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RESOLUCIÓN 371 DE 2017

(febrero 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 1360 de 2018>

Por la cual se modifica la composición del comité de bajas, de la Defensoría del Pueblo, Nivel Central

EL SECRETARIO GENERAL

En ejercicio de sus facultades legales en especial de las conferidas por la delegación de funciones del Defensor del Pueblo mediante Resolución No. 030 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 2o de la Resolución 030 de 2014, le corresponde al Secretario General administrar los bienes y recursos destinados para el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo y responder por su correcta asignación y utilización.

Que la Constitución Política faculta a la administración pública para asumir la responsabilidad en el manejo de sus bienes, así como para diseñar, adoptar, interpretar y aplicar las medidas y mecanismos que le permitan el control, racionalización, buen uso y destinación de los mismos.

Que mediante Resolución No. 735 del 21 de Mayo de 2015 se adoptó el Manual Integrado para el Manejo de los Bienes de Propiedad de la Defensoría del Pueblo.

Que en el Manual Integrado en su Capítulo IX, numeral 8.3.1 se crea el Comité de Bajas del nivel central, a efecto de tomar determinaciones sobre elementos de propiedad de la entidad, el cual está integrado entre otros el Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario o su delegado, quien hace parte del comité con voz pero sin voto.

Que, en el comité de bajas llevado a cabo el 20 de diciembre de 2016, la Dra. Yina Paola Saavedra Espinosa, Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario, puso en conocimiento de manera verbal y escrita con el memorando No. 1040-2973 del 20 de diciembre de 2016, a los integrantes del Comité, del posible impedimento o recusación en que podría verse avocada la jefatura a su cargo, al participar en el mismo.

Que, el Secretario General, obrando como presidente del comité de bajas, manifestó que se diera traslado a la Oficina Jurídica, para que emitiera el respectivo concepto.

Que, mediante memorando 502002-938 del 20 de diciembre de 2016, el Subdirector Administrativo, Dr. Gerardo Gabriel Trejos Forero, dio traslado de dicha solicitud a la Dra. María Antonieta Vásquez Fajardo, Jefe de la Oficina Jurídica, para que emitiera concepto al respecto.

Que, mediante Memorando 10500104-642-2016 del 26 de diciembre de 2016, la Dra. María Antonieta Vásquez Fajardo, Jefe de la Oficina Jurídica, da respuesta a dicha solicitud en los siguientes términos: "... existen razones jurídicas para acoger la tesis puesta de presente con la citada misiva en razón a Si bien el Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario integra el Comité de Bajas de la Entidad con voz pero sin voto, dicha intervención o participación puede constituir a futuro una causal de impedimento para asumir y tramitar actuaciones disciplinarias relacionadas con la materia que fue regulada con la Resolución 735 de 2015, ello no sólo con fundamento en los numerales primero y segundo del artículo 84 del CDU, también conforme a lo establecido en el numeral cuarto de la aludida disposición normativa, el cual consagra “ 4. Haber sido apoderado o defensor de alguno de los sujetos procesales o contraparte de cualquiera de ellos, o haber dado consejo o manifestado su opinión sobre el asunto materia de la actuación"

En ese orden de ideas, resultaría aceptable y lógico proponer la modificación de la mentada decisión administrativa en el sentido de excluir a la Oficina de Control Interno Disciplinario como miembro del comité de bajas.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 1360 de 2018> Excluir del Comité de Bajas, a la Oficina de Control Interno Disciplinario, por lo antes expuesto.

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 1360 de 2018> Modificar el Manual Integrado para el Manejo de los Bienes de la Entidad, en su Capítulo IX, numeral 8.3.1," Creación del Comité de Bajas del nivel central”, el cual quedará integrado de la siguiente manera:

a) El Secretario General o su Delegado, quien lo presidirá

b) El Jefe de la Oficina Jurídica o su Delegado

c) El Subdirector Administrativo o su Delegado

d) El Subdirector Financiero o su Delegado

e) El Jefe de la Oficina de Control Interno o su Delegado

f) El Responsable del Grupo de Sistemas o su Delegado

g) Jefe Oficina de Planeación, o su delegado quien actuará como Secretario

El Jefe de la Oficina de Control Interno hará parte del Comité con voz pero sin voto

El Responsable del Grupo de Sistemas hará parte del Comité de bajas, con voto, cuando dicho comité se ocupe de temas tecnológicos.

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 FEB. 2017

Comuníquese y Cúmplase

JUAN MANUEL QUIÑONES PINZÓN
Secretario General

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