, sin contar con la falla de eficacia en la respuesta y reivindicación de sus derechos. También existe un bajo nivel de articulación interinstitucional, y no se cuenta con un sistema de información que ofrezca datos estadísticos confiables, así como una caracterización de la población afectada.

Normas vinculantes:

Dentro del marco internacional de los derechos de las mujeres, es fundamental la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer-CEDAW, aprobada en Colombia mediante la Ley 51 de 1981 desarrollada por el Decreto 1398 de 1990 y el Decreto 4685 de 2007 por medio del cual se promulga el "Protocolo facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Igualmente, el estado colombiano desde todas sus instancias, en este caso las autoridades del Departamento de la Guajira está comprometido con el cumplimiento de la Convención Internacional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer- Belem Do Para, aprobada mediante la Ley 248 de 1995.

En el marco nacional de los derechos de las mujeres cobra importancia la Ley 1257 de 2008 por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de las formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos de procedimiento penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Esta es desarrollada mediante cinco decretos normativos que reglamentan la atención en salud, el establecimiento de medidas de protección, de atención y estabilización, así como las condiciones para favorecer una mayor incorporación al mundo laboral. (Decreto 2733 de 2012. Decreto 2734 de 2012, Decreto 4463 de 2011. Decreto 4796 de 2011, Decreto 4798 de 2011 y Decreto 4799 de 2011).

9. En relación a los Derechos para la política Criminal Penitenciaria

La Defensoría del Pueblo ha prestado especial atención al cumplimiento de las disposiciones plasmadas en el modificado estatuto penitenciario y en las directrices internacionales en cuanto al tratamiento de reclusos, con el fin de que todas las acciones que se implementen redunden en mejores condiciones para los internos, sin embargo, es innegable que la constante vulneración de derechos continúa. La precariedad en la infraestructura, la situación de hacinamiento y la deficiente prestación de servicios básicos, evidencian la necesidad de implementar políticas públicas que transformen la condición indigna a la que se ve abocada la población reclusa.

Conforme a lo expuesto, y en aras de construir una política pública adecuada y consistente con los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, el día 10 de diciembre de 2014 el Defensor del Pueblo encabezó una visita al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Riohacha, con el objeto de corroborar las condiciones de habitabilidad del centro de reclusión más hacinado del país.

frente a la problemática anotada, cabría destacar los siguientes puntos:

Hacinamiento

A diferencia de la tendencia nacional, el número de reclusos ha aumentado en lo transcurrido del año. El EPC de Riohacha está habilitado para albergar 100 reclusos y registraba para el 31 de enero de 2014 una población de 449 internos, para un hacinamiento de 349%. en tanto que para el 31 de julio del presente año es porcentaje aumentó al 460 % ya que el número de reclusos ascendió a 560. El establecimiento de Riohacha siempre ha presentado el índice de hacinamiento más alto del país superando su capacidad en más de un 400%, lo que reduce el espacio por cada interno a cifras que desdibujan cualquier estándar internacional que propugna por una reclusión en condiciones de dignidad y humanidad(11).

En cuanto a la infraestructura física el centro posee unas condiciones locativas deplorables, tiene un alto grado de deterioro y graves deficiencias estructurales, además existe un colapso en la prestación del servicio de salud. Especial atención merece el nivel de hacinamiento que se presenta en el establecimiento por ser el más alto del país, razón por la cual permanentemente se ha buscado la construcción de otro recinto de reclusión en el Departamento. Para evaluar las condiciones de detención y el trato de los reclusos se tomó como punto de partida el espacio que tiene cada recluso a su disposición, para calcularlo se comparó el área total del patio con el número de internos que aloja el mismo. A la fecha de la visita (29 de abril de 2014) había 526 internos distribuidos de la siguiente manera: en el patio 1 que tiene una capacidad para 30 internos y un área de 85.89 metros cuadrados albergaba 138 internos, lo que significa un espacio de 63 centímetros para cada persona. En el patio 2 se encontraron 325 internos, número que comparado con los 177.5 metros cuadrados de área del patio, arroja un área disponible de 53 centímetros para cada persona; en el patío 3 que cuenta con una capacidad para 60 internos 15 metros cuadrados de área total se encontraron 325 internos lo que implica un espacio de 60 cm por persona. Finalmente, el patio 4 con una capacidad de 10 internos y un área 67.7 metros cuadrados albergaba 38 reclusos, lo que corresponde a 1.7 metros para cada uno.

Si bien no existe a nivel nacional, ni internacional, una regla clara que especifique la medida espacial mínima con que deben contar las personas privadas de la libertad, las directrices o recomendaciones emitidas por otros países sobre la materia pueden ser una guía que establezca mínimos de dignidad, ese cálculo recomienda un espacio al menos de 5.4 m2 de alojamiento en celda individual y 3.4 m2 por persona en dormitorio compartido(12).Una mirada a cada uno de los cuatro patios que compone este establecimiento revela la denigrante situación a que se ven sometidas las personas que pierden su libertad y son recluidas en la ciudad de Riohacha. si bien no existe a nivel nacional ni internacional una regla clara que especifique la medida espacial mínima con que deben contar las personas privadas de la libertad, las directrices o recomendaciones emitidas por otros países sobre la materia pueden ser una guía que establezca mínimos de dignidad, ese cálculo recomienda un espacial menos de 5.4 m2 de alojamiento en celda individual y 3.4 m2por persona en dormitorio compartido.

Preocupa especialmente el alto número de sindicados recluidos en el EPC de Riohacha, que al 16 de diciembre del presente año ascendía a quinientos diecisiete (517), esto es. el 87.5% del total de la población carcelaria del establecimiento. El elevado número de sindicados da cuenta de la congestión del aparato judicial y de la imposibilidad que asiste a los operadores jurídicos para resolver prontamente la situación jurídica(13) de los reclusos; contexto que agrava el hacinamiento en razón a la imposibilidad de efectuar el traslado de los procesados por el arraigo procesal que los vincula. La alta cifra de sindicados en el establecimiento de Riohacha desdice de la aplicación racional de la detención preventiva en respeto del derecho a la presunción de inocencia y obstruye la posibilidad de dar cumplimiento a lo estipulado en la normativa nacional e internacional referente a la obligación de separar internos condenados y sindicados.(14)

Ahora bien, con relación al número de internos condenados se ha presentado un leve descenso, ya que al 31 de enero el total era de 79 y a 16 de diciembre la cifra disminuyó a 73. Como anexo al presente informe pueden consultarse las gráficas que ilustran el aumento de la población carcelaria en el establecimiento cuya situación se analiza, y la tendencia identificada por la Defensoría(15).

Con el propósito de mitigar los efectos de la situación humanitaria, la Defensoría Delegada para la Política Criminal también participó de manera activa en las jornadas de descongestión carcelaria, tendientes a determinar si algunas de las personas condenadas y privadas de la libertad en el establecimiento cumplían requisitos para ser favorecidas por beneficios judiciales o administrativos y, tratándose de sindicados, si era procedente la sustitución de la medida de detención preventiva en establecimiento carcelario por detención domiciliaria. Las jornadas se desarrollaron los días 28, 29 y 30 de julio de 2014 y como resultado se adelantaron 18 audiencias. En relación con los sindicados se verificó la concesión de dos (2) sustituciones de detención preventiva, una (1) libertad por vencimiento de términos y una (1) libertad provisional. En el programa de condenados se otorgó una (1) prisión domiciliaria con el sistema de vigilancia electrónica y se reconocieron once (11) redenciones de pena. Un total de cinco (5) personas recobraron su libertad.

Hallazgos

Instalad unes eléctricas.

El establecimiento de reclusión posee una planta eléctrica que data de hace aproximadamente 20 años, se encuentra deteriorada y la carga se ha triplicado. La red eléctrica representa un alto nivel de riesgo de corto circuito. Representantes del INPEC informaron que en el mes de febrero se finalizó el contrato de intervención de las redes eléctricas, sin embargo, la problemática persiste y a diario se presentan bajas de luz por la sobrecarga eléctrica que se genera debido al constante uso de ventiladores ante las implacables temperaturas que azotan la ciudad y que se incrementan al interior del establecimiento.

Sistema hidrosanitario

i) Mediante visita de inspección efectuada por funcionarios de la Defensoría Delegada para la Política Criminal y Penitenciaria los días 4 al 7 de junio de 2014, se pudo constatar las deplorables condiciones del sistema sanitario (duchas, albercas, inodoros), en el patio 1 se encontraron 5 retretes de los cuales 3 estaban en servicio y 2 dañados, éstos son externos así que no se pueden utilizar en horas de la noche, de este modo los internos deben hacer sus necesidades al interior de las celdas haciendo uso de bolsas plásticas, lo anterior desemboca en una proliferación de olores nauseabundos y en la carencia de condiciones generales de salubridad.

Por otra parte, se encontró que el agua no se suministra de manera constante ni en condiciones aptas para el consumo humano, el horario en que se provee es de 5:00 a 7:00 a.m. y de 2:00 a 4:00 p.m., lo cual deviene insuficiente de cara a la necesidad hídrica de un recinto que alberga más de 500 personas. Anexo al presente informe se allegan fotografías que dan cuenta de la problemática analizada. [Anexo 2],

Servicios médicos

El servicio de sanidad en el EPC de Riohacha se encuentra recientemente reparado y se compone de un área de odontología, una de consultorio y otra de hospitalización. El establecimiento cuenta con un profesional de la salud que presta sus servicios 4 horas de lunes a viernes. Los días sábados y domingos no hay personal que atienda problemas de salud del establecimiento.

Adicionalmente, el área de sanidad no cuenta con las condiciones necesarias para prestar un servicio de salud adecuado a la población carcelaria. En particular, el establecimiento carece de farmacia y de los medicamentos necesarios para atender a los reclusos que padecen de enfermedades crónicas como VIH, enfermedades infectocontagiosas, enfermedades mentales y otras prioridades clínicas lo que ha generado un serio deterioro en los pacientes.

De igual modo, el establecimiento carece de los servicios de psicólogo, cada cuatro meses asiste un psiquiatra, quien valora a los internos en medio día. pese que cuenta con una Unidad de Tratamiento Especializado -UTE- que alberga a algunos internos (18) que padecen de trastornos psiquiátricos sobrevinientes.

Existe un grave represamiento en las citas con especialistas pues en Riohacha no hay médicos especializados. Tampoco se realizan terapias respiratorias o físicas ni cirugías y no se cuenta con un laboratorio clínico. La situación de los internos que pertenecen al régimen contributivo es crítica toda vez que las posibilidades de traslado son muy escasas.

Al constatar la grave situación en el ámbito de la salud de la población reclusa, se envió un requerimiento a CAPRECOM, entidad a cuyo cargo se encuentra la prestación de este servicio, conforme a lo estipulado en la legislación vigente, con el Un de que se priorizara la atención a los internos que por su estado y en virtud a las enfermedades que padecen así lo requirieran.

Unidad de Tratamiento Especializado -UTE

Conforme lo establece la circular No. 056 de 2007 emitida por el INPEC. las UTE son "espacios destinados para alojar temporalmente con el objeto de estabilizar internos con dificultades de carácter sanitario, psicológico o de seguridad, de conformidad con los artículos 123, 125 y 126 de la ley 65 de 1993". En otras palabras, se trata de instalaciones que tienen un propósito eminentemente terapéutico o asistencial. que consiste en brindar tratamiento adecuado a aquellos reclusos con trastornos mentales sobrevinientes o enfermedades que impiden su reclusión junto con el resto de la población carcelaria. Por expresa disposición reglamentaria, y en concordancia con el artículo 24 de la ley 65 de 1993, la internación en las UTE es de carácter temporal, pues de advertirse que el padecimiento del recluso es permanente o se extenderá durante un período considerable, lo procedente es que se solicite el Juez de ejecución de penas y medidas de seguridad el traslado a un establecimiento de rehabilitación en salud mental o la concesión de la prisión hospitalaria, según el caso.

No obstante, las condiciones de la mayor parte de las UTE del país distan mucho de la finalidad asistencial que les asigna la ley y los reglamentos, por el contrario, las circunstancias de reclusión en dichas locaciones resultan incluso más precarias que aquellas que debe afrontar el resto de la población carcelaria. En el caso específico de la UTE del EPC de Riohacha, funcionarios de la Defensoría Delegada para la Política Criminal y Penitenciaria, durante visita de inspección adelantada a principios del mes de junio, constataron que los veintidós (22) internos allí recluidos, entre los cuales se encuentran algunos que padecen enfermedad mental sobreviniente carecen de la más mínima atención médica o psicológica. De igual modo, los funcionarios de la Defensoría recaudaron testimonios que dan cuenta de la gravedad y permanencia de los trastornos psiquiátricos de los internos recluidos en la UTE.

Las deficiencias estructurales de la UTE son igualmente graves. Esta locación está compuesta por tres (3) celdas carentes de iluminación y ventilación adecuada, los reclusos en su mayoría carecen de colchonetas y se ven obligados a dormir en el suelo.

Finalmente, debe censurarse que los internos recluidos en la UTE lleven meses, en dicho espacio. Como anteriormente se señaló, el propósito de las UTE es estabilizar a los reclusos, tarea que de no ser posible debe conducir a que se les traslade prontamente a centros para rehabilitación en salud mental o a que se les conceda la prisión hospitalaria.

Programas de resocialización. El establecimiento dispone de 100 cupos para desarrollar actividades educativas los cuales se dividen en grupos de 25, toda vez que sólo se cuenta con dos salones habilitados. El área prevista para las actividades de educación sólo cuenta con una oficina que cumple la función de biblioteca, oficina de atención y tratamiento, educativa, registro y control, y trabajo social. Para programas laborales se cuenta con 75 cupos que se dividen en actividades artesanales, recuperadoras ambientales, panadería y el expendio.

Según manifiestan los funcionarios, el INPEC ha dicho que los sindicados sólo pueden realizar actividades en artesanías o en educación lo que contraviene el artículo 79 del Código Penitenciario y es inquietante ante el alto número de internos en detención preventiva.

Los funcionarios del INPEC carecen de medios adecuados para el cumplimiento de sus tareas:

Frente a esta problemática cabría destacar que el establecimiento sólo cuenta con un (1) vehículo en funcionamiento para las remisiones a los juzgados de más de cuatrocientos (400) reclusos en condición de sindicados; razón por la cual no en pocas ocasiones las audiencias no se adelantan por ausencia del procesado. Conforme lo manifiesta el personal del INPEC, en el mes de mayo se llevó a cabo 196 remisiones y se dejaron de cumplir 82 remisiones por falta de vehículo y 24 por escasez de personal. De igual modo, los equipos de seguridad con que cuentan los funcionarios del INPEC se hallan deteriorados, tal es el caso de los Chalecos antibalas el material logístico (radios de comunicación) y el armamento.

Construcción de un nuevo establecimiento

Mediante sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira del 8 de febrero de 2006, Se ordenó al Ministerio del interior y de Justicia, al INPEC y al municipio de Riohacha, la construcción y habilitación de un nuevo establecimiento de reclusión en el municipio, para lo cual se otorga un término de un (1) año.

En la actualidad dicho centro no existe, la Gobernación de la Guajira, mediante Resolución 1174 del 09/09/2014 transfirió al INPEC a título gratuito un lote de terreno de 10 hectáreas identificado con la matricula inmobiliaria 210-46662 cédula catastral 00-03-0001-0673-00 del Municipio de Riohacha, para la construcción de un nuevo centro de reclusión en Riohacha. Según informe del Director del el EPC, el INPEC se encuentra realizando los diseños de la cárcel para posteriormente iniciar los trámites de licitación para la construcción.

Conclusiones.

La Defensoría del Pueblo encuentra que la precaria situación del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Riohacha es atentatoria de los derechos de las personas allí recluidas y pone en riesgo su vida e integridad personal, ante dicha coyuntura se considera que la cooperación armónica entre las entidades, aunada a una correcta implementación de políticas públicas redunda en la garantía de los derechos de las personas privadas de la libertad. Es entonces necesario hacer un llamado a las entidades responsables de la situación penitenciaria y carcelaria para que den cumplimiento a lo previsto en la legislación y aúnen sus esfuerzos en el compromiso de protección y garantía de los derechos humanos de la población reclusa.

Normas Vinculantes:

Sistema Universal de Derechos Humanos

- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, instrumento que consagra en el numeral 10 del artículo 10 que “Toda persona privada de la libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”

- Las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977.

- Los Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 45/1 11, del 14 de diciembre de 1.990

- El Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, adoptados por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 43/173. del 09 de diciembre de 1.998.

Sistema Regional

- Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual establece en el numeral 2o del artículo 5 que "Nadie debe ser sometido a Torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de la libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano".

- Resolución 1/08 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual consagra los principios y buenas prácticas sobre la protección de las personas privadas de libertad en las Américas.

Nivel nacional

- Ley 65 de 1993 por la cual se expide el Código Penitenciario y Carcelario, modificado mediante Ley 1709 de 2014.

- Sentencia T-153 de 1998. Magistrado Ponente: Eduardo Cifuentes Muñoz, mediante la cual se declara el estado de cosas inconstitucional dada la situación de hacinamiento en los establecimientos de reclusión del país

- Sentencia T-606 de 1998. Magistrado Ponente: José Gregorio Hernández Galindo, a través de la cual se declara el estado de cosas inconstitucional en materia de salud, asistencia médica y suministro de medicamentos a personas privadas de la libertad

Quinto. CONCLUSIONES

En materia de Salud

- La problemática de la morbimortalidad evitable de los niños, niñas de la Guajira es multi causal.

- La sequía, las altas temperaturas, la falta de agua potable dificultan la auto sostenibilidad de las comunidades indígenas.

- Manejo desarticulado por parte de las distintas entidades.

- Vulneración sistemática y masiva de los principios y derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social.

- Existe una prolongada omisión de las autoridades de salud en el cumplimiento de sus obligaciones que garantice los derechos fundamentales de las poblaciones indígenas y particularmente de sus niños.

- La desnutrición y las múltiples afecciones en el desarrollo de niños menores de 5 años son causa fundamental en lo que se denomina "discapacidad evitable'' por desnutrición”.

- Omisión y severa desarticulación y descoordinación interinstitucional e intersectorial, nacional y regional, en el cumplimiento de sus funciones y obligaciones para el abordaje incluyente y diferencial en salud y seguridad social de las problemáticas de la población indígena.

- Lo anterior denota un problema que va más allá de la calidad y de la oportunidad de la atención en salud: abandono social, falta de agua potable, hambre, inseguridad alimentaria en la población indígena de la guajira, condiciones higiénicas sanitarias deplorables y falla de saneamiento básico en la población indígena de la Guajira.

En materia de infancia, juventud y adulto mayor

- El 68% de la población de la Guajira está constituida por personas en el ciclo de vida en primera infancia, infancia, adolescencia y juventud.

- Los problemas asociados a la desnutrición afectan principalmente a los niños y niñas de 0 a 5 años, la etapa de la vida en que se desarrolla el 90% del desarrollo neuronal de los seres humanos, traduce niveles de relevo generacional, cultural de una sociedad en condición de vulnerabilidad, población indígena, población en situación de desplazamiento, población ubicada en zona rural y población afectada por los cambios climáticos.

- La Guajira es uno de los Departamentos que según la Encuesta Nacional de Salud y Situación Nutricional -ENSIN 2010- ha registrado los más altos índices de desnutrición Global (Peso para la edad) ocupando el primer lugar en Colombia con una prevalencia del 11,2.

Según el INS - informe 2014 «Mortalidad por y asociada desnutrición en menores de 5 años»: las muertes en menores de I año representan el 53,3 del total de los registrados: la edad mediana al momento de la muerte es de 9 meses.

- Por solicitud de la Delegada de infancia y adolescencia en la Red de Controladores en el mes de abril solicito un estudio de micro focalización al ICBF, éste se realizó en 147 comunidades del municipio de Riohacha: se encontraron 2.223 niños y niñas menores de 5 años, dentro de los cuales 2.065 (con el 93% de cobertura) no contaban con ninguna atención del Estado y solo 158 (7,2%) se encontraban en programas de primera infancia por parte del ICBF. adicionalmente 525 (24%) de niños y niñas se encontraron con problemas de desnutrición para intervención inmediata, y se encontraron 253 madres gestantes y lactantes que requerían ser atendidas en salud y en nutrición.

- Algunos funcionarios públicos continúan justificando la desnutrición y la fragilidad en la calidad de vida de niños y niñas en los usos y costumbres de las comunidades indígenas, ocultando así las responsabilidades de deficiencia de políticas públicas e irrespetando la diversidad cultural de los pueblos indígenas.

En materia de indígenas y las Minorías Étnicas

-Adelantar en de forma inmediata actividades de promoción y divulgación de los derechos de los pueblos indígenas, con las autoridades tradicionales y comunidades indígenas Wayúu, para:

- Fortalecer su capacidad de incidencia y exigibilidad de sus derechos en materia del respeto al gobierno propio y sus formas de organización y autonomía, según sus usos y costumbres.

- Promover mecanismos de participación amplios con las comunidades para apoyar ejercicios colectivos encaminados a la definición de prioridades de inversión en planes y proyectos efectivos para el mejoramiento de sus condiciones de vida a través del plan de vida del pueblo Wayúu.

- Frente a los procesos de ingreso a la rula de atención y reparación colectiva, las instituciones encargadas deberán respetar la organización social interna del pueblo Wayúu a efectos de lograr medidas de reparación idónea y apropiada a su cultura y derechos propios.

- Revisar los planes de ordenamiento territorial municipales para proteger los territorios ancestrales indígenas frente al crecimiento urbanístico y planes de desarrollo.

- A la dirección de consulta previa asegurar que en los procesos de socialización de la consulta previa se tenga en cuenta los mecanismos propios de información de la comunidad para una mayor apropiación y pertenencia del proyecto y sus beneficios.

En materia de la población en situación de desplazamiento

-Para la Defensoría del Pueblo es preocupante que según cifras oficiales de la Unidad de Víctimas para el año 2014 registra 125.122 víctimas del desplazamiento forzado en el Departamento, siendo incluidas en lo corrido del presente año 5.116 personas. Persistiendo la ocurrencia de desplazamientos masivos e individuales en los municipios de Fonseca, Maicao, Riohacha, Dibulla y Urumita.

-Dada la preocupación de las autoridades departamentales por asegurar la protección de los líderes y lideresas que hacen parte de las distintas Mesas de Participación de Víctimas en el departamento de La Guajira, se deben promover actividades tendientes a la evaluación de las situaciones de amenazas reportadas y conocidas (con la Unidad Nacional de Protección).

-Debido a la presunta falta de valoración de las declaraciones por parte de la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas -UARIV- se pide estudiar y valorar las declaraciones por desplazamiento, especialmente las del municipio de Dibulla.

-A falla de recursos para atender a la población en situación de desplazamiento las autoridades departamentales y municipales pueden asumir la competencia a partir de la promoción de proyectos para ser cofinanciados por la nación y articularlos a procesos de Estabilización y Consolidación Socioeconómica de las personas en situación de desplazamiento forzado.

-Para el restablecimiento de los derechos de esta población (entrega oportuna y diferencial de las ayudas humanitarias de emergencia; las reubicaciones y los retornos -cumpliendo los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad-), es importante que se active la complementariedad de los diferentes niveles de gobierno competentes (municipal, departamental y nacional).

-Es importante que el Comité de Justicia Transicional Departamental y municipales se reúnan, de conformidad con lo establecido en el Decreto 4800 del 2011.

En materia de la Prevención de Riesgos de violaciones de Derechos Humanos y DIH

-A pesar de los esfuerzos de las autoridades, la principal amenaza en materia de conflicto armado se deriva de la presencia y accionar de grupos guerrilleros y post desmovilización de las AUC en algunas zonas estratégicas del Departamento para el contrabando, el narcotráfico y la movilidad. Dicha amenaza surge del interés de los grupos armados por controlar grandes extensiones de territorio y a sus habitantes, lo que repercute en la implementación de esquemas de vigilancia que restringen la movilidad de los civiles, en amenazas contra la población civil y en homicidios selectivos.

-Esta situación se ve reflejada en el aumento de las amenazas. En el 2013. 23 I casos y en el 2014. 244, según el Registro Nacional de Información de la Unidad Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Es especialmente crítica la situación de amenazas a líderes sociales en cuanto son personas que tienen injerencia en el resto de la población y son quienes ostentan la labor de exigir los derechos de los demás ciudadanos desde la sociedad civil.

En materia de los Derechos Colectivos y del Ambiente

- Las inversiones en agua han sido netamente urbanas 87%, 13% para lo rural, mientras la población total es 54,7% urbana y 45,3% rural, con claros efectos en inequidad, seguridad alimentaria y necesidades básicas insatisfechas, entre otros aspectos. Once municipios (sin Uribia) presentan un índice de vulnerabilidad hídrica- IVH- considerable: Muy alto: 1. Alto: 4, Medio: 6.

- Ninguno de los 15 municipios dispone adecuadamente los residuos sólidos.

- Ninguno de los 15 municipios hace un tratamiento efectivo de las aguas residuales acorde con la normatividad.

- El abastecimiento de agua no es continuo ni suficiente para los usos personales, domésticos y productivos. No se han logrado las coberturas necesarias para atender el mínimo vital requerido en el derecho humano al agua.

- Contaminación de importantes ríos como el Ranchería.

- Lagunas naturales fueron intervenidas y desaparecieron, como es el caso de Manaure. lo que ha generado gran impacto a los ecosistemas y menoscabo en el bienestar general de la población y su calidad de vida.

En Riohacha se vierten las aguas residuales directamente al mar Caribe sin tratamiento previo; adicionalmente, la tubería de entrega está colapsada, generando erosión y deterioro del suelo.

- Según información oficial reportada al Sistema Único de Información para el año 2014, tan solo seis municipios, 40% cuentan con Plan Maestro de Alcantarillado(16) -PMA- en ejecución: Distracción, El Molino, Manaure, Fonseca, Riohacha y Urumita. Otro 40% reporta que lo tiene pero no está en ejecución: Albania, Barrancas, Hato Nuevo, la Jagua del Pilar, San Juan del Cesar y Villanueva. Finalmente, dos no lo tienen: Dibulla y Maicao y no hay reporte de Uribia.

-Es pertinente anotar que no hay consistencia en la información que se reporta al SUI por los entes territoriales, merece especial atención el caso de Dibulla que para el año 2011 reportó que si tenía PMA y estaba en ejecución, mientras para el año 2012 reportó que si tenía PMA pero no estaba en ejecución y para el año 2013 no disponía del PMAy no estaba en ejecución(17).

- La realización efectiva del derecho al agua potable y saneamiento básico contribuye al cumplimiento de los Fines esenciales del Estado, posibilita el mejoramiento de la calidad de vida, el bienestar de la población y la vida digna.

En materia de Dirección, Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas para los Derechos Humanos

- Existen barreras estructurales, regionales e individuales que impiden la inclusión económica y social en el departamento, y se evidencian en: el 55.8% de las personas en situación de pobreza; el 48,3% de la población con NBI; el 9,1% de hogares están en inseguridad alimentaria; el 27,9% de los menores de 5 años presentan desnutrición crónica; la mortalidad infantil y la desnutrición afecta especialmente a la población Wayúu; el analfabetismo alcanza el 31,7%; el índice de Progreso educativo es del 11.8% (último lugar en el 2013).

- En el 2012, las transferencias (incluidas las regalías) representaron el 60% de los ingresos de La Guajira. El 40% restante se distribuye entre los ingresos Escales (15%), otros ingresos (15%) y venta de servicios (10%). En 2012 el recaudo de impuestos aumentó 14.8% en comparación con el recaudado en 2011. El mayor recaudo se da por los impuestos externos (78% del total en el 2012) los cuales abarcan arancel, tasa especial aduanera, otros externos e IVA externo. El recaudo por estos impuestos externos creció 19,9%. (Cámara de Comercio de la Guajira. 2014).

- En materia de Regalías en 2012, La Guajira recibió por explotación de carbón mineral 68.8% menos que en el año anterior, al pasar de $396.121 millones en 2011 a $123.727 millones en 2012. La disminución se debe al comportamiento de los precios de venta del carbón en el mercado externo, los cuales se encuentran rezagados, ya que su promedio se calcula con periodos anteriores previamente establecidos y las variaciones de los precios son calculados en dólares. Así mismo, la disminución de regalías de La Guajira se debe a las menores transferencias directas a todos los entes territoriales del departamento tras la promulgación de la Ley 1530 de 2012, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías (Cámara de Comercio de La Guajira, 2014).

- Las potencialidades económicas de La Guajira son amplias, pero deben ser acompañadas por un mayor esfuerzo fiscal del Departamento y por la remoción progresiva de las barreras estructurales, regionales e individuales señaladas.

En materia para los derechos de las mujeres y los asuntos de género

- En violencia intrafamiliar se registran 412 casos de violencia de pareja y 62 de violencia por parte de otros familiares.

- En la violencia interpersonal, se señalan 423 casos.

- Respecto a los exámenes sexológicos por presunto delito sexual, se registran 182 casos.

- De acuerdo al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, durante el año 2013. ocurrieron 8 homicidios de mujeres en el departamento (3 en Riohacha, 3 en Maicao y 2 en Dibulla).

- Gestión defensorial centrada en la formación a servidores/as, asesoría a casos remitidos por USAID-Chemonics y gestión para la protección a lideresas amenazadas.

- Preocupación por la implementación de la Ley 1257 de 2008. en cuanto a la sensibilización, prevención y sanción de la violencia contra la mujer.

-institucional a nivel local, para dar una respuesta efectiva a la situación vivida por las mujeres.

En materia de política Criminal y Penitenciaria

- Iodos los componentes de la crisis carcelaria de la nación confluyen exacerbados en el departamento de La Guajira: el más alto índice de hacinamiento del país, falta de atención médica, ausencia de programas de resocialización y una infraestructura deficiente hacen parte de la sombría realidad que deben enfrentar cada día los hombres recluidos una cárcel de Riohacha.

- Hacinamiento: El establecimiento de Riohacha siempre ha presentado el índice de hacinamiento más alto del país superando su capacidad en más de un 400%. lo que reduce el espacio por cada interno a cifras que desdibujan cualquier estándar internacional que propugna por una reclusión en condiciones de dignidad y humanidad. Para el 24 de noviembre de 2014, el total de la población era de 581 internos lo que indica un índice de hacinamiento de 481%.

- Detenidos preventivamente: El alto número de personas detenidas preventivamente en el EPC de Riohacha, que al 24 de noviembre del presente año ascendía a 515, esto es, el 88,6% del total de la población carcelaria, desdice de la aplicación racional de la detención preventiva e imposibilita la separación entre sindicados y condenados.

- Infraestructura: El centro posee unas condiciones locativas deplorables, tiene un alto grado de deterioro y graves deficiencias estructurales. La red eléctrica representa un alto nivel de riesgo de corto circuito, la red hidrosanitaria es insuficiente y el agua no se suministra de manera constante ni en condiciones aptas para el consumo humano.

- Salud: El establecimiento cuenta con un profesional de la salud que presta sus servicios 4 horas de lunes a viernes. Los días sábados y domingos no hay personal que atienda problemas de salud del establecimiento. El área de sanidad no posee las condiciones necesarias para prestar un servicio de salud adecuado a la población carcelaria.

RESUELVE:

En mérito de lo anteriormente expuesto, se formulan las siguientes

Recomendaciones:

PRIMERO. EN LO REFERENTE A SALUD.

Al ministerio de Salud Implementar, en lo que a salud y protección de los niños, niñas y adolescentes indígenas se refiere, un plan de choque interinstitucional, participativo e intersectorial, con enfoque de "Atención Integrada de Enfermedades Prevalentes de la Infancia" (AIEPI).

- Al Ministerio de salud implementar de manera rápida el modelo piloto de atención en salud para zonas dispersas, con enfoque diferencial para la población indígena.

- Al Instituto Colombiano de Bienestar familiar y al Ministerio de Salud liderar un protocolo de articulación interinstitucional a partir del Plan de Intervenciones Colectivas para protección de la salud de niños, niñas y adolescentes indígenas, especialmente en el caso de desnutrición.

- Al Ministerio de Salud fortalecer los programas de telemedicina con georreferenciación que permita a los habitantes de La Guajira acceder a los servicios de salud con una mayor capacidad resolutiva.

A la Secretarías departamental y municipal de salud de la Guajira, disponer de promotores bilingües así mismo como de recurso humano calificado para el ejercicio de las diferentes actividades de promoción, prevención y de salud pública con enfoque diferencial.

- A la Superintendencia Nacional de Salud continuar de manera rigurosa con las investigaciones de los casos presentados por la Defensoría del Pueblo y las sanciones correspondientes a que den lugar.

- A la Secretaría de Salud Departamental presentar de manera urgente y oportuna la agenda de verificación de las funciones de las IPSs dentro del sistema de la garantía de la calidad.

A la Presidencia de la República coordinar con todos los ministerios y entidades pertinentes acciones contundentes, eficaces y de fondo que sean realizables a corto, mediano y largo plazo que superen las causas de la grave situación de vulneración de derechos de la salud de las poblaciones indígenas especialmente de NNA, mujeres gestantes y lactantes y personas mayores.

SEGUNDO. EN LO REFERENTE A INFANCIA, LA JUVENTUD Y EL ADULTO MAYOR.

- Solicitar a la Gobernación de La Guajira que lidere la puesta en marcha de un sistema unificado de información y georreferenciación que permita generar criterios reales y certeros en la Localización y selección de familias con énfasis en estado nutricional de NNA. mujeres gestantes y lactantes y personas adultas mayores en riesgo de desnutrición, especialmente para comunidades rurales dispersas.

- En razón a que el ICBF constituyó los equipos de micro focalización con intervención inmediata en casos de desnutrición encontrados particularmente en los municipios de Uribía. Manaure. Maicao Riohacha y Dibulla se hace necesario que esta institución implemente el plan de intervención especial en la Guajira que impacte las problemáticas nutricionales que afectan particularmente a NNA que se presentan en dicho departamento, igualmente se deberán realizar los ajustes programáticos para la apropiación de los recursos requeridos, para la implementación efectiva de este plan.

- Solicitar a la Gobernación de la Guajira en cabeza de la secretaría departamental de salud ordenar a las EPS el cumplimiento real y verificable de los programas de Prevención y Promoción de la salud de NNA, de búsqueda activa y demanda inducidas madres gestantes y lactantes y personas mayores de manera integral dentro de las comunidades indígenas permanentemente y hacer remisiones y coordinaciones donde se requiera para los casos de alerta en desnutrición o de enfermedades evitables y prevenibles.

- Exhortar a la Gobernación de La Guajira, al ministerio de Salud y al ICBF crear planes programas y proyectos de atención a la población indígena de manera integral con enfoque eminentemente diferencial, de Género y territorial para atender la presente emergencia humanitaria y la recuperación nutricional y de salud de los NNA. mujeres gestantes y lactantes y las personas adultas mayores en las comunidades indígenas.

- Instar a los entes de control. Contraloría General de la República y Procuraduría General de la Nación hacer seguimiento preventivo y sancionatorio si así amerita a los procesos de contratación y ejecución que tengan que ver con la Seguridad Alimentaria y Nutricional en el Departamento.

- Exigir a las EPS el cumplimiento de la contratación de intérpretes o hablantes de Wayúunaiki, en todas instituciones de salud y redes hospitalarias que superen las barreras lingüísticas y de comunicación con las comunidades indígenas.

- En el Marco de la Política Nacional de salud sexual y reproductiva se requiere al ICBF y a los entre de salud desarrollar procesos de formación en salud y derechos sexuales y reproductivos con las comunidades indígenas que involucren a los NNA particularmente dirigidos a la prevención de la violencia sexual sobre NNA, prevención de embarazo adolescente y prácticas de autocuidado y de planificación compatibles y concertados con la cultura tradicional.

- Solicitar a las administraciones municipales en coordinación con el ICBF el fortalecimiento de los programas de prevención de la explotación laboral y de la trata y tráfico de NNA y mujeres Wayúu.

TERCERO. EN LO REFERENTE A INDÍGENAS Y MINORÍAS ÉTNICAS.

- Se solicita a la Presidencia de la República coordine con todos los ministerios y entidades pertinentes programas de desarrollo sostenido y de acciones políticas dirigidas a combatir de manera efectiva y oportuna las causas estructurales de la crisis social y humanitaria que agobia a la población indígena en el departamento de la Guajira, y vulneran en forma sistemática y masiva sus derechos fundamentales, colectivos e integrales como Pueblo indígena.

- Al Ministerio del Interior adelantar programas de formación y sensibilización sobre los derechos especiales de los grupos étnicos, dirigida a las autoridades locales, regionales y nacionales del Estado que hacen presencia en el departamento de la Guajira. Igualmente programas de promoción y divulgación de los derechos de los pueblos indígenas, con las autoridades tradicionales y comunidades indígenas wayúu, para fortalecer su capacidad de exigibilidad de sus derechos y de interlocución con las autoridades del Estado, que permita mejoramiento de sus condiciones de vida y el goce efectivo de sus derechos.

CUARTO. EN LO REFERENTE A LOS DERECHOS DE LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO.

- Que la Unidad Nacional de Protección, en coordinación con las autoridades territoriales del nivel departamental aseguren la protección de los líderes y lideresas que hacen parte de las distintas Mesas de Participación de las Víctimas en el departamento de La Guajira.

- Que la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas -UARIV- estudie y valore las declaraciones por desplazamiento en el municipio de Dibulla.

- Que las entidades territoriales del departamento, gobernación y alcaldías municipales de la Guajira consoliden sus finanzas y mejoren la Atención Humanitaria y su articulación a procesos de Estabilización y Consolidación Socioeconómica de las víctimas del desplazamiento forzado.

- Que la Defensorio del Pueblo Regional Guajira, a través de una audiencia Defensorial, visibilice la situación de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.

QUINTO. EN LO REFERENTE A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS DE VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS Y DIH.

- A la Gobernación de La Guajira y a las alcaldías municipales, en coordinación con el Departamento de Policía de La Guajira y con las unidades militares con jurisdicción en la Guajira, fortalecer las medidas de seguridad mediante el aumento del pie de fuerza para contrarrestar las acciones de la guerrilla de las FARC y el ELN y de los grupos armados ilegales que hacen presencia en las zonas geográficas identificadas en riesgo, para evitar la ocurrencia de atentados contra la vida, libertad e integridad personal de la población Wayúu y mestiza.

- A la Unidad Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas (UARIV). apoyar la formulación y aplicación de los planes de contingencia del desplazamiento forzado y de otros hechos victimizantes, teniendo en cuenta que continúan existiendo factores de riesgo de violaciones a los derechos humanos como consecuencia del accionar de grupos armados ilegales pos desmovilización, las FARC-ep y el ELN.

- A la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, concertar en el marco del Comité Departamental de Justicia Transicional de La Guajira, con un doble enfoque diferencial étnico y de género un plan de prevención y protección respecto de las probables vulneraciones de los derechos humanos de los pobladores locales Wayúu y mestiza.

- Al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que. con el concurso de la Gobernación de La Guajira, garantice la puesta en marcha de medidas y protocolos de prevención y protección integral y oportuna a todos los niños, niñas y adolescentes (NNA) que se encuentren en condiciones de riesgo o peligro de reclutamiento forzado y utilización ilícita por parte de los grupos armados ilegales. Al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICFB) para que en asocio con la Gobernación de La Guajira, las alcaldías municipales y el SENA, coordine los esfuerzos, acciones y recursos institucionales que sean indispensables para prevenir la vinculación de niños, niñas y adolescentes (NNA) y de jóvenes a los grupos armados ilegales, a las actividades ligadas a la economía del narcotráfico y a las redes de prostitución y trata de personas.

- A la Unidad Nacional de Protección realizar visitas al departamento que permitan analizar los riesgos de las personas y líderes víctimas de amenazas y convocar un Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM), con el objetivo de evaluar los riesgos de los líderes amenazados y de esta forma, aprobar los esquemas de protección que sean pertinentes.

SEXTO. EN LO REFERENTE A LOS DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE.

- Instar al Ministerio de Vivienda. Ciudad y Territorio, a la gobernación de La Guajira, a las alcaldías municipales que genere un plan de choque para garantizar el abastecimiento de agua y el saneamiento básico, especialmente en la zona rural, así mismo que se reconozca y fortalezcan los procesos de las diferentes comunidades en torno a la gestión del agua.

- Instar al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, al Departamento para la Prosperidad Social, a la Gobernación y a las alcaldías de La Guajira, a la Corporación Autónoma Regional de la Guajira - Corpoguajira-a que en el plan de choque incluyan medidas como: i) acelerar la entrega de kits alimentarios de emergencia, con especial prioridad a las comunidades más afectadas: ii) perforación de pozos profundos en el marco de un sistema regional de abastecimiento de agua: iii) rehabilitación de jagüeyes y reservorios existentes: iv) construcción de nuevos jagüeyes y reservorios concebidos como parte de un sistema regional de abastecimiento de agua para el Departamento; v) medidas de reactivación económica para la población afectada, especialmente la más vulnerable, como la indígena y rural dispersa.

- Instar al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a agilizar los proyectos establecidos en el Programa Agua para la Prosperidad (PAP) - Plan Departamental, de igual forma a que se asegure de su entrega, culminación y correcto funcionamiento.

- Exhortar al Ministerio de Vivienda. Ciudad y Territorio, a La Gobernación de la Guajira, al Gestor del Plan Departamental de Agua y a las alcaldías a: i) Optimización de los sistemas de acueducto, construcción de sistemas para las zonas que no cuentan con el servicio, especialmente las rurales, optimización de sistemas de tratamiento de aguas residuales; ii) se emprendan acciones de cierre, clausura y restauración ambiental, de aquellas áreas utilizadas como botaderos de residuos; iii) se adopten sistemas de distribución equitativa de agua a la población mediante carro tanques, sólo como medidas de choque y coyunturales, en donde se incluyan y sean tenidas en cuenta las necesidades de la comunidad.

- Solicitar a la Contraloría General de la República que haga un estricto seguimiento de los recursos destinados para el Programa Agua para la Prosperidad (PAP) - Plan Departamental para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento (PDA) en la Guajira, así mismo una vigilancia especial al proyecto multipropósito de la represa del río Ranchería.

- Exhortar al Ministerio de Vivienda. Ciudad y Territorio a que en coordinación con los entes territoriales gestione la ejecución de las obras necesarias para la conexión de los acueductos a la represa El Cercado.

- Solicitar a la Corporación Autónoma Regional de la Guajira - Corpoguajira-, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Servicio Geológico Colombiano y la gobernación: i) Se adelante un plan de trabajo para evaluar la incidencia real de las actividades mineras en la disponibilidad de agua en La Guajira, ii) Entregue un informe en donde se analice el uso del recurso hídrico otorgado a través de las concesiones de agua a los proyectos minero- energéticos, de agricultura y ganadería en el departamento, iii) Realice un inventario regional de aguas subterráneas, iv) formule e implemento planes de manejo de aguas subterráneas.

- Solicitar a la Gobernación y a las Alcaldías apoyar el fortalecimiento de las estructuras organizativas indígenas y afro descendientes, en el marco de la gestión comunitaria del recurso hídrico.

Apremiar a las entidades relacionadas en esta Resolución Defensorial a que las soluciones que se contemplen para abordar el conflicto socio-ambiental en el departamento de la Guajira, sean desarrolladas teniendo en cuenta las condiciones propias del departamento y con un enfoque diferencial, en el marco del derecho a la participación

SÉPTIMO. EN LO REFERENTE AL SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y MONITOREO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Desde el sistema general de participaciones

- Al Ministerio de Salud y Protección Social, al Ministerio de Educación Nacional, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecer un periodo límite para el alcance de las metas de universalización en salud, educación y agua potable y saneamiento básico, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1176 de 2007.

- A la Gobernación y a los Municipios del departamento de la Guajira establecer procesos claros de rendición de cuentas para garantizar la responsabilidad pública de las autoridades y el derecho ciudadano a exigir explicaciones y realizar el control social.

- A la Gobernación y municipios del departamento fortalecer la veeduría ciudadana garantizando la participación, la capacitación y la información para promover el control social sobre la utilización adecuada de los recursos públicos por parte de las autoridades administrativas, así como de las entidades públicas o privadas encargadas de su ejecución.

Desde el sistema general de regalías

- Al Departamento Nacional de Planeación:

Garantizar que los recursos provenientes del Fondo de Compensación Regional se estén distribuyendo según criterio de Necesidades Básicas Insatisfechas NBI. que alcanza al 48,3% de la población de La Guajira.

Al Órgano Colegiado de la Administración y Decisión Regional. OCAL) - Región Caribe:

- Asegurar que los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Investigación sean canalizados hacia el departamento de La Guajira.

Realizar control y vigilancia sobre los proyectos que se están financiando con recursos de regalías. Evitar que las regalías sean destinadas a proyectos de infraestructura que no tengan un impacto claro y cuya sostenibilidad no esté asegurada.

Derecho a la Alimentación

- A, la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) realizar una permanente vigilancia y acompañamiento de la política y plan en la materia en el departamento de La Guajira.

- A la Contraloría General de la República:

Vigilar las actuaciones de los servidores públicos responsables de implementar y ejecutar acciones que en materia alimentaria se están desarrollando en el departamento de La Guajira y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio del derecho a la alimentación.

A la Contraloría General de la República:

Hacer seguimiento a la gestión fiscal de las entidades públicas o privadas que administren fondos o bienes de la Nación relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional, que se estén ejecutando en el departamento de La Guajira.

Hacer seguimiento a la gestión fiscal de las entidades públicas o privadas que administren fondos o bienes de la Nación relacionados con la seguridad alimentaria y nutricional. que se estén ejecutando en el departamento de La Guajira.

- A la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN, al Comité Directivo de seguridad alimentaria y nutricional - Guajira, al Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE y al Instituto Nacional de Salud desarrollar una articulación efectiva con el fin de asegurar los recursos humanos, técnicos y económicos que sean necesarios para trascender el asistencialismo alimentario y enfocarse en los determinantes sociales, económicos y estructurales del hambre en La Guajira.

- A la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN, al Comité Directivo de seguridad alimentaria y nutricional - Guajira, al DANE y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF desarrollar estudios censales precisos sobre la población indígena que habita en el departamento y sus necesidades en materia de alimentación y acceso al agua, para garantizar el derecho a la alimentación adecuada, de igual manera impulsar el desarrollo de redes de seguridad alimentaria entre las diferentes comunidades. Estas redes pueden facilitar el flujo de información en doble sentido entre las propias comunidades y las entidades estatales, que permita detectar situaciones amenazantes al derecho a la alimentación adecuada y facilitar el desarrollo de las acciones de contención o intervención por parte de las instituciones. También pueden constituirse en elementos estratégicos para la preservación del tejido social, el rescate de las economías tradicionales y "motores” de los cambios hacia la autonomía alimentaria.

- A la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN. al Comité Directivo de seguridad alimentaria y nutricional - Guajira y al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio- Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico implementar acciones efectivas y prontas para mejorar el acceso al agua potable de la población del departamento de La Guajira.

- A la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN. al Comité Directivo de seguridad alimentaria y nutricional - Guajira dar cumplimiento a procesos transparentes y periódicos de rendición de cuentas. Dichos procesos deben contar con una amplia participación de las comunidades indígenas.

- A las Personerías Municipales del Departamento de La Guajira velar por que las sugerencias, denuncias y propuestas sobre el tema alimentario presentadas por las comunidades, en el marco de las rendiciones de cuentas, sean atendidas por las autoridades pertinentes.

- Al Departamento Nacional de Planeación establecer si hubo una adecuada destinación y uso de las regalías y las transferencias en el departamento de La Guajira y qué lanío de ellos fueron empleados para evitar la actual crisis alimentaria.

- A la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN y el Comité Intersectorial de Cambio Climático - COMICC establecer una estrategia de contención de las consecuencias del cambio climático, desde una perspectiva de sus impactos sobre el derecho a la alimentación de las personas que habitan en La Guajira.

- A la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional-CISAN, al Comité Directivo de seguridad alimentaria y nutricional - Guajira, a la Gobernación de la Guajira, a las Alcaldías Municipales y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF garantizar que las acciones de apoyo alimentario sean ampliadas en cobertura y continuidad, cubriendo a las comunidades indígenas del departamento y otras en situación de vulnerabilidad.

Derecho a la Educación:

- Al Ministerio de Educación Nacional y a la Secretaría de Educación Departamental diseñar la Política de Educación con enfoque diferencial que comprenda las necesidades en materia educativa, de horarios y de flexibilidad curricular de las comunidades indígenas, orientadas a garantizar la disponibilidad, acceso, calidad y permanencia en el sistema educativo. Esto es, construir sistemas propios acordes con la cultura Wayúu.

- Fortalecer sistemas de información que permitan la captura, proceso y análisis de datos con el propósito de monitorear los programa orientados a garantizar el acceso y calidad de la educación y medir el impacto de las medidas adoptadas para asegurar el derecho a la educación a toda la población.

- A la Secretaría de Educación Departamental garantizar que las escuelas satélites dispongan de infraestructura adecuada, priorizando a aquellas instituciones educativas ubicadas en zonas rurales que se identifiquen con un inventario insuficiente o precario.

- A la Secretaría de Educación Departamental y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF Guajira fortalecer la articulación interinstitucional en la formulación y desarrollo de programas, entre ellos, los comedores escolares, de manera que se amplíe la cobertura a la totalidad de la población escolar.

OCTAVO. EN LO REFERENTE A LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Y LOS ASUNTOS DE GÉNERO.

- A la Gobernación de 1.a Guajira, ampliar su capacidad institucional para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1257 de 2008 para la prevención, protección, atención y sanción de la violencia contra la mujer. Ello implica formación a todos los servidores públicos de la gobernación - hombres y mujeres -, en torno a los derechos de las mujeres, igualmente la implementación de estrategias de seguimiento c incremento en la inversión para el diseño e implementación de programas a favor de las mujeres en el departamento con enfoque diferencial (etario y étnico) reconociendo la situación de las mujeres rurales y las mujeres Wayúu.

- A la Gobernación de La Guajira fortalecer la articulación Ínter institucional, logrando una mayor participación de todas las instituciones del nivel local, competentes en la implementación de la Ley 1257 de 2008, para la construcción de rutas adecuadas de prevención, protección y atención de las mujeres víctimas de violencia. Esto implica a su vez, el apoyo y fortalecimiento de las organizaciones de mujeres existentes en la región, dando cumplimiento a una de las metas establecidas dentro del actual plan de desarrollo del departamento.

- A la Secretaría de salud de la gobernación y de los quince (15) municipios del departamento garantizar la plena implementación de la Resolución 412 de 2000 y 459 de 2012 del Ministerio de Salud en todas las instituciones prestadoras de salud del departamento, brindando así una respuesta adecuada a las mujeres víctimas de violencia y de violencia sexual. Ello implica una evaluación a profundidad de su capacidad a nivel local, para la generación de estrategias de adecuación institucional que incluyan una mayor formación a todo el personal vinculado al sector en zonas urbanas y rurales.

- A la Secretaría de educación del departamento, para que diseñe e implemente estrategias de prevención dirigidas a la transformación de estereotipos de género.

- A la Secretaría de desarrollo económico del departamento, fortalecer los programas para la generación de ingresos de mujeres, especialmente aquellas cabeza de familia, favoreciendo el logro de su autonomía económica y un proyecto de vida sostenible.

NOVENA. EN LO REFERENTE A LA POLÍTICA CRIMINAL Y PENITENCIARIA.

- La Delegada para la Política Criminal y Penitenciaria encuentra que la precaria situación del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Riohacha es atentatoria de los derechos de las personas allí recluidas y pone en riesgo su vida e integridad personal, ante dicha coyuntura se considera que la cooperación armónica entre las entidades, aunada a una correcta implementación de políticas públicas, podría redundar en la garantía de los derechos de los de las personas privadas de la libertad.

- Es entonces necesario hacer un llamado a las entidades responsables de la situación penitenciaria y carcelaria para que den cumplimiento a lo previsto en la legislación y aúnen sus esfuerzos en el compromiso por los derechos humanos de la población reclusa. Específicamente a las siguientes autoridades del orden nacional y departamental:

- Instar a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC- para que apropie los recursos necesarios para el mantenimiento correctivo de la estructura física del Establecimiento Penitenciario y Carcelarios de Riohacha. adelantando obras tendientes a reparar especialmente las instalaciones eléctricas, la red hidrosanitaria y el alcantarillado. Aclarándose que las actuaciones adelantadas a la fecha son insuficientes para entender satisfecho tal propósito.

- Instar tanto a la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- como al Director del establecimiento penitenciario y carcelario de Riohacha a: Dar estricto cumplimiento a la reglamentación sobre las Unidades de Tratamiento Especial, específicamente lo referente a su destinación, ya que dichas locaciones no son el espacio adecuado para la reclusión de internos con enfermedades psiquiátricas. Para tal efecto, actuar conforme a lo previsto en los artículos 24 y 107 del Código Penitenciario y Carcelario y Suministrar a los internos colchonetas, material de dotación y útiles de aseo personal. También la permanencia de un stock de estos elementos para satisfacer las necesidades básicas de esta población.

-  Instar al INPEC, a la USPEC y a la Caja de Previsión Social de Comunicaciones - CAPRECOM EPS- a garantizar la disponibilidad y permanencia de la atención médica las 24 horas del día, la adecuación y habilitación del área de sanidad, el suministro de medicamentos, el acceso a los servicios de urgencias y la remisión prioritaria a medicina especializada.

- Instar al INPEC, a CAPRECOM EPS y a la Secretaría de Salud Departamental y Municipal a Realizar campañas de promoción, prevención, conservación y educación en salud, particularmente en las áreas de higiene, orientación psicológica, salud mental y educación sexual en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Riohacha. Así mismo, dar cumplimiento a lo establecido en el parágrafo del artículo 13 del Decreto 2496 de 2012, referente a la obligación de prestar el servicio de salud de manera ininterrumpida.

- Instar al Director del Establecimientos de Riohacha a cumplir con las normas de bioseguridad necesarias para el manejo de los desechos en especial aquellos de naturaleza hospitalaria.

- Instar al INPEC, al director del establecimiento de Riohacha y a la respectiva Secretaría Municipal de Salud a coordinar la realización periódica, en condiciones técnicas adecuadas, de fumigaciones y planes de control de plagas al interior de los centros de reclusión, así como adelantar un monitoreo constante a esta problemática.

- Instar al INPEC y a la USPEC a aumentar el personal de guardia para el establecimiento de reclusión de Riohacha, con el fin de dar cumplimiento a las remisiones de los internos a los diferentes requerimientos de las autoridades judiciales y citas médicas. Así como dotar al personal de guardia de los implementos de seguridad necesarios para adelantar estas labores con sujeción a los estándares de la institución.

- Instar a la Gobernación del Departamento de La Guajira y a todas las autoridades que hacen parte del Comité Departamental de Seguimiento y Vigilancia a la Política Penitenciaria y Carcelaria a buscar soluciones oportunas y eficaces a la problemática que afecta los derechos de las personas privadas de la libertad en el establecimiento de reclusión de Riohacha, en particular, las autoridades territoriales deben asumir presupuestalmente la responsabilidad legal que les asiste frente al sostenimiento de la población sindicada.

- Instar al INPEC y a la alcaldía de la ciudad de Riohacha para que garanticen suministro de agua apta para el consumo humano las veinticuatro (24) horas del día, en calidad y cantidad, de tal forma que los internos y servidores públicos del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Riohacha puedan satisfacer sus necesidades básicas como la alimentación y el aseo, entre otros.

- Exhortar al H. Consejo Superior de la Judicatura a realizar las gestiones encaminadas a identificar las principales causas del continuo y generalizado aplazamiento de audiencias en los distintos distritos judiciales del departamento de la Guajira, así como coordinar acciones con los distintos actores del sistema tendiente a superar o aminorar esta problemática en el corto o mediano plazo.

- Instar al H. Ministerio de Justicia y del Derecho, a la Gobernación de la Guajira y a la USPEC a adelantar acciones afirmativas con perspectiva de género, tendientes a la construcción de una reclusión para mujeres, toda vez que en el Departamento La Guajira no existe, razón por la que todas las procesadas o condenadas sean trasladadas a otras regiones, lo que genera desarraigo familiar, social y dilaciones en las actuaciones procesales.

- De manera especial se insta al cumplimiento de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira del 8 de febrero de 2006, que ordena la creación de otro establecimiento de reclusión en el municipio de Riohacha, no sólo por emanar de un proveído judicial sino porque su incumplimiento ha desencadenado la constante vulneración de derechos de las personas que son privadas de la libertad en la ciudad de Riohacha y adicionalmente porque el índice de hacinamiento que permanentemente ronda el 400 % hace evidente la necesidad de un nuevo centro de reclusión en el Departamento.

- Por último, la Defensoría hace un llamado a los entes territoriales competentes para que asuman la responsabilidad que constitucionalmente les asiste en relación con la reclusión de los sindicados; bien sea a través de la construcción y puesta en funcionamiento de establecimientos penitenciarios propios o mediante la suscripción de convenios con el INPEC.

DÉCIMO PRIMERO. EN LO REFERENTE A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO.

Encargar a las Defensorías Delegadas para los Derechos de las Mujeres y Asuntos de Género; la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor; los Derechos Colectivos y del Ambiente; los Indígenas y las Minorías Étnicas; la Dirección del Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas en Derechos Humanos; los Derechos de la Población Desplazada; la Salud, la Seguridad Social y la Discapacidad; los Asuntos Constitucionales y Legales; la Política Criminal y Penitenciaria; la Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y DIH – SAT; la Asesoría y Orientación a las Víctimas del Conflicto Armado: a la Dirección Nacional de Atención y Tramite de Quejas, en colaboración con la Defensoría del Pueblo Regional Guajira, el estricto seguimiento de las recomendaciones formuladas en la presente resolución.

DÉCIMO SEGUNDO. SOBRE LA DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN.

- Oficiar a todas las autoridades y entidades públicas y privadas citadas en esta resolución, con el propósito de informar acerca de su expedición, así como de la posibilidad de acceder a su consulta en la página electrónica de la Defensoría del Pueblo, www.defensoria.gov.co.

- Incluir la presente Resolución Defensorial. así como los resultados de su cumplimiento, en el informe anual que habrá de presentar el Defensor del Pueblo al Congreso de la República, conforme a lo establecido en el ordinal 7o del artículo 9o de la Ley 24 de 1992.

COMUNÍQUESE,

Dada en Bogotá D.C. el 3 de febrero de 2015

JORGE ARMANDO OTÁLORA GÓMEZ

Defensor del Pueblo.

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Aún en la actualidad encontramos que tal captación sigue siendo fundamental en el departamento, así "Las autoridades indican que todo esto hace parte de la disputa territorial entre paras" y algunas familias waiyúu que se resisten a las presiones por el control de los puertos naturales por donde se mueven el contrabando y el tráfico de drogas y armas ” Ver El Tiempo Pacas, siguen asediando la Guajira 2 de jumo de 2006 Eximido del documento Monografía Político Electoral DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA 1997 a 2007

2. Fuente Instituto Nacional de Medicina Legal

3. Fuente Policía Nacional Datos actualizados a 31 de octubre de 2014

4. Información actualizada a octubre de 2014

5. El coeficiente de Gini se utiliza para medir la desigualdad en los ingresos, dentro de un país ciudad, pero puede utilizarse para medir cualquier forma de distribución desigual el coeficiente de Gini es un número entre 0 y 1. en donde 0 se corresponde con la perfecta igualdad (todos tienen los mismos ingresos) y donde el valor 1 se corresponde con la perfecta desigualdad (una persona tiene todos los ingresos y los demás ninguno). El índice de Gini es el coeficiente de Gini expresado en porcentaje y es igual al coeficiente de (finí multiplicado por 100. Aunque el coeficiente de Gini se utiliza sobre todo para medir la desigualdad en los ingresos, también puede utilizarse para medir la desigualdad en la riqueza liste uso requiere que nadie disponga de una riqueza neta negativa, http: <texto ilegible>

6. cada informe de riesgo puede advertir simultáneamente a uno o más tipos poblacionales.

7. Cada Informe de Riesgo y Nota de Seguimiento puede identificar a uno o más actores armados ilegales como fuente de la amenaza

8. Exhortar a los alcaldes de los municipios a que definan las alternativas para el abastecimiento de la población de las zonas en donde no exista el recurso hídrico suficiente para satisfacer las necesidades básicas, teniendo en cuenta que son los garantes en la prestación de conformidad con los dispuesto en el artículo 5 de la ley 142 de 1994 y la jurisprudencia del Consejo de Estado.

Deberán realizar planes de gestión en la consecución de fuentes hídricas que permitan el abastecimiento ininterrumpido del agua por parte de la población actual y proyectada: o de alternativas que permitan ejercer plenamente el derecho humano relacionado. Plan de que deberá contener la identificación de las posibles fuentes de abastecimiento, su caracterización y su forma de captación, aducción, tratamiento, distribución y costo.

9.  RECOMENDAR Al. MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD TERRITORIO QUE:

En coordinación con las entidades concernidas y las comunidades organizadas para la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado, construya un proyecto de ley integral orientado al desarrollo y fortalecimiento del sector rural que sea coherente y que reconozca las particularidades, las fortalezas y las necesidades de los acueductos comunitarios

En el marco de la política, se tenga en enema la gestión que hacen del agua las comunidades indígenas, campesinas, raizales y rom o gitanos.

Genere alianzas estratégicas con diferentes actores relacionados con el sector, dirigidas al fortalecimiento de los acueductos, integrando aspectos ambientales, técnico-operativos, administrativos, jurídicos y socioculturales.

En coordinación con las corporaciones autónomas regionales, apoye la gestión de estos acueductos en materia ambiental.

SOLICITARÁ LAS GOBERNACIONES Y LAS ALCALDÍAS A QUE:

Reconozcan, apoyen e impulsen la labor de las comunidades organizadas que suministran agua en sus departamentos y que inviertan recursos propios yo provenientes del Sistema General de Participaciones, para la construcción o mejoramiento de los sistemas, de acuerdo con las necesidades y particularidades de las comunidades organizadas.

En coordinación con las administraciones municipales, presten asistencia integral sobre los aspectos ambientales, técnico - operativos, organizativos, jurídicos y socioculturales. para garantizar una adecuada gestión de los acueductos.

Incluyan dentro de sus planes de desarrollo y de inversiones el componente de abastecimiento de agua y saneamiento básico en el sector rural, así como el fortalecimiento de los acueductos comunitarios por medio de programas y proyectos específicos que sean viables, sostenibles y estén orientados a garantizar el derecho humano al agua de la población que se abastece de los acueductos comunitarios en Colombia.

Garanticen que se cumpla con la efectividad del derecho humano a! agua para la población de la zona rural de Colombia, bajo condiciones de disponibilidad, accesibilidad física y económica y calidad y. en el mismo sentido, el derecho a la prestación eficiente y oportuna de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, en coordinación con la comunidad organizada

10. De acuerdo al informe del DANE para el año 2013. el departamento de La Guajira posee altos índices de pobreza, ubicados en un 55.5%, muy por encima de los existentes en el promedio nacional (30.6%). Igualmente la pobreza extrema, ubicada en un 25.7%. se encuentra por encima del promedio nacional (9.1%).

11. El principio XII de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (C1DH), Resolución 1/108. Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas. señala que "las personas privadas de libertad deberán disponer de espacio suficiente, exposición diaria a la luz. natural, ventilación y calefacción apropiadas, según las condiciones climáticas del lugar de privación de libertad. Se les proporcionara una cama individual, ropa de cama apropiada, y las demás condiciones indispensables para el descanso nocturno.

12. OCR, Agua, saneamiento, higiene y hábitat en las cárceles. OCR. Ginebra, capitulo 1.6 disponible en: <texto ilegible>

13. Se emplea la expresión en términos genéricos, no en la acepción técnico jurídica consagrada en la ley 600.

14. La obligación de separar internos procesados y condenados se encuentra prevista en el artículo 63 del Código Penitenciario y Carcelario, y en el artículo 5 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos

15. Cifras suministradas por el Instituto Nacional Carcelario y Penitenciario -INPLC-

16. Instrumento de planificación fundamental en el mareo de la estrategia de ordenamiento de la ciudad - región, que permite definir las necesidades de generación de suelo urbanizado de acuerdo con las previsiones de crecimiento poblacional y de localización de la actividad económica, para programar los provectos de inversión sectorial en el corto, mediano y largo plazo.

17. Fucntc: Sistema Único de Información administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. reporte de entes territoriales.

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