CIRCULAR 0005 DE 2020
(marzo 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
| PARA: | SERVIDORAS, SERVIDORES PÚBLICOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Y COMUNIDAD EN GENERAL |
| DE: | CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA - DEFENSOR DEL PUEBLO |
| ASUNTOS: | LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES - COVID 19 |
| FECHA: | 21 de marzo de 2020 |
El Defensor del Pueblo, con ocasión de la adopción por parte del señor Presidente de la República de la medida de Aislamiento Obligatorio Preventivo para todo el país a partir de las 23:59 horas del día 24 de marzo y hasta las 0:00 horas del 13 de abril del presente año, en desarrollo de la declaratoria de Emergencia Social, Económica y Ecológica ordenada a través del Decreto 417 de 2020, y con base en las directrices impartidas por la Defensoría del Pueblo mediante las Circulares 002 del 16 de marzo, 003 del 17 de marzo y 004 del 18 de marzo del año 2020, así como los lineamientos previstos en la Política de TICS, como herramienta para Trabajo en Casa, se permite comunicar lo siguiente:
1. Instar a los servidores Públicos de la Defensoría del Pueblo, y a sus núcleos familiares, a cumplir la medida decretada por el Gobierno Nacional de aislamiento preventivo en las fechas y horarios indicados.
2. Convocar a todos nuestros servidores al desarrollo de las actividades propias de la labor diaria a través del uso de tecnologías de la información, a fin de garantizar la misión constitucional y legal de la Defensoría y el estricto cumplimiento de todas las funciones a su cargo.
3. Los jefes de las distintas dependencias del nivel central y los Defensores Regionales deberán interactuar diariamente con los funcionarios y contratistas, a través de los medios digitales institucionales y de los diferentes canales de comunicación electrónicos, y garantizar la atención de nuestros usuarios y el cumplimiento de las funciones a su cargo, en coordinación permanente con Direcciones y Delegadas.
4. La Defensoría, desde el área funcional, adelantará los trámites administrativos que conduzcan al reconocimiento y pago de los salarios de nuestros servidores con apego a los mandatos constitucionales y legales, y a las directrices del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. De igual forma se procederá para el reconocimiento y pago de honorarios de los contratistas de la entidad, previa actuación del supervisor respectivo.
Finalmente, como Defensor del Pueblo, hago un llamado al cuidado y protección propias y de nuestras familias. Juntos lograremos contribuir con la superación de este reto que hoy cambia nuestra forma de actuar; pues en estos días, una pantalla y dispositivos móviles serán los mejores y únicos aliados de interacción con compañeros y usuarios.
Atentamente,
CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA
Defensor del Pueblo