RESOLUCIÓN 523 DE 2015
(marzo 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Por la cual se adopta la Política de Administración de Riesgos de la Defensoría del Pueblo en el marco del Plan Estratégico 2013-2016.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO,
en desarrollo de las facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 1o del artículo 5o del Decreto 025 de 2014 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en el artículo 209 señala que "... La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”
Que el artículo 269 de la Constitución Política establece que “en las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que dispone la Ley.”
Que el literal f) del artículo 2 de la Ley 87 de 1993, establece como uno de los objetivos del Sistema de Control Interno, la definición y aplicación de medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos.
Que el artículo 4 del Decreto 1537 de 2001 señala la administración de los riesgos “como parte integral del fortalecimiento de los sistemas de control interno en las entidades públicas las autoridades correspondientes establecerán y aplicarán políticas de administración del riesgo. Para tal efecto, la identificación y análisis del riesgo debe ser un proceso permanente e interactivo entre la administración y las oficinas de control interno o quien haga sus veces, evaluando los aspectos tanto internos como externos que pueden llegar a representar amenaza para la consecución de los objetivos organizaciones, con miras a establecer acciones efectivas, representadas en actividades de control, acordadas entre los responsables de las áreas o procesos y las oficinas de control interno e integradas de manera inherente a los procedimientos”.
Que el Decreto 943 de 2014 adopta la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, el cual incorporó en el Módulo Control de Planeación y Gestión el componente Administración del Riesgo.
Que el Decreto 2641 de 2012, señaló como metodología para diseñar y hacer seguimiento a la estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano de que trata el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, la establecida en el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano contenida en el documento “Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”, en cuyo primer componente incorpora la “Metodología para la identificación de riesgos de corrupción y acciones para su manejo.”
Que el artículo 1o de la Resolución 1822 de diciembre 31 de 2013 de la Defensoría del pueblo, modificó el artículo 4o de la Resolución 1202 de 2008, por la cual se adoptó el mapa de procesos de la Entidad, entre otros.
Que la Resolución 2006 del 31 de diciembre de 2010 de la Defensoría del Pueblo, adoptó las Políticas de Administración de Riesgos y el mapa de riesgos institucional.
Que la Resolución 1014 de julio 15 de 2013 de la Defensoría del Pueblo, adoptó el Plan Estratégico institucional para la vigencia 2013-2016.
Que mediante Resolución 602 de abril 25 de 2013 de la Defensoría del Pueblo se ajustó la reglamentación del Sistema de Control Interno en la Entidad, de conformidad con la legislación vigente.
Que la Resolución 603 de abril 25 de 2013 de la Defensoría del Pueblo, adoptó de manera articulada el Modelo Estándar de Control Interno- MECI 1000:2005 y el Sistema de Gestión e Calidad NTCGP: 1000:2009.
Que el Decreto 025 de 2014, modificó la estructura orgánica y funcional de la Defensoría del Pueblo, que genero cambios sustanciales en los procesos y procedimientos, haciendo necesario una nueva política para administrar los riesgos que puedan afectar el normal cumplimiento de Plan Estratégico 2013 - 2016.
Que en aplicación del marco normativo y en atención a la nueva estructura organizacional de la Entidad se hace necesario adoptar una nueva Política de Administración del Riesgo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. POLÍTICA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RIESGOS EN LA ENTIDAD. La Defensoría del Pueblo se compromete con la administración de los riesgos, lo que comprende las etapas de identificación, análisis, valoración y manejo e implementación de acciones efectivas encaminadas a prevenir la materialización de las situaciones de amenaza, que puedan afectar el cumplimiento de los objetivos definidos para el Plan Estratégico 2013-2016, como de los procesos que hacen parte del Mapa de Procesos institucional, operadas en el marco de la estructura orgánica definida, y con la participación de los servidores y servidoras de la Entidad responsables del establecimiento de acciones para su prevención.
PARÁGRAFO. En el Mapa de riesgos se definirán: políticas específicas, estrategias de mitigación, periodicidad de seguimiento y evaluación.
PROCESOS ESTRATÉGICOS.
ARTÍCULO 2. OBJETIVO DE LA POLÍTICA. El objetivo de la política de administración de riesgos es ofrecer un marco de referencia para orientar la gestión de riesgos institucionales y su ambiente de control, dirigido a minimizar la vulnerabilidad, fortaleciendo su esquema de prevención frente a situaciones que puedan interferir en el cumplimiento de sus funciones y en el logro de sus objetivos institucionales.
ARTÍCULO 3. ALCANCE DE LA POLÍTICA. La Política de Administración de Riesgos se aplica a todos los procesos contenidos en el mapa de procesos de la entidad (estratégicos, misionales, de Soporte, Monitoreo y Evaluación), que son desarrollados a través de las dependencias que componen la estructura orgánica de la Entidad, por tal razón, la identificación, análisis, valoración y seguimiento se circunscribirá a los objetivos de cada proceso y se orientará al control de los riegos Estratégicos, Operativos, Financieros, Tecnológicos, de Imagen, de Cumplimiento, y de Corrupción.
ARTÍCULO 4. ESTRATEGIAS. Establecer como estrategias para la administración de los riesgos en la Defensoría del Pueblo, las siguientes:
1. Diseñar e implementar una metodología para la Administración de los riesgos.
2. Realizar seguimiento a los riesgos estratégicos críticos, en los procesos del Sistema Integrado de Gestión Institucional.
3. La Comunicación y divulgación de los riesgos se realizará por los jefes de cada dependencia y a través de la página web institucional
ARTÍCULO 5. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en particular la Resolución No. 2006 de 31 de diciembre de 2010.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. el 30 de marzo de 2015
JORGE ARMANDO OTÁLORA GOMEZ
Defensor Del Pueblo