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RESOLUCIÓN 462 DE 2002

(julio 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Por la cual se modifica la estructura de la Defensoría del Pueblo y se modifica y adiciona la Resolución 1802 de 1995, Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo y la Resolución 940 del 20 de septiembre de 2000.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial la conferida en el parágrafo del artículo 18 y numeral 13 del artículo 9 de la Ley 24 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que en la Resolución No. 1602 de 1995, Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de la Entidad, se establecieron las ¡unciones del Secretario Privado Grado 21, relacionadas con apoyo y asesoramiento en los asuntos relacionados con el Despacho del Defensor del Pueblo.

Que mediante Resolución No. 383 del 6 de junio de 2002, se creó la Defensoría Delegada para la Comunicación, 'información y Apoyo para los Asuntos del Despacho del Defensor del Pueblo, estableciendo en su artículo tercero dentro de las funciones específicas previstas para el cargo de Defensor Delegado en mención, las señaladas en la Resolución 1602 de 1995, para el cargo de Secretario Privado Grado 21.

Que el cargo de Secretario Privado Grado 21 se encuentra.ubicado.dentro del nivel asesor de conformidad con la nomenclatura prevista en el artículo 20 de la Ley 24 de 1992, se hace necesario asignarle las funciones propias de Asesor del Despacho de la Secretaría General, como quedará en la parte resolutiva de la presente resolución.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar la Resolución No. 1602 de 1995, Manual de Funciones y Requisitos Mínimos de la Entidad, en el sentido de asignar las funciones específicas que se describen a continuación al cargo de Secretario Privado Grado 21, cargo' adscrito a la Secretaría General.

DENOMINACIÓNSECRETARIO PRIVADO
DEPENDENCIASECRETARÍA GENERAL
GRADO21
NÚMERO DE CARGOS1

1. Divulgar las políticas y directrices institucionales de la Secretaría General en las Defensorías regionales y Oficinas Seccionales para el fortalecimiento de la misión institucional.

2. Confeccionar el material que se requiera para fortalecer la cultura organizacional y dinamizar las actividades y operaciones que la Defensoría realiza a través de la Secretaría General

3. Participar en reuniones con organismos gubernamentales cuando el Secretario general lo delegue,

4. Diseñar la política de seguridad con relación al traslado interno de funcionarios amenazados a nivel nacional

5. Colaborar con el diseño, elaboración y ejecución de los planes de gestión de la Secretaría General

6. Elaborar conceptos, documentos e informes que sean solicitados por el Secretario General.

7. Participar en el desarrollo de los proyectos que orienta y /o ejecuta la Secretaría General.

8. Elaborar y formular concretos mecanismos para la adopción de las medidas tendientes a la atención de las observaciones realizadas por entes de control, que permitan optimizar los procedimientos administrativos adelantados por la Entidad.

9. Realizar la revisión y verificación de la documentación de conocimiento y competencia de la Secretaría General, proveniente de las distintas dependencias de la Entidad, para que ésta se ajuste a las políticas y legalidad fijadas por la Administración.

10. Asistir al Secretario General en los Comités de la Entidad en los que éste haga parte y asesorarlo en los asuntos propios de cada especialidad

11. Proyectar para el Secretario General las respuestas a las solicitudes que deba responder directamente este Despacho,

12. Dirigir, coordinar y controlar las actividades propias de la dependencia a su cargo.

13. Apoyar y asesorar a las demás dependencias de la institución en las materias propias de su especialidad.

14. Preponer las medidas que estime procedentes para la mejor gestión de los asuntos de la Defensoría del Pueblo que sean de competencia de la Secretaria General.

15. Asignar las funciones específicas adicionales que deben cumplir los servidores públicos adscritos a su dependencia.

16. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas cuando lo solicita el Defensor del Pueblo.

17. Cuidar y responder por los bienes y demás elementos a su cargo.

18. Las demás que le sean asignadas por el Secretario General.

ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo segundo de la Resolución 940 de 2000, en lo que concierne a ¡os requisitos mínimos para el cargo de Secretario Privado Grado 21, el cual quedará así:

SECRETARIO PRIVADO GRADO 21

1. Título de formación universitaria en Derecho o Economía o Administración Pública o Administración de Empresas o en áreas afines a las funciones a desarrollar.

2. Título de formación avanzada o postgrado en Derecho Administrativo o Derecho Público o Gestión Pública o en áreas afines a las funciones a desarrollar.

3. Cuatro (4) años de experiencia profesional, específica o relacionada

ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica y deroga en lo pertinente la Resolución 1602 de 1995, la Resolución 940 de 2000 y las demás que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ

Defensor del Pueblo.

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