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CIRCULAR 0005 DE 2020

(marzo 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

PARA:SERVIDORAS, SERVIDORES PÚBLICOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Y COMUNIDAD EN GENERAL
DE:CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA - DEFENSOR DEL PUEBLO
ASUNTOS:LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES - COVID 19
FECHA: 21 de marzo de 2020

El Defensor del Pueblo, con ocasión de la adopción por parte del señor Presidente de la República de la medida de Aislamiento Obligatorio Preventivo para todo el país a partir de las 23:59 horas del día 24 de marzo y hasta las 0:00 horas del 13 de abril del presente año, en desarrollo de la declaratoria de Emergencia Social, Económica y Ecológica ordenada a través del Decreto 417 de 2020, y con base en las directrices impartidas por la Defensoría del Pueblo mediante las Circulares 002 del 16 de marzo, 003 del 17 de marzo y 004 del 18 de marzo del año 2020, así como los lineamientos previstos en la Política de TICS, como herramienta para Trabajo en Casa, se permite comunicar lo siguiente:

1. Instar a los servidores Públicos de la Defensoría del Pueblo, y a sus núcleos familiares, a cumplir la medida decretada por el Gobierno Nacional de aislamiento preventivo en las fechas y horarios indicados.

2. Convocar a todos nuestros servidores al desarrollo de las actividades propias de la labor diaria a través del uso de tecnologías de la información, a fin de garantizar la misión constitucional y legal de la Defensoría y el estricto cumplimiento de todas las funciones a su cargo.

3. Los jefes de las distintas dependencias del nivel central y los Defensores Regionales deberán interactuar diariamente con los funcionarios y contratistas, a través de los medios digitales institucionales y de los diferentes canales de comunicación electrónicos, y garantizar la atención de nuestros usuarios y el cumplimiento de las funciones a su cargo, en coordinación permanente con Direcciones y Delegadas.

4. La Defensoría, desde el área funcional, adelantará los trámites administrativos que conduzcan al reconocimiento y pago de los salarios de nuestros servidores con apego a los mandatos constitucionales y legales, y a las directrices del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. De igual forma se procederá para el reconocimiento y pago de honorarios de los contratistas de la entidad, previa actuación del supervisor respectivo.

Finalmente, como Defensor del Pueblo, hago un llamado al cuidado y protección propias y de nuestras familias. Juntos lograremos contribuir con la superación de este reto que hoy cambia nuestra forma de actuar; pues en estos días, una pantalla y dispositivos móviles serán los mejores y únicos aliados de interacción con compañeros y usuarios.

Atentamente,

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

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