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RESOLUCIÓN 1790 DE 2021

(diciembre 31)

Diario Oficial No. 51.976 de 14 de marzo de 2022

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1801 de 2022>

Por la cual se modifica la Resolución número 233 de 15 de febrero de 2021.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas por el artículo 282 de la Constitución Política, en los artículos 5o, 28, 29 y 41 de la Ley 941 de 2005 y las consagradas en el numeral 7 del artículo 5o del Decreto ley 025 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 233 de 2021, se reglamentaron los requisitos mínimos y honorarios de los Defensores Públicos de apoyo jurídico especial OEA y de los coordinadores académicos del servicio de defensoría pública.

Que en tal sentido el artículo segundo de la parte resolutiva de dicha resolución estableció:

Artículo 2o. Honorarios. Fijar los honorarios para los contratos de prestación de servicios profesionales que se celebren con los Defensores Públicos de Apoyo Jurídico Especial - OEA y de los coordinadores académicos del Servicio de Defensoría Pública, así:

DEFENSORES PÚBLICOS DE APOYO JURÍDICO ESPECIAL OEA COORDINADORES ACADÉMICOS
Cinco millones setecientos sesenta y ocho mil pesos moneda corriente $5'768.000,00 mensuales, incluido IVA. Cuatro millones novecientos mil pesos moneda corriente ($4'900.000.00) mensuales. Incluido IVA.

Que atendiendo el aparte transcrito, así como el presupuesto asignado a la entidad por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la prestación del servicio nacional de defensoría pública en la vigencia 2022, el comportamiento económico del país asociado con el índice de precios al consumidor y el incremento del salario mínimo legal mensual, se estima pertinente y necesario autorizar el incremento en un 3% de los honorarios de Defensores Públicos de apoyo jurídico especial OEA y de los coordinadores académicos del servicio de defensoría pública, para la vigencia 2022.

En mérito de lo expuesto, el Defensor del Pueblo

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1801 de 2022> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 233 de 2021, el cual quedará así:

Artículo 2o. Honorarios. Fijar los honorarios para los contratos de prestación de servicios profesionales que se celebren con los Defensores Públicos de Apoyo Jurídico Especial - OEA y de los coordinadores académicos del Servicio de Defensoría Pública, así:

DEFENSORES PÚBLICOS DE APOYO JURÍDICO ESPECIAL OEA <Texto derogado por el artículo 3 de la Resolución 828 de 2022>COORDINADORES ACADÉMICOS
Cinco millones novecientos cuarenta y un mil cuarenta pesos moneda corriente $5'941.040,00 mensuales, incluido IVA. <Texto derogado por el artículo 3 de la Resolución 828 de 2022>Cinco millones cuarenta y siete mil pesos moneda corriente ($5'047.000.00) mensuales. Incluido IVA.

PARÁGRAFO ÚNICO. La Dirección Nacional de Defensoría Pública con el apoyo de las Defensorías Regionales deberá realizar todas las actuaciones de carácter presupuestal, administrativo y contractual que sean necesarias para aplicar en la vigencia 2022 el incremento de honorarios autorizado mediante la presente resolución.

- Artículo modificado por el artículo 3 de la Resolución 828 de 30 de junio de 2022, "por medio de la cual se establecen las categorías, requisitos mínimos y honorarios de los defensores públicos del servicio nacional de Defensoría Pública y se derogan unas disposiciones".

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 1801 de 2022> La presente resolución deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir del 1 de enero del 2022.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2021.

El Defensor del Pueblo,

Carlos Camargo Assís.

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