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RESOLUCIÓN 283 DE 2019

(febrero 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se levanta la suspensión del proceso de selección de defensores públicos ordenada mediante Resolución No 234 de 2019.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 1 y 7 del artículo 5 del Decreto Ley 025 del año 2014 y,

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución No. 052 de 2019 se dio apertura al proceso de selección de defensores públicos de la Defensoría del Pueblo, la cual se encuentra debidamente publicada para consulta en la página web www.selecciondefensorespublicos.com

Que dicho acto administrativo, cuenta con un anexo denominado “Parámetros para la participación en el proceso de selección de defensores públicos de la defensoría del pueblo”, el cual fue suscrito por el Director Nacional de Defensoría Pública de la Defensoría del Pueblo.

Que tal anexo fue modificado mediante Resolución No 084 de 2019, en lo relacionado con el último título de dicho documento, correspondiente a la vigencia de la lista definitiva de resultados.

Que mediante requerimiento radicado el día 13 de febrero de 2019, el doctor Inocencio Meléndez Julio, solicitó que “(...) el señor Defensor del Pueblo; el señor Secretario General y el señor Director Nacional de Defensorio Pública, se declaren impedidos y se abstengan de conocer la actuación administrativa promovida a través de la Resolución 052 del 14 de enero de 2019 (...) y la Resolución 084 del 18 de enero de 2019, mientras el señor procurador general de la nación determina a quien corresponde el conocimiento del asunto y por tanto la decisión sobre el proceso de contratación de defensores públicos (sic)”.

Que a la mentada solicitud se le dio el trámite de recusación consagrado en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011, en tal orden se trasladó a la Procuraduría General de la Nación para que se pronunciara al respecto y como consecuencia de ello, se suspendió el Proceso de Selección de Defensores Públicos mediante Resolución No. 234 de 14 de febrero de 2019 hasta que se emitiera dicho pronunciamiento.

Que la Procuraduría General de la Nación mediante auto No IUS E 2019-083642 - IUC-D- 2019-1252995 del 22 de febrero de 2019, resolvió la recusación aludida y en tal virtud dispuso: “ (...) Denegar la recusación formulada por el ciudadano Inocencio Meléndez Julio, respecto del señor Defensor del Pueblo, doctor Carlos Alfonso Negret Mosquera; del Secretario General de la Defensoría del Pueblo, Juan Manuel Quiñones Pinzón y del Director Nacional de Defensoría Pública de la misma entidad, doctor Albeis James Fuentes Pimienta, referida al trámite de selección de defensores públicos, iniciado mediante. Resolución 052 del 14 de enero de 2019 (...)”

Que en mérito de lo expuesto, el Defensor del Pueblo levanta la suspensión ordenada mediante Resolución No 234 de 2019 y en consecuencia,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Levantar la suspensión del proceso de selección de defensores públicos de la Defensoría del Pueblo, ordenada mediante Resolución No 234 de 14 de febrero de 2019, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2. Contra la presente resolución no procede recurso en vía gubernativa.

ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. el 25 de febrero de 2019

CARLOS ALFONSO NEGRET MOSQUERA

Defensor del Pueblo

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